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mi vecino me roba el wifi

  • Iniciador del hilo cantabriamepone
  • Fecha de inicio
Estado
Hilo cerrado
  • #51
Otra solución de extra-baja-tecnología ... apantallar con papel de aluminio (mejor una lámina de cobre, aunque es mas cara) de manera que la señal rebote y no atraviese la pared con toda su intensidad ... al menos no en dirección a la casa de tu vecino

ya estamos a puntito pasar a maniobras ECM ;-) ... en dealextreme venden unos jammers de wifi y gsm que al vecino le tienen que hacer una gracia de pelotis ....

saludos

Los he visto alguna vez pero no sé si es peor mi inglés o mi dominio del lenguaje técnico.
Por lo que entiendo bloquean la señal a una cierta distancia pero claro, si bloqueo la señal ¿como conecto mi portatil?
Esos de Dealextreme de 30 € serán efectivos
Es que a raiz de este hilo instalé en mi PC un programa llamado My Wifi Zone y me ha detectado varios "intrusos" en un día...
 
  • #52
Los he visto alguna vez pero no sé si es peor mi inglés o mi dominio del lenguaje técnico.
Por lo que entiendo bloquean la señal a una cierta distancia pero claro, si bloqueo la señal ¿como conecto mi portatil?
Esos de Dealextreme de 30 € serán efectivos
Es que a raiz de este hilo instalé en mi PC un programa llamado My Wifi Zone y me ha detectado varios "intrusos" en un día...

Ojo con bloquear la señal con un jammer.
Bloquear la señal GSM o una parte del espectro radioeléctrico destinado a comunicaciones con un jammer sí es ilegal ya que estás interfiriendo una banda que puede ser necesaria en situaciones de emergencia y si te pillan la multa es muy gorda y el delito muy grave.

Usar la internet de tu vecino de momento no es ilegal en este país siempre y cuando no destruyas ni reveles información ni accedas a su equipo informático.
Con respecto a romper la contraseña, pues existe un vacío legal, ya que tú sólo haces uso de la señal recibida para extraerla, el problema lo tiene quien emite la señal al aire, ya que estás "distribuyendo" la información de forma que puede ser interceptada "pasivamente"
Sí es delito la creación de perjuicios derivados del uso de la información o de su divulgación:

DELITOS INFORMÁTICOS EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL.



Con la expresión delito informático se define a todo ilícito penal llevado a cabo a través de medios informáticos y que está íntimamente ligado a los bienes jurídicos relacionados con las tecnologías de la información o que tiene como fin estos bienes.

- El Código Penal de 1995 ha introducido nuevas figuras y modalidades delictivas que a continuación se enumeran:

Descubrimiento y revelación de secretos: Artículo 197 C.P.

1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Se trata de un delito contra la intimidad, por ello la interceptación del correo electrónico se asimila a la violación de la correspondencia.

El código penal no había previsto las modalidades comisivas consistentes en el uso de las tecnologías de la información para invadir la intimidad de las personas o para violar, acceder o descubrir sus secretos.

Mero acceso no consentido: Conocido como hacking directo: acceso indebido o no autorizado con el único ánimo de vulnerar el password sin ánimo delictivo adicional.

No se encuentra penado en el código penal.

Hacking indirecto: Supone un acceso inconsentido al ordenador o sistema informático como medio para cometer diferentes conductas delictivas. Se castiga por el delito finalmente cometido. (ej, daños, interceptación del correo electrónico, etc).

Espionaje informático empresarial: Artículo 278 C.P. Aquí el bien jurídico protegido es el secreto empresarial, la información almacenada informáticamente que supone un valor económico para la empresa porque confiere al titular una posición ventajosa en el mercado

En España no es delito
Pero robar la red inalámbrica del *****, ¿es también delito en España? El abogado Ignacio Vela, del despacho Cremades Calvo Sotelo, considera que no. "Con la legislación vigente, sería muy difícil condenar a una persona por estos hechos".

