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¿Como afectará el pago en efectivo de +2500€, en la venta de relojes?

  • Iniciador del hilo jaimetorre
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Estado
Hilo cerrado
  • #26
Una parte es lo que dices, pero no se puede dejar de lado lo que llamas leyendas urbanas.
De acuerdo que una vez emitida una factura, Hacienda ya se lleva lo suyo, pero otra cosa es que por esta medida, ya muchos por miedo la harán, cosa que antes no, ahí ya hay una nueva fuente, por otra parte el dinero procedente de cuentas corrientes ya está aflorado y controlado, el dinero en metálico, no siempre, y se podrán establecer nuevas líneas de control y cruce de datos...
Y esto hablando del que paga... Con el que cobra, tres cuartos de lo mismo, si quiere hacerse el listillo y el pagador se lo permite, hará por ejemplo 6 facturas de 2499€ en vez de una de 15.000€ en metálico y que no aparecerán por ninguna cuenta corriente, pero sí en los registros contables... Lo que hará sonreir y frotarse las manos a cualquier inspector... Por alguna de las partes habrá gato encerrado... Inspección al canto para ambas partes...

Entre esto y el timo de la estampita de los pagos por módulos... Poquito a poquito...

Y sí, que vale que los grandes defraudadores son los de las cuentas numeradas... Pero también es cierto que hay TELA de economía sumergida que hay que cortar de raíz también.
Ejemplos conocemos todos de portes baratitos, albañil económico, pintor rápido y límpio, electricista con experiencia, se reparan ordenadores, se liberan y reparan móviles, limpiadora por horas, jardinero con experiencia... ¿Seguimos? Y cada uno de ellos, por cada 100€ se defrauda el IVA, mas lo que deja de tributar y cotizar el que realiza el trabajo...y no solo eso, sino si encima está cobrando alguna ayuda, subsidio o prestación... que pagamos entre todos.

.

Pero si emites una factura y no la reflejas en tu contabilidad estás defraudando a Hacienda por otros medios que no tienen que ver con el pago en metálico, sino con la ocultación de ingresos. No tengo experiencia en esas lides, pero dudo mucho que cuando alguien paga algo con una bolsa de basura llena de billetes, el vendedor le entregue una factura por 15.000 ni 6 por 2.499. Al final la factura siempre puede acabar en poder de Hacienda, si la otra parte la desgrava, o si le da por denunciar.

A mi este tipo de normas no me afectan, lo que pasa es que si aplico la lógica, no veo cómo van a funcionar de la manera que se da a entender que van a funcionar... salvo por la infusión de un miedo irracional entre la población.

Además, no me parece bien el afán del estado, en sentido amplio, por conocer (o por poder conocer) hasta el último detalle de mi vida. Me parece bien que haya bonobuses inteligentes que sigan mi uso del sistema de transporte público, siempre que yo siga teniendo la opción de comprar un billete suelto que "anonimice" mis viajes en autobús. No porque vaya a hacer algo ilegal, sino porque tengo derecho a mi intimidad. Que es por lo que muchos webmaster y otros profesionales tienen que gastarse un pasta en el cumplimiento de los requisitos de la ley de protección de datos de carácter personal.

Por otra parte, en lo relativo al funcionamiento de esta norma que impide el pago en metálico tengo que aclarar que me parece bien (bien no, muy bien) que se persiga el fraude. Lo que no me parece tan bien es que Hacienda imponga el coste de la persecución del fraude en el ciudadano honrado, al que se le impide pagar con dinero de curso legal y se le impone el uso de bancos u otros medios que entrañan un coste.

Y por supuesto, me parece fatal que, en este momento en el que la morosidad se encuentra en máximos históricos, se imponga al vendedor o al profesional que presta un servicio ocasional (y que no no tendría que hacer un estudio de solvencia de ese cliente ocasional, entre otras cosas, porque ese cliente tiene también derecho a su intimidad) la obligación de asumir el riesgo de impago, al tener que recibir el pago en cheque, transferencia o domiciliación, en vez de percibir el importe en billetes al final de la transacción. Porque todos sabemos que los cheques se entregan sin fondos, las transferencias se anulan y las domiciliaciones se devuelven. No debería pasar, pero pasa. Y llegado el momento, Hacienda se encogerá de hombros.

