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Si se pierde un paquete, ¿Responde el vendedor?

  • Iniciador del hilo sergio35
  • Fecha de inicio
Estado
Hilo cerrado
  • #51
A mi me preocupa el tema de las facturas para poder cobrar una indemnización.
Se ha contemplado llegar a un acuerdo con alguna agencia para que nos haga una tarifa plana de envíos a foreros, seguro incluido (sin necesidad de facturas y demás)
El volumen es importante

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Me parece una idea estupenda, aunque creo que dificil de hacer realidad porque seguro que siempre hay alguien que no le gusta una determinada empresa porque le han perdico un paquete o algo...Aunque repito: la idea me parece estupenda!
 
  • #52
¿Y qué dice de todo esto La Ley? pues lo que todos ya sabíamos o intuíamos. Nuestro decimonónico Código Civil, aplicable a la compraventa entre particulares, no a las compraventas practicadas con un mercante, por ejemplo, en cuyo caso sería aplicable el otro Código de derecho privado, el Código Mercantil, dispone claramente que la obligación del comprador es pagar el precio y la del vendedor entregar la cosa y poner en posesión pacífica de ésta al que compra. Luego, en general, esa coletilla de "envío por cuenta y riesgo del comprador", en principio (y solo en principio, por los motivos que más adelante explico) sería nula de pleno derecho.

Ahora bien, en virtud del principio de autonomía de la voluntad de las partes, que informa con alguna salvedad todo nuestro derecho privado, las partes pueden pactar, en cualquier contrato o negocio jurídico que celebren, cláusulas o disposiciones que alteren o modifiquen las condiciones en que el contrato haya de ser celebrado (evidentemente, sin desnaturalizar los que es la esencia jurídica de la compraventa: precio y entrega de la cosa)

En conclusión, habría que tener cuidado cuando se acepta una oferta de determinada pieza en anuncio del FCV que indique "envío por cuenta y riesgo del comprador", pues en una hipotética litis (pleito) que se suscitase por la no entrega del reloj por causas no imputables directamente al vendedor, con toda seguridad éste alegará que se pactó, aun fuese de manera tática, que la entrega habría de producirse bajo cuenta y responsabilidad de la parte compradora, alegación que, de ser admitida por el juzgador, dejaría en muy mala situación al comprador: precio pagado, reloj no recibido y condena en costas de ese hipotético pleito.

El remedio para esto es dejar las cosas claras antes de que las partes hayan de realizar los actos en que consisten sus obligaciones como comprador y vendedor (pagar y enviar), si es posible por escrito, para ello bastarían los mensajes privados intercambiados entre ellos.

Perdón por el tochillo.
 
  • #53
¿Y qué dice de todo esto La Ley? pues lo que todos ya sabíamos o intuíamos. Nuestro decimonónico Código Civil, aplicable a la compraventa entre particulares, no a las compraventas practicadas con un mercante, por ejemplo, en cuyo caso sería aplicable el otro Código de derecho privado, el Código Mercantil, dispone claramente que la obligación del comprador es pagar el precio y la del vendedor entregar la cosa y poner en posesión pacífica de ésta al que compra. Luego, en general, esa coletilla de "envío por cuenta y riesgo del comprador", en principio (y solo en principio, por los motivos que más adelante explico) sería nula de pleno derecho.

Ahora bien, en virtud del principio de autonomía de la voluntad de las partes, que informa con alguna salvedad todo nuestro derecho privado, las partes pueden pactar, en cualquier contrato o negocio jurídico que celebren, cláusulas o disposiciones que alteren o modifiquen las condiciones en que el contrato haya de ser celebrado (evidentemente, sin desnaturalizar los que es la esencia jurídica de la compraventa: precio y entrega de la cosa)

En conclusión, habría que tener cuidado cuando se acepta una oferta de determinada pieza en anuncio del FCV que indique "envío por cuenta y riesgo del comprador", pues en una hipotética litis (pleito) que se suscitase por la no entrega del reloj por causas no imputables directamente al vendedor, con toda seguridad éste alegará que se pactó, aun fuese de manera tática, que la entrega habría de producirse bajo cuenta y responsabilidad de la parte compradora, alegación que, de ser admitida por el juzgador, dejaría en muy mala situación al comprador: precio pagado, reloj no recibido y condena en costas de ese hipotético pleito.

