Aunque parece un hilo muy antiguo que se ha reflotado, se puede contestar esquemáticamente:
Sin terceros implicados (es decir, familia, personas dependientes o que confían en nuestra solvencia) y con activos (efectivo en la cuenta):
- Si existe capacidad de ahorro suficiente para cubrir las necesidades básicas y reponer el gasto en un tiempo razonable, la operación es factible.
- Si tal capacidad de ahorro no existe, la operación no es en absoluto recomendable; no es posible deleitarse con los relojes cuando las necesidades básicas no están cubiertas. Salvo que se esté loco, claro.
Con terceros implicados:
- Para la primera opción vale lo expuesto, pero contando con el conocimiento y acuerdo de las personas que están en posición de poder opinar y que se verían, directa o indirectamente, afectadas por el gasto.
- La segunda opción ni siquiera debe plantearse.
Sin activos líquidos suficientes, es decir, con financiación externa:
En general, una operación muy poco recomendable por el enorme encarecimiento del coste del bien a medio y largo plazo que, además, se agrava por la depreciación sufrida por el objeto (es decir, el caso del 99% de los relojes). En realidad, esto vale tanto para relojes, para coches o para cualesquiera bienes de consumo cuyo valor de mercado se deprecie.
Lógicamente, en estos casos no se menciona el factor “capacidad económica” porque se asume que sólo puede haber financiación externa cuando existe una solvencia suficiente para afrontar los costes financieros.
(excepción al caso, El Estado español y sus CCAA, que no parecen ser aficionados a los relojes, sin mencionar los casos individuales de quienes han adquirido bienes, con la complicidad de las entidades financieras, sin tener respaldo suficiente para afrontar pagos, lo que ha de considerarse siempre que el volumen financiado hubiese de afrontarse con una pérdida relativa de capacidad económica por causas no previstas del 50% de los ingresos brutos totales)