Por eso, y porque los defraudadores siempre encuentran la manera de saltarse la ley, creo que esta ley va a acabar perjudicando a muchos ciudadanos honrados que ni han estafado ni piensan estafar a Hacienda, pero que van a tener que cargar con las consecuencias de la aplicación de esta ley. Y los malos tendrán otra ocasión más de impagar (mediante cheques sin fondos, transferencias revocadas o Dios sabe qué) que antes, cuando se podía exigir el pago en metálico contra la entrega de una factura, no tenían.

EDIT: mientras escribía el tocho este, el compi anterior lo ha explicado mucho mejor que yo, y con menos palabrería.
 
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  • #27
Pues no lo sabía.
 
  • #28
Pues yo estoy en que si afecta a la venta entre particulares, de hecho, una de las circunstancias que toca esta ley, es a la venta de coches entre particulares, o al menos eso tengo entendido.
De todas formas, si lo que se quiere es estar seguro, nada como quedar de acuerdo con el vendedor y hacer el pago en dos entregas no?
Para grandes males.... grandes remedios
 
  • #29
Lo que no tengo muy claro (no me he leído la ley, mea culpa), es que pasa con los pagos a plazos si supera ese importe el precio final, ¿como se regula eso? Por ejemplo, reloj de 3.200€, te doy 1.000€ en efectivo ahora para que lo pidas, y los 2.200€ restantes al recibirlo, todo en efectivo, o te lo voy pagando en varios meses....

Saludos
 
  • #30
informacion cierta
amen
 
  • #31
Tal vez esto te lo aclare y de igual forma al compañero que intervino antes que tu y que dice que si afecta a los particulares.

Uno. Ámbito de aplicación.

1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera. (Si se trata de dos particulares, no afecta)
No obstante, el citado importe será de 15.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

2. A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en el apartado anterior, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios. (Si es una venta a plazos y la cantidad total supera los 2500.-€, a pagar por banco)

3. Se entenderá por efectivo los medios de pago definidos en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

4. A efectos de lo dispuesto en esta Ley, y respecto de las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago, durante el plazo de cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo. Asimismo, están obligados a aportar estos justificantes a requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

5. Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito. (esto es lo que decia acerca de que si ingresas 4000.-€ en efectivo en un banco lo puedes hacer sin problemas)

 
  • #32
Lo único que se es que a mi me han J... Siempre he pagado mis relojes en efectivo, y ahora voy a tener que ingresar un dinero que tenia ahorrado para mi próxima compra
 
  • #33
Lo único que se es que a mi me han J... Siempre he pagado mis relojes en efectivo, y ahora voy a tener que ingresar un dinero que tenia ahorrado para mi próxima compra

No es cierto lo que dices............en tu caso nadie te ha jo.ido............solo que antes le dabas los billetes al vendedor, y ahora se los tendrás que dar al empleado de banca para que lo ingrese en la cuenta del vendedor.

Esta norma persigue la economía sumergida, no la libre circulación de transacciones. Otra cosa es que la perjudique como daño colateral.

Si te quieres comprar un reloj de 10.000 euros y los tienes de procedencia lícita (sea en el banco o en casa), no tienes ningún problema,....., transferencia o ingreso en cuenta y listo. PERO si los tienes de procedencia dudosa o no justificable............tienes un problema. Pero es que justo esto es lo que busca la norma. Que el dinero no se pueda blanquear ni ennegrecer.

De todas formas los que se estarán frotando las manos, desde mi punto de vista, son los dichosos bancos, que por fin le van a sacar tajada a todos esos billetes que vuelan a su alrededor y hasta ahora no olian. Y no descartaría (pero en este comentario ya saco todo lo peor que reside en mi interior), que hayan presionado al Gobierno para sacar adelante la norma..................al final van a conseguir captar más fondos gratis, aparte de aumentar también el número de transaciones. En fin.