José Antonio Suárez, experto en nuevas tecnologías, coincide con él y apunta que distinto es "que alguien localice una red abierta intencionalmente, lo cual es perfectamente permisible". Esto ocurre en muchos establecimientos, como hoteles o cafeterías, que ponen sus redes a disposición del público, por lo que desde el exterior del edificio cualquiera puede acceder a internet.

Pero si se trata de una red privada estamos, según Suárez, ante "una intromisión en el espacio privado". En estos casos, los artículos que podrían aplicarse serían el 256 y el 286 del Código Penal.

El problema es que estos artículos estaban destinados en un principio a delitos relacionados con la televisión digital para penar, por ejemplo, el uso de tarjetas pirata con las que ver canales de pago. Por ello, dice Vela, "es muy difícil aplicarlos hoy en día a las redes inalámbricas".
 
  • #53
Gracias Heuchelei. Perfecta explicación.
Realmente no hace falta llegar a tanto. Esto de los Wifi es como lo del robo de cualquier otra cosa.
No es necesario que sea imposible robarte lo tuyo, basta con que robarte a tí sea más complicado que robar al de al lado...:D
Contraseñas seguras y cambiadas frecuentemente con nivel de encriptacion adecuado, apagar de vez en cuando el router, etc.
 
  • #54
jajajajaja, prefiero no meterme en problemas, que igual por hacer eso encima de pagar el internet le tengo que pagar una cara nueva, sería la ostia...

Y no es más fácil que apagues todo unos dias , te sientes a esperar que llegue un instalador con un router debajo del brazo y lo sigas hasta la casa de tu vecino moscon... Y le abofetees los mofletes
 
  • #55
Ojo con bloquear la señal con un jammer.
Bloquear la señal GSM o una parte del espectro radioeléctrico destinado a comunicaciones con un jammer sí es ilegal ya que estás interfiriendo una banda que puede ser necesaria en situaciones de emergencia y si te pillan la multa es muy gorda y el delito muy grave.

Usar la internet de tu vecino de momento no es ilegal en este país siempre y cuando no destruyas ni reveles información ni accedas a su equipo informático.
Con respecto a romper la contraseña, pues existe un vacío legal, ya que tú sólo haces uso de la señal recibida para extraerla, el problema lo tiene quien emite la señal al aire, ya que estás "distribuyendo" la información de forma que puede ser interceptada "pasivamente"
Sí es delito la creación de perjuicios derivados del uso de la información o de su divulgación:

DELITOS INFORMÁTICOS EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL.



Con la expresión delito informático se define a todo ilícito penal llevado a cabo a través de medios informáticos y que está íntimamente ligado a los bienes jurídicos relacionados con las tecnologías de la información o que tiene como fin estos bienes.

- El Código Penal de 1995 ha introducido nuevas figuras y modalidades delictivas que a continuación se enumeran:

Descubrimiento y revelación de secretos: Artículo 197 C.P.

1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Se trata de un delito contra la intimidad, por ello la interceptación del correo electrónico se asimila a la violación de la correspondencia.

El código penal no había previsto las modalidades comisivas consistentes en el uso de las tecnologías de la información para invadir la intimidad de las personas o para violar, acceder o descubrir sus secretos.

Mero acceso no consentido: Conocido como hacking directo: acceso indebido o no autorizado con el único ánimo de vulnerar el password sin ánimo delictivo adicional.

No se encuentra penado en el código penal.

Hacking indirecto: Supone un acceso inconsentido al ordenador o sistema informático como medio para cometer diferentes conductas delictivas. Se castiga por el delito finalmente cometido. (ej, daños, interceptación del correo electrónico, etc).

