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Luego también las leyes ayudan mucho. Si veo a este hijoputa pegando a la chavala,y me levanto y le calzo una somanta de leches -en el supuesto de que mi pobre anatomía me lo permita- este cabrón se puede permitir el lujo de denunciarme y que encima tenga que indemnizarle a razón de cien euros por sopapo....
Hace un mes tuve que tomar la actitud de quedarme quieto y continuamente vienen las preguntas ¿Hasta donde uno se debe quedar quieto ante la duda de lo que lleve alguien así?.
Pobre muchacha, pero parece que se le hará justicia.
....yo a veces digo que no soy un tipo con suerte...porque por desgracia nunca pasan estas cosas cerca de mi,para asi poder dejarle incrustado el movil a ese tio en el cerebro....asi es como hay que tratar a este tipo de personas...darles lo que predican
A los niñatos como esos les hacía una tourné por un cuartel de la Guardia Civil de los años 50,
Yo creo que una brutalidad no se soluciona con otra brutalidad. Además no hace falta irse a los cuartelillos de los años 50, hace dos años se les fue la mano en un cuartel de la guardia civil en Roquetas de Mar y mira las consecuencias.
Pero estoy de acuerdo que un par de ostias bien dadas le vendrían bien a ese superman.
Saludos.
El informe de ampliación de autopsia del cadáver de Juan Martínez Galdeano --fallecido el 24 de julio de 2005 en el Cuartel de la Guardia Civil de Roquetas de Mar (Almería)-- que ha sido elaborado por el Instituto de Medicina Legal de Almería desvela que la fractura del esternón que presentaba el cuerpo "fue producida inmediatamente después de su fallecimiento y, por tanto, que se debe a una maniobra de resucitación realizada aplicando la fuerza considerable sobre el pecho".
Según el informe publicado hoy por la cadena Cope recogido por Europa Press, la causa fundamental de la muerte ha sido "una reacción adversa a drogas de abuso, debida a un consumo previo de cocaína, siendo esta droga un poderoso estimulante con graves efectos cardiotóxicos capaz de inducir taquicardia, vasoconstricción coronaria, aumento de la demanda de oxígeno e isquemia, ocasionando finalmente arritmia y fibrilación ventricular".
En el informe se explica que la fibrilación "lleva rápidamente a un fracaso cardiorrespiratorio, origen de los síntomas asfícticos generales observados" en el cuerpo. No obstante, al efecto "primordial y fundamental" del consumo de cocaína, se suman, aunque en menor medida, otros factores "concasuales" del fallecimiento del hombre.
Así, cita el ejercicio físico --carreras y forcejeo intenso-- y los factores generadores de estrés entre los que menciona "la vivencia de la situación de detención-inmovilización, dolor por los traumatismos recibidos o autoinferidos, aplicación de spray irritante y defensa eléctrica".
Sobre el spray irritante, el informe desvela que tuvo "un efecto concasual muy leve" en el aumento de los niveles de estrés del sujeto y, respecto a la defensa eléctrica, que habría que considerar sus efectos "como generadores de estrés más que lesivos".
Tras analizar las circunstancias relacionadas con la detención y como resumen, el Instituto de Medicina Legal dice que "los traumatismos recibidos o autoinferidos durante el forcejeo, así como el resto de circunstancias analizadas no son, en ningún caso, causa de la muerte".
Aquí le tenemos.
Mirad qué majo.