Saludos.
 
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  • #34
Afectará a la compra venta sólo de aquello que requiera de una factura. Yo soy de la opinión que es un poco chorra ya que picaresca ha habido, hay y habrá.

Doble facturación, fraccionada en el día 30 31 del mes y luego el 1 del mes siguiente y zás ya andas sobre el orden de magnitud de los 5k€. Pagos mixtos ( e-commerce y plus en metálico).

Que quieran capitalizar estos movimientos para evitar el fraude me resulta chocante y responden al heho de que no pueden tocar a corporaciones.

Eso sí luchar contra el fraude me parece necesario.
 
  • #35
Una parte es lo que dices, pero no se puede dejar de lado lo que llamas leyendas urbanas.
De acuerdo que una vez emitida una factura, Hacienda ya se lleva lo suyo, pero otra cosa es que por esta medida, ya muchos por miedo la harán, cosa que antes no, ahí ya hay una nueva fuente, por otra parte el dinero procedente de cuentas corrientes ya está aflorado y controlado, el dinero en metálico, no siempre, y se podrán establecer nuevas líneas de control y cruce de datos...
Y esto hablando del que paga... Con el que cobra, tres cuartos de lo mismo, si quiere hacerse el listillo y el pagador se lo permite, hará por ejemplo 6 facturas de 2499€ en vez de una de 15.000€ en metálico y que no aparecerán por ninguna cuenta corriente, pero sí en los registros contables... Lo que hará sonreir y frotarse las manos a cualquier inspector... Por alguna de las partes habrá gato encerrado... Inspección al canto para ambas partes...

Entre esto y el timo de la estampita de los pagos por módulos... Poquito a poquito...

Y sí, que vale que los grandes defraudadores son los de las cuentas numeradas... Pero también es cierto que hay TELA de economía sumergida que hay que cortar de raíz también.
Ejemplos conocemos todos de portes baratitos, albañil económico, pintor rápido y límpio, electricista con experiencia, se reparan ordenadores, se liberan y reparan móviles, limpiadora por horas, jardinero con experiencia... ¿Seguimos? Y cada uno de ellos, por cada 100€ se defrauda el IVA, mas lo que deja de tributar y cotizar el que realiza el trabajo...y no solo eso, sino si encima está cobrando alguna ayuda, subsidio o prestación... que pagamos entre todos.

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Este tipo de operaciones de menos de 2500 € que indicas al ser del mismo cliente hay que declararlas en el modelo 347 para operaciones de mas de 3000 €, es decir, que si le hace 2 facturas de 2500 € tienes que declararlo en este modelo porque con el cif del comprador aparecen compras de mas de 3000 €, por lo que al final también deja rastro lo quiera o no, antes y por supuesto ahora....

El tema es que no te hagan factura, por ejemplo, vas al Alcampo, compras una tv de 2000 €, otro día compras un ordenador de 2000 €, otro día compras una barbaco de 1500 €....En todas estas compras no te dan factura pero has podido pagarlas en efectivo y no las declaran en el 347 porque no tienen mis datos.....Solo, una idea....:whist::

Al final estas medidas favorecen a los bancos porque al final tienes que tener una tarjeta para pagarlo con un límite alto y los consiguientes gastos para el comercio.

Lo que tendrían que hacer para evitar el fraude es quitar el dinero de circulación (se evitarían robos), todo con tarjetas de crédito, tarjetas de débito para que cada cual disponga sin límite de su saldo y luego los programas de gestión de las empresas que fueran todos on line de la agencia tributaria, con facturas electrónicas, inventarios, tpv, todo on line con la EAET y nada, le hacemos de funcionarios y todo bien controlado.....
 