Espionaje informático empresarial: Artículo 278 C.P. Aquí el bien jurídico protegido es el secreto empresarial, la información almacenada informáticamente que supone un valor económico para la empresa porque confiere al titular una posición ventajosa en el mercado

En España no es delito
Pero robar la red inalámbrica del *****, ¿es también delito en España? El abogado Ignacio Vela, del despacho Cremades Calvo Sotelo, considera que no. "Con la legislación vigente, sería muy difícil condenar a una persona por estos hechos".

José Antonio Suárez, experto en nuevas tecnologías, coincide con él y apunta que distinto es "que alguien localice una red abierta intencionalmente, lo cual es perfectamente permisible". Esto ocurre en muchos establecimientos, como hoteles o cafeterías, que ponen sus redes a disposición del público, por lo que desde el exterior del edificio cualquiera puede acceder a internet.

Pero si se trata de una red privada estamos, según Suárez, ante "una intromisión en el espacio privado". En estos casos, los artículos que podrían aplicarse serían el 256 y el 286 del Código Penal.

El problema es que estos artículos estaban destinados en un principio a delitos relacionados con la televisión digital para penar, por ejemplo, el uso de tarjetas pirata con las que ver canales de pago. Por ello, dice Vela, "es muy difícil aplicarlos hoy en día a las redes inalámbricas".

Para descubrir la contraseña de una red Wifi tienes que:

Interceptar sus comunicaciones, y mediante el hecho te apoderas de un dato privado personal o familiar: la cotraseña, además si haces uso de su conexión a internet para salir a navegar te estás apoderando de un dato privado y personal protegido explícitamente por la LOPD que es la IP.

Además estás: o utilizando artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación una señal de comunicación.

¿O no grabas los paquetes de una red para sacarle la contraseña? El que no lo tenga claro es que no entiende cuál es el proceso. Incluso si lo haces por fuerza bruta... estás insertando información en el wifi.

Luego SÍ es delito y castigado con penas de 1 a 4 años de prisión y multa de doce a 24 meses.

Aparte queda el papel que juegan los abogados para vivir de ello que es interpretarlo como ellos quieren y, en efecto, hay artículos de estos que dicen que no es delito, se les escapa qué estás haciendo para conseguir la contraseña -en mi opinión- que es todo lo que dice el apartado 1 del art. 197 y además que si sales a navegar por ese router encima le robas o te camuflas en su IP y artículos que dicen que sí lo es porque sí saben lo que es necesario hacar:

1.- Interceptar
2.- Utilizar artilugios técnicos
3.- Grabar la información de la cual luego obtienes la contraseña
4.- Introducir información a ver qué te crees que haces cuándo te enganchas a un router...

para:

Robar un dato privado personal o familiar, contraseña, y si navegas por su wifi hacer uso no autorizado de un dato personal o familiar que es la IP.

Indefectiblemente de la interpretación de cada uno lo que está claro es lo que hay que hacer para obtener una contraseña de una WIFI que está perfectamente recogido en el apartado uno del art. 197.


Hacerse con la contraseña de un wifi no es apretar un botón y escuchar... no, no, hay mucho más, todo recogidito en el artículo citado. (Otra cosa es que tú te limites a darle a un botón, pero no se engañen, el artilugio al que aprietas el botón está haciendo un proceso que encaja perfectamente en el CP)

Y si no: ejemplo... programa o conjunto de utilidades -¿será un artificio técnico?- muy conocido en modo automático, esto es apretar un botón dice, tras echarlo a andar:

Multi hacking suite (ficticio, el nombre real no es necesario)

La captura de datos durará ... X minutos (X es voluntario lo elige el usuario)
Se atacarán ... Todos los canales....

Iniciando...

... NO interrumpir la captura...
Me pregunto que interpretarán algunos por "captura" y me pregunto si el que dice que no sabe realmente en qué consiste el procedimiento de sacarle una contraseña a alguien de una wifi.
 
