• El foro de relojes de habla hispana con más tráfico de la Red, donde un reloj es algo más que un objeto que da la hora. Relojes Especiales es el punto de referencia para hablar de relojes de todas las marcas, desde Rolex hasta Seiko, alta relojería, relojes de pulsera y de bolsillo, relojería gruesa y vintages, pero también de estilográficas. Además, disponemos de un foro de compraventa donde podrás encontrar el reloj que buscas al mejor precio. Para poder participar tendrás que registrarte.

Arranca el juicio a Garzón.

  • Iniciador del hilo manoloyloles
  • Fecha de inicio
Estado
Hilo cerrado
  • #77
"No existe razón de estado para vulnerar la Ley"
¿a alguien le suena quién dijo esta frase? ::Dbt::

Podría ser un tal Garzón en la sentencia del caso GAL?????
 
  • #78
:umbrella:
no me lee ni dios

Sí hombre, lo que pasa que nadie sabrá quien habrá dicho exactamente eso..

El fin justifica los medios, razón de Estado para justificar determinadas acciones incluso aunque violen principios del Estado por perseguir un bien superior -el fin justifica los medios-, justicia universal... son conceptos para justificar o criticar ciertas visiones de ciertas cosas.

La razón de Estado también se usa como descalificativo ante acciones de "cloaca" de los estados, administraciones, organizaciones, etc.

Pero la frase esa no sé y sí te habrán leído ;)
 
  • #79
Yo hay algo que no tengo claro. A ver si algún erúdito me lo puede exlicar.

Dice el art 51.2 de la Ley orgánica general penitenciaria:
Las comunicaciones del interno con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los procuradores que lo representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidos o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo.

Sin embargo en el reglamento penitenciario de desarrollo de la Ley orgánica general penitenciaria, en el artículo 48.3 dice:
Las comunicaciones de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales, así como con los procuradores que los representen, no podrán ser suspendidas o intervenidas en ningún caso por decisión administrativa. La suspensión o intervención de estas comunicaciones solo podrá realizarse previa orden expresa de la autoridad judicial.

Entonces, sabemos que las comunicaciones del abogado defensor, con su defendido pueden ser intervenidas por la autoridad judicial, pero ¿solo en caso de terrorismo o en los demás casos también?

Perdon por el tocho, y a ver si alguién que lo sepa de verdad me lo aclara.
Una ley orgánica tiene mayor rango que un reglamento, luego prevalece lo que aquella diga sobre lo que diga éste.
 
  • #80
Podría ser un tal Garzón en la sentencia del caso GAL?????

No sé, podría ser el Tribunal de Estrasburgo cuando le pega un varapalo morrocotudo a Garzón dándole la razón a Vera... No tengo ni idea.
 
  • #81
No sé, podría ser el Tribunal de Estrasburgo cuando le pega un varapalo morrocotudo a Garzón dándole la razón a Vera... No tengo ni idea.

Bueno en Sentencia no puede ser, porque Garzón no dictaba sentencias, sino que llevaba la instrucción de sumarios... pero por el tono en que hizo la pregunta me ha hecho pensar que el propio Garzón fuera el que dijo esa frase, con la que , por otro lado, estoy plenamente de acuerdo.

Por muy buenas intenciones que haya no se puede vulnerar la reglamentación existente. Por el mismo razonamiento, para sacar información de un detenido, podríamos llegar a justificar la tortura.

El Estado no puede vulnerar su propio ordenamiento jurídico para castigar a unos delincuentes.
 
Última edición:
  • #82
Una ley orgánica tiene mayor rango que un reglamento, luego prevalece lo que aquella diga sobre lo que diga éste.

En realidad me parece que no está contradiciéndose... Me parece que en el reglamento a quien se está dirigiendo con acciones administrativas es a Instituciones Penitenciarias que es quien graba las escuchas. Recordemos que en las prisiones la administración de todo la hacen los funcionarios de prisiones salvo la seguridad "exterior" y los traslados que la ejecuta la Guardia Civil y a esos es a quien les está diciendo OJO que no hay grabación que pueda ser suspendida por causas de otra administración que no sea la judicial y por orden de ésta, y como no puede oponerse a la ley, sólo en los supuestos de terrorismo.

Hay que tener claro, que no sólo es que es de rango superior la LO, sino que además la LO fija derechos y deberes, y el Reglamento establece cómo y cuando se aplican, por quién y bajo qué condiciones... es decir lo que es un reglamento.
 
Última edición:
  • #83
El Estado no puede vulnerar su propio ordenamiento jurídico para castigar a unos delincuentes.

Salvo en determinadas circustancias muy especiales como estados de excepción, emergencia, calamidad y tal... y entonces no es que se salte la ley es que queda suspendida. Y estos casos son declarados por el Gobierno y no sé si tiene que estar refrendado por el parlamento. Por ejemplo, el numerito de los controladores aéreos hace un año.

Es una paradoja que Garzón ataca que el Estado se salte la Ley, por ejemplo en los casos GAL y al mismo tiempo él parece que pretende o por lo menos intenta bordear lo mismo.
 
Última edición:
  • #84
Podría ser un tal Garzón en la sentencia del caso GAL?????

No sólo podría sino que es. Confirmado.

Eso fue citado por uno de los querellantes Choclán en sus conclusiones finales, que según acabo de oír es juez en excedencia y ex compañero de Garzón. En el comentario que acabo de oír por la radio -podcast de Onda Cero Herrera en la Onda- dicen que esto podría ser que le tocara las puñetas a Garzón y por ello éste intentó contestarle en su alocución final cosa que el presidente de la sala no le permitió diciéndole que la alocución final no es para que contestara a ninguno de la acusación que el cometido, bien lo sabía él como le dijo, era para que el tribunal se quedara con su última palabra ante lo cual Garzón pidió disculpas y continuó hablándole al tribunal.

Pues ya está... Leído y contestado. :)

Si alguien quiere escuchar el comentario está en: https://www.ondacero.es/ (O está en el corte 2 o en el corte 3)

El CV de los querellantes es nada más y nada menos que los abogados son ex jueces y ex fiscales... Me parece que Garzón no midió a quién escuchaba y se han cabreado.
 
Última edición:
Estado
Hilo cerrado
Atrás
Arriba Pie