Entonces lo que he escrito refuerza tu afirmación ya que comento que siempre la ley protege al consumidor y por ello el vendedor profesional deberá asumir hacer valer la garantía.
Es por ello que los vendedores profesionales están supeditados por ello a consumo.
Tal vez no entendí bien como lo plateabas y por eso quise aclarar.
Mis disculpas si no me he sabido explicar
En 2012 fui consultor de gama alta de relojería de una conocida empresa americana en Madrid y las tres tiendas que tenían entonces debían tener la hoja de reclamaciones de consumo de la comunidad de Madrid habiendo además tenido que dar solución a una reclamación a través de consumo por una interpuesta por un cliente.
Recuerdo que se dio la razón al establecimiento y el cliente renuncio a interponer denuncia en los juzgados.