Última edición:
  • #56
Lo que tiene un aburrido Rayo-Betis... Bien me he puesto a enredar con una conocida herramienta de "inseguridad"... que en su última versión trae un modo automático... y me he encontrado que me ha reventado una de mis redes... :O y no uso WEP... Me he puesto a hacer un experimento masivo... y me ha dado en dos horas las claves de un chorro de wifis vecinales... (un 70 por ciento y apenas hay WEP ya)...

¿Y eso? Bueno, pues la causa es que hay una función en los routers que en muchos viene activada por defecto para "facilitar" la configuración a los "torpes" que se llama WPS (Wifi Protected Setup) que cae en dos horitas por un fallo de seguridad. La única manera de evitarlo, que yo haya leído es desactivar la opción... Así que ya saben, aparte de todo lo dicho, WPS OFF.

Saludos.
 
  • #57
Para descubrir la contraseña de una red Wifi tienes que:

Interceptar sus comunicaciones, y mediante el hecho te apoderas de un dato privado personal o familiar: la cotraseña, además si haces uso de su conexión a internet para salir a navegar te estás apoderando de un dato privado y personal protegido explícitamente por la LOPD que es la IP.

Además estás: o utilizando artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación una señal de comunicación.

¿O no grabas los paquetes de una red para sacarle la contraseña? El que no lo tenga claro es que no entiende cuál es el proceso. Incluso si lo haces por fuerza bruta... estás insertando información en el wifi.
Creo que vas muy desencaminado y bastante confundido en los conceptos.
Lo primero, no tienes claro el concepto de intercepción. Te aconsejo le eches un ojo al DRAE y comprobarás que no es necesario ni apoderarse, ni detener ni interrumpir la comunicación para "escuchar". Las señales del espectro radioeléctrico están ahí y pueden ser escuchadas legalmente.
El delito está en la intercepción, bloqueo o detención de éstas, lo que puede hacer un jammer (bloqueo) o montar un man-in-the-middle que es justamente una intercepción en toda regla al bloquear el flujo de la comunicaión y permitir el paso (o no ) de la misma filtrada.
La obtención de contraseñas por fuerza bruta no supone ningún tipo de inserción de datos en lo que tu llamas "el wifi", ya que el procedimiento de fuerza bruta se hace extrayendo la clave de paquetes "recibidos" por medio de ciertos algoritmos que invierten el procedimiento de cifrado usando debilidades en el método usado, especialmente colisiones en el hash del sistema (WEP por ejemplo). Podrías echarle una lectura a algún documento sobre criptografía básica y darle un repasito a algún otro sobre algoritmia.

Y la IP no es un dato personal protegido explícitamente por la LOPD. La Ley 34/2002, de los Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) creó cierta incertidumbre en lo que respecta a la consideración de la dirección IP como dato de carácter personal, debido a la obligación de retención de datos de tráfico que imponía el artículo 12 de la dicha norma. Y la LOPD confiere a la expresión "datos de carácter personal", a saber: "cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables". desde la matrícula de tu coche a la dirección de tu casa. Tenemos que cerrar Correos por permitir incluir las direcciones postales en las cartas a la vista de todos ¿no?

Luego SÍ es delito y castigado con penas de 1 a 4 años de prisión y multa de doce a 24 meses.
Sigue sin existir delito en la escucha del espectro radioeléctrico y la manipulación de los datos recibidos, siempre y cuando no exista una revelación de secretos, datos personales o difusión de ellos. Es como la frase aquella de "el aire es libre". Si no quieres ser escuchado, no hables.
Estarían en la cárcel todos los radioaficionados del mundo por escuchar comunicaciones digitales, decodificar mapas satelitales y hasta comunicaciones encriptadas militares, pero no, tienen licencia EA del Ministerio de Industria y Telecomunicaciones para hacerlo.