El remedio para esto es dejar las cosas claras antes de que las partes hayan de realizar los actos en que consisten sus obligaciones como comprador y vendedor (pagar y enviar), si es posible por escrito, para ello bastarían los mensajes privados intercambiados entre ellos.

Perdón por el tochillo.

Todos deberíamos ser conscientes de que en caso de omisión de cualquier tipo de cláusula, el comprador es el responsable. Así no habría sustos de última hora.
 
  • #54
A mi me preocupa el tema de las facturas para poder cobrar una indemnización.
Se ha contemplado llegar a un acuerdo con alguna agencia para que nos haga una tarifa plana de envíos a foreros, seguro incluido (sin necesidad de facturas y demás)
El volumen es importante

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Llegado el caso, no es mas que conseguir una factura de alguna joyeria amiga. Tambien vale presentar un contrato de compra del reloj, el cual le puedes pedir a la persona que se lo has comprado.

Las compañias, te pagaran el valor declarado. Eso si se preocuparan de ver que el valor declarado de la pieza es el valor de mercado. Me paso con un portatil perdido.
 
  • #55
El comprador adelanta el dinero y todos lo vemos lógico y normal. Pienso que, igualmente, el vendedor debe hacerse responsable hasta la entrega.

No obstante, es algo que debería quedar perfectamente claro y reflejarse en las normas ya sea obligando a realizar los envíos asegurados o indicando la responsabilidad del vendedor hasta la entrega a través del numero de seguimiento. De esta forma no habría ninguna duda.
 
  • #56
Yo considero que el vendedor es el responsable del paquete hasta la recepción del mismo. El trato no esta cerrado hasta que llega el paquete y es verificado por el vendedor, dado que el comprador debe tener derecho a cancelar el trato.

Si somos extrictos en temas como que no se envía hasta tener el dinero en la cuenta, támbien debemos serlo en la responsabilidad del envío.

Un saludo.

Totalmente de acuerdo con esta vision. El trato no está cerrado hasta que el comprador no recibe el reloj.
De hecho el sistema Cabanillas te da 24h. para devolverlo si no es como tu te lo habias imaginado. Y si al devolverlo el reloj no llega al vendedor el vendedor no te devuelve el dinero...
Queda claro no??
 
  • #57
Dándole una vuelta más de tuerca al asunto... imaginemos un trato por una pieza en la que el vendedor indica que no se hace responsable del envío. Se pierde el paquete y como no hay acuerdo sobre quién debe hacerse cargo, comprador y vendedor van a juicio..., ¿cómo demuestra el vendedor que envió el reloj? Evidentemente, tendrá el resguardo del paquete, pero, ¿cómo demuestra que dentro de ese paquete iba el reloj objeto de la venta y no cualquier otra cosa?

En cuanto al caso que nos ocupa, mi opinión es que el vendedor debe responsabilizarse de que el comprador reciba el reloj. Yo no aceptaría un trato de otra forma.
 
  • #58
Amoavé. Si en las normas dice claramente que el vendedor es el responsable del paquete hasta que llega a manos del comprador, no sería más fácil que los moderadores avisaran al vendedor y le editaran el anuncio para que no haya cláusulas contrapuestas a las normas del FCV?

Sé que ya tienen bastante trabajo controlando los anuncios, pero si contradice las normas debería ser motivo, por lo menos, de edición...

Y volviendo al tema del hipotético juicio... si el vendedor cuelga un anuncio es que tácitamente acepta las normas del FCV, así que por mucho que después diga de las condiciones de envío, deberían prevalecer las normas, no?
 
  • #59
Amoavé. Si en las normas dice claramente que el vendedor es el responsable del paquete hasta que llega a manos del comprador, no sería más fácil que los moderadores avisaran al vendedor y le editaran el anuncio para que no haya cláusulas contrapuestas a las normas del FCV?

