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Si te han dicho eso, es que te lo van a conseguir. Tendrás que esperar pero ya veras como te llaman. Donde me prové el DJ ayer fue el mismo sitio donde me consiguieron el Sub y se ofrecieron a apuntarme. En cambio en otros ni caso.Yo en el CO que entre ofrecieron ellos apuntarme en la lista; y no tenia mucha fe en la misma hasta que al irme me dieron la tarjeta del CO e insistieron en cual era el numero de teléfono del que llamarían, para que lo guardara en la agenda...
Eso espero, que además por un tema de “no IVA” se me quedaría a un precio muy razonable!😅 hoy por curiosidad he ido al otro CO (están al lado) que es multimarca y solo tenían modelos en metales preciosos y no me han hecho ni caso, me han dicho que fuera al otro CO a verlo 😂😂Si te han dicho eso, es que te lo van a conseguir. Tendrás que esperar pero ya veras como te llaman. Donde me prové el DJ ayer fue el mismo sitio donde me consiguieron el Sub y se ofrecieron a apuntarme. En cambio en otros ni caso.
Saludos
Que tienen relojes en las cajas es completamente cierto y no voy a entrar en cifras concretas pero me las dieron (sin yo preguntar) hablando del tema:
Ver el archivos adjunto 2476494Ver el archivos adjunto 2476495Ver el archivos adjunto 2476496
Estos tres me los probé la misma tarde y no estaban "de exposición".
En un multimarca en Enero me comentaron que Rolex les había avisado que les iban a mandar menos modelos de acero.Eso espero, que además por un tema de “no IVA” se me quedaría a un precio muy razonable!😅 hoy por curiosidad he ido al otro CO (están al lado) que es multimarca y solo tenían modelos en metales preciosos y no me han hecho ni caso, me han dicho que fuera al otro CO a verlo 😂😂
o sea al cliente de a pie no se vende, pero a los que se dedican a reventa si, entonces me pierdo un poco con la politica de cliente vip/habitual usuario de Rolex... bla bla bla.
...e ilícito.Es obvio que los pocos que reciben los destinan a sus mejores clientes, eso es entendible.
Estás que en este foro nadie ha comprado 10 relojes en un año? Ya no entro en marcas pero a mí no me sorprendería.Ahora bien ¿quién compra diez relojes al año... para "uso propio"?
Estás que en este foro nadie ha comprado 10 relojes en un año? Ya no entro en marcas pero a mí no me sorprendería.
¿En serio te parece ilícito que una empresa elija a quién vende sus productos cuando no tiene suficiente stock para satisfacer la demanda?...e ilícito.
En algunos sitios venderán únicamente a VIP y en otros no, como ha sido mi caso. En este mismo foro hay muchas personas a las que han vendido modelos sin tener un historial de compras apabullante, eso sí, lo de entrar a por un modelo muy demandado y llevártelo puesto está reservado a los clientes de confianza y me parece lógico.No dudo que puede que haya alguien que un año haya comprado 10 relojes de la misma (cara) marca y en el mismo concesionario para uso y disfrute propios. Compras, además, centradas en apenas media docena de modelos de dicha marca. Y puede que hasta dos años seguidos.
¿Crees que son estadísticamente significativos y que son los que pueden formar el grueso de los "clientes vip/habituales" a los que dichas concesiones dan prioridad y, de hecho, prácticamente exclusividad?
Y, si así fuera, ¿de dónde salen los relojes nuevecitos que, en abundancia, surten a los vendedores de segunda mano si esos "clientes vip/habituales" los compran, en general, para quedárselos y son prácticamente los únicos que pueden acceder a ellos?
¿En serio te parece ilícito que una empresa elija a quién vende sus productos cuando no tiene suficiente stock para satisfacer la demanda?
Yo no hablo de la legalidad ni mucho menos compañero. ¿No crees que es normal que en cualquier sector y empresa se priorice la mercancía a los mejores clientes en caso de escasez?¿En serio te parece que la legalidad o no de un hecho depende de la opinión que yo tenga sobre ello?