Aparte queda el papel que juegan los abogados para vivir de ello que es interpretarlo como ellos quieren y, en efecto, hay artículos de estos que dicen que no es delito, se les escapa qué estás haciendo para conseguir la contraseña -en mi opinión- que es todo lo que dice el apartado 1 del art. 197 y además que si sales a navegar por ese router encima le robas o te camuflas en su IP y artículos que dicen que sí lo es porque sí saben lo que es necesario hacar:

1.- Interceptar
2.- Utilizar artilugios técnicos
3.- Grabar la información de la cual luego obtienes la contraseña
4.- Introducir información a ver qué te crees que haces cuándo te enganchas a un router...

para:

Robar un dato privado personal o familiar, contraseña, y si navegas por su wifi hacer uso no autorizado de un dato personal o familiar que es la IP.

Indefectiblemente de la interpretación de cada uno lo que está claro es lo que hay que hacer para obtener una contraseña de una WIFI que está perfectamente recogido en el apartado uno del art. 197.


Hacerse con la contraseña de un wifi no es apretar un botón y escuchar... no, no, hay mucho más, todo recogidito en el artículo citado. (Otra cosa es que tú te limites a darle a un botón, pero no se engañen, el artilugio al que aprietas el botón está haciendo un proceso que encaja perfectamente en el CP)

Y si no: ejemplo... programa o conjunto de utilidades -¿será un artificio técnico?- muy conocido en modo automático, esto es apretar un botón dice, tras echarlo a andar:

Me pregunto que interpretarán algunos por "captura" y me pregunto si el que dice que no sabe realmente en qué consiste el procedimiento de sacarle una contraseña a alguien de una wifi.

Sigues completamente confundido y haciendo una mala interpretación del lenguaje.
Lo primero, una dirección IP es una etiqueta numérica que identifica, de manera lógica y jerárquica, a un interfaz (elemento de comunicación/conexión) de un dispositivo (habitualmente una computadora) dentro de una red que utilice el protocolo IP (Internet Protocol).Son auto asignadas por los proveedores de conexión. Es más actualmente las IPs son asignadas de forma dinámica, con lo que si apagas tu router y lo vuelves a encender, te asignará una nueva IP y según tu deducción estarás cometiendo delito de suplantación al ser utilizada anteriormente por otra persona e inmediatamente después por tí (en cuestion de milisegundos) y ser su dato familiar y personal.
Dato familiar no sé de donde lo has sacado, supongo que será de hablar de oídas, y en cuanto a dato personal es un tema muy controvertido desde hace ya un tiempo el que la LOPD lo considere como tal porque la IP no identifica directamente a una persona.
¿A quien identifica, al usuario de la conexión o al propietario de la conexión?
¿El dato pertenece a un sujeto identificado o a un sujeto identificable? y la propia definición choca con el concepto de “persona identificable” que nos brinda el artículo 5.1.o del RDLOPD
Había un trabajo muy interesante al respecto de Eduard Chaveli Donet publicado por Aranzadi que podría ilustrarte un poco sobre los conceptos y sus posibles implicaciones en la LOPD.


El apartado 1 del artículo 197 es muy claro:
1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

El fin recogido como delito en el apartado 1 es el descubrimiento de secretos o la vulneración de la intimidad de otro, usando como medio bla...bla...blaa...
Conectarse a una wifi no presupone descubrimiento de secretos, ni vulneración de la intimidad. Es más, el tráfico recibido ni siquiera vulnera la intimidad de la persona si no hay revelación del mismo.
Si quieres que no lean tus facturas, no las tires a la basura entonces.
Los siguientes apartados tambien se refieren al acceso y difusión de datos, programas, etc contenidos dentro de un sistema informático.
El acceso a una wifi tampoco presupone la difusión de datos privados que se encuentren en un equipo informático.