Sé que ya tienen bastante trabajo controlando los anuncios, pero si contradice las normas debería ser motivo, por lo menos, de edición...

Y volviendo al tema del hipotético juicio... si el vendedor cuelga un anuncio es que tácitamente acepta las normas del FCV, así que por mucho que después diga de las condiciones de envío, deberían prevalecer las normas, no?
No lo recuerdo exactamente, pero no es una norma del foro. La ventana que se abre solo es un recordatorio de la legalidad vigente. Vamos, que si hay cualquier problema no hay que quejarse a la administración del foro, sino en unos tribunales.
 
  • #61
Hola... yo he comprado y vendido varios relojes de cierto nivel (2,500 a 3,500 dolares) y nunca tuve problemas, ni con el envio ni con fraudes de vendedores.
Sin embargo quiero preguntarles algo a los compañeros españoles. Aqui en Mexico las empresas de paqueteria (DHL, Estafeta, UPS, Multipack, Redpack, etc), consideran el envio de joyas y relojes finos prohibido, por lo que no hay posibilidad de asegurarlo. Esta prohibido envios de dinero en efectivo, drogas obviamente, etc. No se si alla sea igual. Las veces que mande relojes finos los asegure por un monto bajo y teniendo una factura de un reloj de ese precio. Así me aseguraba que tuvieran especial cuidado. Y me encomende al Señor, jaja!!!
Supongo que son politicas internacionales, porque las empresas de paqueteria tambien lo son. Alguno hace lo mismo que yo? Porque no tiene sentido asegurar un Rolex por 4 mil euros si luego no lo pagaran, amen de no tener la factura por ser un reloj de segunda o tercera mano. Saludos y gracias...
 
  • #62
Cada cúal te dirá lo que le interese. Yo personalmente me hago siempre respnsable de lo que envio. A caso si compras algo por internet a cualquier vendedor si no te llega el artículo no le reclamarías...

No hace falta comentar los post de venta con la famosa frase no me hago cargo del envío... vamos es que no te compro ni de coña... :ok::
 
  • #63
Yo he vendido unas doce piezas y he de reconocer que jamás he asegurado ninguna, también es cierto que la mayoría eran de escaso valor, pero por supuesto si hubiese tenido algún problema con algún envío me hubiera hecho responsable, sería el colmo que un forero despues de fiarse de mí adelantándome un dinero no recibiera el producto acordado. Tuve que asumir ese riesgo y si no asumir menos ingresos pagando un seguro, que por cierto en caso de existir un problema yo hubiera cobrado. Podía haber adoptado otra política que es rebajar el precio de las piezas pasándole el marrón del envío y la responsabilidad del mismo a la parte compradora, yo considero que esa técnica es para bajar el precio de un producto de forma engañosa o ¿acaso alguien admite en sus compras en algún portal de venta que nos impusieran esa clausula?. Considero que las normas del foro son bien explícitas pero por si acaso en mis ventas siempre incluyo la coletilla "envío bajo mi entera responsabilidad".
Ahondando un poco más en la cuestión, cuando compras a un mercante este te especifica bien el precio final conjunto o desglosado indicándote netamente el importe del envio, pero jamás he visto "envio por cuenta y riesgo del comprador".
 
  • #64
Hace poco tube una mala experiencia con correos y el comprador me propuso dividir la pérdida, no suele ser lo común y yo no sería capaz de cobrarle nada si no le llega, pero el mundo está lleno de gente con malas intenciones y hay que cerciorarse de que no ha llegado. Primero reclamación al servicio de correos o paquetería, quizá merezca la pena asegurar el valor, no es tán caro como parece, pero lo más importante es contratar un buen servicio, las empresas buenas no suelen tener problemas.
 
  • #65
Yo considero que el vendedor es el responsable del paquete hasta la recepción del mismo. El trato no esta cerrado hasta que llega el paquete y es verificado por el vendedor, dado que el comprador debe tener derecho a cancelar el trato.

Si somos extrictos en temas como que no se envía hasta tener el dinero en la cuenta, támbien debemos serlo en la responsabilidad del envío.

Un saludo.