Yo no hablo de la legalidad ni mucho menos compañero. ¿No crees que es normal que en cualquier sector y empresa se priorice la mercancía a los mejores clientes en caso de escasez?
Por eso creo que no ponen los modelos calientes en escaparates o les ponen el cartelito de exposicion, porque creo que lo legal es venderselo al primero que pasase.Yo no hablo de la legalidad ni mucho menos compañero. ¿No crees que es normal que en cualquier sector y empresa se priorice la mercancía a los mejores clientes en caso de escasez?
Por lo que tengo entendido si lo tienes expuesto a la venta tienes que venderlo si te lo piden. Ahora, si no se ve...Por eso creo que no ponen los modelos calientes en escaparates o les ponen el cartelito de exposicion, porque creo que lo legal es venderselo al primero que pasase.
Segun he leido por aqui, con el cartelito de “exposicion” no es necesario venderlo. Pero hablamos de lo mismo jajaja. Al final lo que dice el compañero @jmnav de ser ilicito, lleva razon, pero las tiendas bordean las reglas del juego o bien no exponiendolos o bien poniendoles el cartelito. Hecha la ley, hecha la trampa, y al final se los venden a los q quieran, como bien decias tu.Por lo que tengo entendido si lo tienes expuesto a la venta tienes que venderlo si te lo piden. Ahora, si no se ve...
La historia es que yo no veo ilícito, vender primero a sus clientes más fieles o más importantes. Me parecería ilícito vender a un compraventa y que el dependiente se lleve una mordida. De todas formas cada C.O. es un mundo por mucho que representen la misma marca.Segun he leido por aqui, con el cartelito de “exposicion” no es necesario venderlo. Pero hablamos de lo mismo jajaja. Al final lo que dice el compañero @jmnav de ser ilicito, lleva razon, pero las tiendas bordean las reglas del juego o bien no exponiendolos o bien poniendoles el cartelito. Hecha la ley, hecha la trampa, y al final se los venden a los q quieran, como bien decias tu.
Saludos!!
Ya, te entiendo perfectamente y asi funcionan y seguro q no incumplen nada, ya que tendran asesores que les dicen que como distribuyen sus productos no es ilicito.La historia es que yo no veo ilícito, vender primero a sus clientes más fieles o más importantes. Me parecería ilícito vender a un compraventa y que el dependiente se lleve una mordida. De todas formas cada C.O. es un mundo por mucho que representen la misma marca.
Segun he leido por aqui, con el cartelito de “exposicion” no es necesario venderlo. Pero hablamos de lo mismo jajaja. Al final lo que dice el compañero @jmnav de ser ilicito, lleva razon, pero las tiendas bordean las reglas del juego o bien no exponiendolos o bien poniendoles el cartelito. Hecha la ley, hecha la trampa, y al final se los venden a los q quieran, como bien decias tu.
Saludos!!
Jajajaja yo edite tb mi post con la ley, gracias tambien por ponerla compañero!Hay una parte interesante en ese asunto que raramente sale a colación: la ley dice lo que dice (artículo 9 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista) pero me da que no muchos se paran a pensar si es una simple arbitrariedad por parte del legislador o si hay un argumento razonable tras ella.
Por mi parte, y en respuesta a @Ossete, diré que la legal me parece, además, la posición éticamente correcta.
Artículo 9. Obligación de vender.
1. La oferta pública de venta o la exposición de artículos en establecimientos comerciales constituye a su titular en la obligación de proceder a su venta a favor de los demandantes que cumplan las condiciones de adquisición, atendiendo, en el segundo caso, al orden temporal de las solicitudes. Quedan exceptuados de esta obligación los objetos sobre los que se advierta, expresamente, que no se encuentran a la venta o que, claramente, formen parte de la instalación o decorado.
2. Los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen. En el caso de que, en un establecimiento abierto al público, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderá a la prioridad temporal en la solicitud.
3. Excepcionalmente, cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen, los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal la prohibición prevista en el apartado 2 de limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador. Estas medidas deberán estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas.
(nótese que el apartado 3 se añadió tan recientemente como marzo de este mismo año, supongo que como consecuencia del covid)