Te aconsejaría que antes de verter "verdades como templos" por lo menos ampliaras tu formación/información técnica sobre lo que hablas para no confundir conceptos, especialmente en el campo de las IT.
Y si te dedicas a la abogacía, deberías de saber que conectarse a la wifi de un vecino para hacer uso de ella no es "ilegal" en este país. Poco ético y alegal, pero mientras no haya revelación de secretos y datos personales o daños en el sistema de datos o uso de los datos contenidos en el sistema informático (que no es ni un módem, ni un router ni un punto de acceso) no existe ilegalidad de momento.
Te vuelvo a recordar que el mero acceso no consentido, conocido como hacking directo: acceso indebido o no autorizado con el único ánimo de vulnerar el password sin ánimo delictivo adicional no se encuentra penado en el código penal.

Tambien si quieres discrepar con informaciones de abogados y despachos casi exclusivamente dedicados al derecho en internet y las comunicaciones digitales como Cremades-Calvo-Sotelo, Buffet Almeida o David Bravo con amplia experiencia en el tema, pues creo que tambien vas desencaminado.

Salu2
 
  • #58
Borro todo el tocho porque cómo me ha hecho gracia me he puesto un poco irónico... Mejora tus argumentaciones y tus ejemplicaciones antes de decirle a alguien que habla de oídas... No te vayas a meter en un lío con eso de las IPs dinámicas, que deben ser todas, por lo visto... y los códigos numéricos que no identifican... en fin...

Oye no sabía que yo que un jammer no interceptaba...

En fin infórmate mejor. Y ten en cuenta que cuando algo es controvertido es por algo, y hasta empuran a la gente por ello... será que los jueces también hablan de oídas.

No comment. Haz lo que quieras, yo que tú no lo haria.
 
Última edición:
  • #59
Borro todo el tocho porque cómo me ha hecho gracia me he puesto un poco irónico... Mejora tus argumentaciones y tus ejemplicaciones antes de decirle a alguien que habla de oídas... No te vayas a meter en un lío con eso de las IPs dinámicas, que deben ser todas, por lo visto... y los códigos numéricos que no identifican... en fin...
8o

Oye no sabía que yo que un jammer no interceptaba...

No entiendo tu frase, aún estando sintácticamente mal redactada, desconoces lo que son los sinónimos tambien: interceptar,interrumpir, obstaculizar, entorpecer, estorbar, impedir, detener, parar, bloquear.
Pero veo que ni siquiera me has leído, así que entiendo que hables de oídas cuando argumentas churras con merinas:
heuchelei dijo:
El delito está en la intercepción, bloqueo o detención de éstas, lo que puede hacer un jammer (bloqueo) o montar un man-in-the-middle...
Las argumentaciones están en las leyes, en los textos de la LOPD, el RDLOPD, la LSSI y el código penal. Ni siquiera te has molestado en echarles un ojo y entonces distinguir las definiciones de ciertos conceptos.
Las mías tambien son tres certificaciones de tipo CCENT, CCNA y CCNA Wireless.

En fin infórmate mejor. Y ten en cuenta que cuando algo es controvertido es por algo, y hasta empuran a la gente por ello... será que los jueces también hablan de oídas.
No comment. Haz lo que quieras, yo que tú no lo haria.

El problema de internet es la cantidad de desinformación que generáis algunas personas queriendo opinar sin base en las argumentaciones, supongo que por el mero hecho de mostrar sabiduría y sin mala intención.
El fútbol es controvertido y no es ilegal, no empuran a nadie por jugarlo. (las definiciones..., el diccionario está para algo)
Te invito a que presentes algun caso con sentencia y condena en firme según tu interpretación del CP de alguien cuyo delito haya sido introducirse en una red wifi (con contraseña o no) para navegar por ella, que es de lo que trata este hilo. En este país no la encontrarás.
No se que es lo que yo no haría (auditorías wireless, tests de penetración, chequeo de vulnerabilidades quizás?), pero veo que has estado "rompiendo" contraseñas esta noche pasada.
Te gusta vivir al margen de la ley entonces.... ::bxd::
Yo tambien se ponerme irónico como Sheldon Cooper :hmm:
Por mi parte doy por concluída mi intervención en el hilo porque considero que ya deja de tener interés esta conversación, no sea que parezca una diatriba y no es esa mi intención.