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  • #36
A nivel de particulares y para compras cotidianas no afectan
 
  • #37
Quién hizo la ley hizo la trampa. Modificarán el precio y listo. Venta de reloj por 2.499 €. al contado y ahora que vengan a mi tienda a controlar si es así o no.

Pues como sea un PP, me parece que ya estás enchironao!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Pero si es más fácil..............ya lo puse............compro un AP o un PP..........no sé de 25.000 eurazos por ejemplo. Y lo quiero pagar en efectivo.......¿Cual es el problema?.............ingreso los 25.000 en la cuenta de la relojería y tema solucionado..............Por Dios, donde está el problema?????????????

Pues el problema está que esos 25.000 eurazos, sean negros como el negro mandinga colega de Tarzán de la jungla.

Pero si el dinero es lícito y ganado honradamente y que ha tributado todo lo que tiene que tributar..............qué más da como pague????????? El problemón (para muchos) es que el dinero en efectivo pueda parecer carbón o petroleo. Y eso es lo que se quiere cortar. Tienes pasta en negro, regularizas, pagas tus impuestos como todos, y luego te compras lo que te de la gana.

Saludos.
 
  • #38
MUY GRAVE ¿Y cuando vendas un reloj de tu colección en 3.000€ y te quieras comprar uno nuevo por ese importe? tu transacción con el particular al que vendes... sin problema como hasta ahora.

Pero cuando le compras a la tienda, al banco ingresas esos 3.000 para pagar vía banco y entonces Hacienda:

- ¿Se va a creer que esos 3.000 ingresados por tí, no son un ingreso por rendimientos o servicios prestados, sino una venta de un objeto antiguo en el que no solo no has ganado nada si no que has perdido desde que lo compraste?

- ¿Te va a dejar indemne por tu ingreso y no te va a afectar en tu declaración de la renta?


Hacienda te va a pedir justificación de tus 3.000€ ¿y se va a creer lo que tu le digas de cuando y por cuanto compraste tu reloj y por cuanto lo has vendido?.

Esto es más delicado y grave de lo que parece y no acaba más que empezar.
 
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  • #39
y los descuentos por pagar en efectivo?
eso si que nos los han j.....

me parece muy bien que se luche contra el dinero negro y todo eso, pero creo que podemos ir despidiendonos de descuentos en relojerias...
 
  • #40
Lo que no tengo muy claro (no me he leído la ley, mea culpa), es que pasa con los pagos a plazos si supera ese importe el precio final, ¿como se regula eso? Por ejemplo, reloj de 3.200€, te doy 1.000€ en efectivo ahora para que lo pidas, y los 2.200€ restantes al recibirlo, todo en efectivo, o te lo voy pagando en varios meses....

Saludos

Eso mismo me pregunto yo. Incluso en relojerías de confianza es posible pagar así piezas.....
 
  • #41
Dos comentarios:

1º Sólo han jo*ido a los que usaban dinero negro en estas transacciones. Los relojeros/joyeros, etc. tendrán que declarar las ventas por su importe real, y los particulares tendrán que usar dinero "justificable".

2º Esta medida y otras, como la amnistía fiscal tienen como último objetivo, EMHO, que la pasta que está "por ahí" acabe en los bancos, que lo necesitan y mucho, los pobrecitos.

Y una reflexión: En España, existe la creencia generalmente extendida que pagar impuestos es de "pringao". Y no hablo de grandes empresarios y profesionales, hablo del currito de la esquina, me consta. Digáis lo que digáis, esa es la triste realidad de nuestro país. Y así nos va la cosa.
 
  • #42
y los descuentos por pagar en efectivo?
eso si que nos los han j.....

me parece muy bien que se luche contra el dinero negro y todo eso, pero creo que podemos ir despidiendonos de descuentos en relojerias...

A los que pagamos en A, creo que sólo nos importa esto: ¿Qué pasa con los "detalles" que tienen con nosotros?
A los que pagan en B, que los persigan y les cobren el último céntimo.
 