Se puede decir mas alto pero no mas claro. :ok::
 
  • #66
Que dfícil tu pregunta. El primer responsable por supuesto la empresa del envio, pero despues habria que matizar el porqué de lo ocurrido. Muchas veces no pensamos en la repercusión que puede traer la pérdida y por ahorrarnos unos euros no lo aseguramos.
Es muy complejo pero si un vendedor te avisa que no lo envia asegurado se supone que el comprador asume el riesgo.
Esperemos que no pase
 
  • #67
Creo que estáis confundiendo varios conceptos. En mi limitada experiencia sobre leyes, creo que se dan los siguientes supuestos, siempre hablando de una compraventa entre particulares:

1. Si no se ha pactado específicamente que el comprador asume el riesgo del envío:

Nos vamos a lo dispuesto en el Código Civil y por tanto, el vendedor asume la totalidad del riesgo hasta la entrega.

1.a. Si el envío no está asegurado:

El vendedor deberá devolver al comprador la cuantía pagada y sólo podrá obtener la compensación que marque la empresa de transporte para los casos de envíos sin asegurar.

1.b Si el envío está asegurado:

El vendedor deberá devolver al comprador la cuantía pagada y deberá ser el vendedor el que tenga que reclamar ante la compañía de transporte. El vendedor asume el riesgo de no cobrar la cantidad asegurada en los casos ene los que no pueda presentar la documentación que la aseguradora le reclame. (Ej: factura original). En cualquier caso, que el vendedor cobre o no del seguro no le exime de la responsabilidad de devolver la cuantía original al comprador, ni el comprador está obligado a esperar al pago del seguro.

2. Si se ha pactado específicamente que el comprador asume el riesgo del envío:

Como ya se ha comentado antes, en virtud del principio de autonomía de las partes, se pueden modificar las condiciones y, si ambas partes lo acuerdan, traspasar el riesgo al comprador.

2.a. Si el envío no está asegurado:

El comprador no tendría derecho a exigir al vendedor la devolución del dinero, aunque si podría reclamar ante la agencia de transporte, que sólo tendría que pagar la indemnización que marquen sus condiciones generales.

2.b Si el envío está asegurado:

El vendedor no estaría obligado a devolver la cuantía pagada y sería el comprador el que tendría que reclamar ante la aseguradora, corriendo éste el riesgo de que la aseguradora no le pague la cantidad reclamada por no presentar la documentación relevante, se demore en el pago, etc.

En el caso de este ilustre foro, antes de poner algo a la venta te salta un anuncio, recordando lo que he expuesto en el punto 1, que a falta de pacto en contrario, el riesgo del envío lo asume el vendedor; en mi opinión, ese anuncio no quiere decir que las normas del foro prohíben traspasar el riesgo del envío al comprador, simplemente declara el régimen legal

Creo que lo que he expuesto refleja de forma general el régimen legal vigente (siempre hay excepciones), pero por favor si alguien quiere hacer alguna corrección es más que bienvenido.
 
Última edición:
  • #69
El caso es que además hay cierto lío en las empresas de transporte.

Hace unos dias pregunté en la oficina de MRW con la que suelo trabajar. Parece que desde Enero están obligados a comprobar lo que se envía asegurado, por lo que si el paquete llega ya envuelto no pueden verificarlo y se estan negando a recepcionarlos. Esto es así porque la aseguradora a la que han subcontratado este servicio se quita de enmedio a las ptimeras de cambio.

Un poco lioso según me contó el gerente de la oficina. Incluso asegurado hay que andarse con cuidado.
 
  • #70
Lo mismo, excelente aporte ;-)
 
  • #71
Yo creo que el vendedor tiene que hacerse responsable del envio hasta que este llegue a manos del comprador, a no ser en casos especiales,, como que no se recoja o se envie mal la direccion. Si compramos algo en una tienda y nos lo van a buscar al almacen, no vale decir que lo han perdido, nos lo tienen que entregar.
 
  • #72
Yo creo que sí el comprador no quiere pagar el seguro, el vendedor no tendría que responder, salvo que ofrezca de mano el envío asegurado
 
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