Salu2
 
  • #60
necesito vuestra ayuda compañeros

despues de varias semanas en las que mi conexión dejaba mucho que desear me puse a investigar y descargué un programa para saber si alguien se conectaba a mi WIFI, el programa que descargué es el ADSL navigation tools, y efectivamente, además de mi ip, y mac tambien había otra más:-((

lo jodido es que no se qué puedo hacer para que no entre nunca más, no hgo más que ver tutoriales en youtube pero no me aclaro y no consigo bloquearlo, soy bastante torpe con los ordenadores:(

¿alguno me podéis ayudar?

gracias.

Es posible que te hayan dado esta solución antes, no se..., yo probaría...;-)

lostimage.jpg
 
  • #61
Ya fuera de coñas, yo como el 90% de los usuarios de routers de telefónica he sufrido pirateo, y hay una solución sencilla, pero requiere un poquito de conocimiento de configuración, me explico, una vez reseteado el router vuelves a definir una clave wap y un rengo de red nuevo, por defecto suele venir 192.168.1.x, por ejemplo, 173.122.14.x. Una vez hecho esto, configura ip's estáticas en todos los ordenadores de casa y deshabilita el DHCP del router, así no te podrán entrar, si el router no da ip's es imposible que entren, "no hay puerta" solo te podrían entrar si conociesen el rango de red nuevo, para eso debían de estar conectados en el momento del cambio y conocer la wap nueva, mucho trabajo para un instante de nada...
Si te convence esta solución estoy a tu disposición, un saludo.
 
  • #62
Pues yo creo que deberías decirle: "oye, vecino, no me robes el wifi". Y ya está.
 
  • #63
Yo que tú lo denunciaría a la Guardia Civil


necesito vuestra ayuda compañeros

despues de varias semanas en las que mi conexión dejaba mucho que desear me puse a investigar y descargué un programa para saber si alguien se conectaba a mi WIFI, el programa que descargué es el ADSL navigation tools, y efectivamente, además de mi ip, y mac tambien había otra más:-((

lo jodido es que no se qué puedo hacer para que no entre nunca más, no hgo más que ver tutoriales en youtube pero no me aclaro y no consigo bloquearlo, soy bastante torpe con los ordenadores:(

¿alguno me podéis ayudar?

gracias.
 
  • #64
yo uso este programa para detectar si alguien entra en mi wifi, pero como muy bien te han dicho lo mejor es apagar el router de vez en cuando (para causar molestias) y cambiar la clave cuando ves que han entrado en tu wifi, se llama wireless network watcher, es gratuito

http://www.nirsoft.net/utils/wireless_network_watcher.html
 
  • #65
Bueno. Pues esta tarde he llamado al servicio de Movistar y un amable empleado, me ha aconsejado desconectar el WIFI. Tengo conectado el ordenador por Etherner ya que en casa soy el unico que lo maneja y no lo muevo.
Lo ha desconectado desde la central.
Me ha comentado que si en algún momento quiero volver a conectarlo, los llame y en el acto me lo habilitan con un nuevo sistema de claves más seguras.
Estoy más tranquilo y si algún día me da por comprar un tablet o cualquier otro cachibache, pues que me lo activen nuevamente.
 
  • #66
Javi activa el filtrado MAC , un rango de ip rara y una clave de 128 bits y a joderse tu vecino. SI no sabes dile al pirulas que me avise y te explico tío. ;-)
 
  • #67
te prometo que leo las respuestos y me quedo con esta cara::bxd::

jajajajaja, por algo me roban el wifi, si no tengo ni idea de informatica:huh:

Javi activa el filtrado MAC , un rango de ip rara y una clave de 128 bits y a joderse tu vecino. SI no sabes dile al pirulas que me avise y te explico tío. ;-)
 
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