  • #43
Yo creo q hecha la ley, hecha la trampa, el q tiene conocimientos contables ya sabrán como camuflarlos, q conste q me parece muy bien todo esto de perseguir el fraude... y como decía un compañero parece q se va acercando el día en el q el dinero físico deje de existir para dejar su hueco al dinero de "plástico"
 
  • #44
Es un tema un pelín offtopic, pero en realidad con esta medida no pretenden que el albañil no te haga una factura. Si el albañil no hace una factura ¿cómo va Hacienda a hacer cumplir la obligación de no pagar en metálico más de 2500 euros? Sin factura, ¿cómo se entera Hacienda de la existencia del pago? ¿Que le denuncia el particular? Y ¿qué va a decir? ¿que no ha pagado el IVA?

Por otra parte, si se emite una factura legal, a Hacienda no debería importarle mucho que se pague en metálico o por transferencia. El dinero está aflorado, y Hacienda va a recibir su parte.

No, el problema son las facturas falsas y el tráfico intracomunitario con reclamación de IVA en destino. En esencia, se inventan facturas y movimientos con IVA de operaciones que nunca se han realizado, por parte de empresas ficticias que acaban desapareciendo, y se solicita a Hacienda la devolución de ese IVA. La consecuencia es que Hacienda, que no puede controlar todo ese flujo, acaba devolviendo un IVA que realmente no ha percibido y no va a percibir nunca.

Este fraude, que podría considerarse de brocha gorda, siempre había existido. El problema (en España, en Italia y en algunos otros lugares) es que ha llegado a alcanzar tales proporciones que Hacienda, poniéndose la legalidad por montera (los billetes si son moneda de curso legal, deberían ser el instrumento para el pago de deudas monetarias, y nadie debería imponer el tráfico bancario), ha decidido prohibir los pagos en metálico de más de 2500 euros, con la intención de dificultar la presentación de facturas falsas: si se prohíbe el pago de importes superiores a 2500 euros en metálico, cualquier factura por encima de ese importe tiene que tener vinculada a ella una transferencia bancaria, o un cheque, medios de pago, ambos, que dejan rastro, a diferencia del dinero en metálico.

Ese es el verdadero objetivo de la norma. Lo demás, folklore y leyendas urbanas, alentadas probablemente desde la propia Hacienda, puesto que no le viene mal matar dos pájaros de un tiro.

Gracias a esta explicación, le logro encontrar sentido a la medida.
 
  • #45
MUY GRAVE ¿Y cuando vendas un reloj de tu colección en 3.000€ y te quieras comprar uno nuevo por ese importe? tu transacción con el particular al que vendes... sin problema como hasta ahora.

Pero cuando le compras a la tienda, al banco ingresas esos 3.000 para pagar vía banco y entonces Hacienda:

- ¿Se va a creer que esos 3.000 ingresados por tí, no son un ingreso por rendimientos o servicios prestados, sino una venta de un objeto antiguo en el que no solo no has ganado nada si no que has perdido desde que lo compraste?

- ¿Te va a dejar indemne por tu ingreso y no te va a afectar en tu declaración de la renta?


Hacienda te va a pedir justificación de tus 3.000€ ¿y se va a creer lo que tu le digas de cuando y por cuanto compraste tu reloj y por cuanto lo has vendido?.

Esto es más delicado y grave de lo que parece y no acaba más que empezar.

Esto que comentas es muy retorcido, pero siempre podrás hacer un contrato de compraventa que firmen las partes...........otra cosa es que el que compra no lo quiera firmar, porque igual lo que te está dando no es dinero.........es petroleo, jajajajajajajaja. Pero vuelvo a insistir en que eso es lo que pretende perseguir la norma.

Aquí todo quisqui a tributar.............que es eso de que unos si y otros no.
 
  • #46
:hmm: Hola todos/as. Tan sólo quisiera iniciar un hilo para saber vuestra opinión sobre los efectos de la limitación del pago en efectivo de más de 2500€, en las compras de relojes y joyería en general. Un saludo!

