juli
Milpostista
Sin verificar
Esta ley es INCONSTITUCIONAL. Es ilegal.
Y además de la Constitución, vulnera varios artículos de la Declaración de los Derechos Humanos aprobada por la ONU en el 1948 y otros del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de 1950.
Esto es un hecho objetivo.
Y es también un hecho objetivo el resultado que está cosechando. ¿Es efectiva? ¿Mueren más o menos que antes de la ley?
También es un hecho objetivo la cantidad de denuncias falsas que hay y la cantidad de casos sobreseídos, lo que da la razón a este juez cuando advierte del peligro de abuso.
Creo que es un mal planteamiento dar solución a un problema por grave que sea forzando la legalidad, del mismo modo que está mal el GAL o Guantánamo. Dejemos lo de escribir recto con renglones torcidos a Dios.
Creo que es innecesario diferenciar penas según el sexo del autor del delito (además de ilegal). Si hay que agravarlas se agravan, pero para todos por igual. Esto en cuanto a la vulneración del derecho a la igualdad.
En cuanto al tema de la presunción de inocencia, el tema se complica. El argumento de que la mujer te denuncia sin pruebas de que le has dado una bofetada y duermes en el calabozo es una verdad como un piano. El caso es que se ha tratado de articular una serie de medidas ágiles para proteger a la víctima y eso no sólo está bien sino que es necesario, en lo que se ha errado, en mi humilde opinión es en la manera de llevarlo a cabo.
Aunque insisto: el tema es complicado. Hay que compatibilizar una protección eficaz (y por tanto ágil) de la víctima y la garantía de los derechos del presunto autor.
En fin, que opino que es una ley nefasta, ineficaz e innecesaria en sus vulneraciones legales, aunque el fin que persiga sea indudablemente bueno.
Saludos.
P.D: Por ser incorrecta, esta ley lo es hasta semánticamente. El término "género" asociado a femenino es alusivo a la gramática. Lo correcto (y así lo hizo saber la Real Academia cuando le consultaron) hubiese sido "sexo".
Y además de la Constitución, vulnera varios artículos de la Declaración de los Derechos Humanos aprobada por la ONU en el 1948 y otros del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de 1950.
Esto es un hecho objetivo.
Y es también un hecho objetivo el resultado que está cosechando. ¿Es efectiva? ¿Mueren más o menos que antes de la ley?
También es un hecho objetivo la cantidad de denuncias falsas que hay y la cantidad de casos sobreseídos, lo que da la razón a este juez cuando advierte del peligro de abuso.
Creo que es un mal planteamiento dar solución a un problema por grave que sea forzando la legalidad, del mismo modo que está mal el GAL o Guantánamo. Dejemos lo de escribir recto con renglones torcidos a Dios.
Creo que es innecesario diferenciar penas según el sexo del autor del delito (además de ilegal). Si hay que agravarlas se agravan, pero para todos por igual. Esto en cuanto a la vulneración del derecho a la igualdad.
En cuanto al tema de la presunción de inocencia, el tema se complica. El argumento de que la mujer te denuncia sin pruebas de que le has dado una bofetada y duermes en el calabozo es una verdad como un piano. El caso es que se ha tratado de articular una serie de medidas ágiles para proteger a la víctima y eso no sólo está bien sino que es necesario, en lo que se ha errado, en mi humilde opinión es en la manera de llevarlo a cabo.
Aunque insisto: el tema es complicado. Hay que compatibilizar una protección eficaz (y por tanto ágil) de la víctima y la garantía de los derechos del presunto autor.
En fin, que opino que es una ley nefasta, ineficaz e innecesaria en sus vulneraciones legales, aunque el fin que persiga sea indudablemente bueno.
Saludos.
P.D: Por ser incorrecta, esta ley lo es hasta semánticamente. El término "género" asociado a femenino es alusivo a la gramática. Lo correcto (y así lo hizo saber la Real Academia cuando le consultaron) hubiese sido "sexo".