Pues que estamos de enhorabuena; para no inflingir la norma sólo se pueden pagar por los Rolex 2500 euretes. Tampoco toca pagar mucho más.
 
  • #47
y los descuentos por pagar en efectivo?
eso si que nos los han j.....

me parece muy bien que se luche contra el dinero negro y todo eso, pero creo que podemos ir despidiendonos de descuentos en relojerias...

No señor, no estoy de acuerdo, por que el descuento se hace por no tener que usar otros medios que suponen un coste para el relojero/joyero, como pasar la tarjeta que en el mejor de los casos le joroba un 3%, y si lo que vende es una pieza de mucho valor, el banco por no hacer nada se lleva una pasta gansa.

No te preocupes, cuando te vayas a comprar un reloj caro, dile al relojero/joyero que te de un número de cuenta y le ingresas la pasta en efectivo para que te haga ese mismo descuento. Para ese fin también serviría una transferencia, aunque esto puede tener algún coste para quien la emite.

Otra cosa es que al relojero le viniera muy, pero que muy bien, tener dinero en efectivo para no tener que declarar ciertas ventas, y el descuento lo hiciera por esta cuestión. Pero volvemos otra vez al mismo punto, justo esto es lo que pretende conseguir la norma.................que se declare todo tipo de transacción, para que se tribute por lo que efectivamente corresponde.
 
  • #48
No es cierto lo que dices............en tu caso nadie te ha jo.ido............solo que antes le dabas los billetes al vendedor, y ahora se los tendrás que dar al empleado de banca para que lo ingrese en la cuenta del vendedor.

Esta norma persigue la economía sumergida, no la libre circulación de transacciones. Otra cosa es que la perjudique como daño colateral.

Si te quieres comprar un reloj de 10.000 euros y los tienes de procedencia lícita (sea en el banco o en casa), no tienes ningún problema,....., transferencia o ingreso en cuenta y listo. PERO si los tienes de procedencia dudosa o no justificable............tienes un problema. Pero es que justo esto es lo que busca la norma. Que el dinero no se pueda blanquear ni ennegrecer.

De todas formas los que se estarán frotando las manos, desde mi punto de vista, son los dichosos bancos, que por fin le van a sacar tajada a todos esos billetes que vuelan a su alrededor y hasta ahora no olian. Y no descartaría (pero en este comentario ya saco todo lo peor que reside en mi interior), que hayan presionado al Gobierno para sacar adelante la norma..................al final van a conseguir captar más fondos gratis, aparte de aumentar también el número de transaciones. En fin.

Saludos.

Y eso sin contar las entidades que te cargan "tres euritos" por ingresar en cuenta si tu no tienes cuenta con ellos...

... y como te compres el reloj de 5000 euros ingresando en la cuenta del vendedor, a ver como justificas que han sido de ahorro legítimo y no de "dinero gris"...

... sin contar que esto prácticamente te OBLIGA a tener cuenta bancaria. ¿Hasta qué punto es legítima esa obligación?
 
  • #49
Y eso sin contar las entidades que te cargan "tres euritos" por ingresar en cuenta si tu no tienes cuenta con ellos... Nunca lo vi

... y como te compres el reloj de 5000 euros ingresando en la cuenta del vendedor, a ver como justificas que han sido de ahorro legítimo y no de "dinero gris"... Si el dinero no es gris, siempre hay alguna forma de demostrar de donde ha salido

... sin contar que esto prácticamente te OBLIGA a tener cuenta bancaria. ¿Hasta qué punto es legítima esa obligación? Tú no tienes nunca obligación moral ni legal de abrir una cuenta en un banco, pero vivimos en el siglo XXI, no en la época previa al cretácico superior, para nuestra desgracia

Por cierto a ver si nos vemos por la ciudad olívica un día, jajajaja.

Saludos.
 
  • #50
Tienes razón pero te has leido mi post,

¿que te pasará cuando vendas una pieza y con ese dinero te quieras comprar un reloj nuevo?

¿hacienda no te va a querer cobrar renta por unos ingresos que no lo son?
 
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