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Pidiendo ayuda urgente al Foro y a Los Antiguos

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Forer@ Senior
Sin verificar
Bien, tras muchas Lunas sin aparecer por aquí, vengo a reclamar ayuda por el procedimiento de urgencia.

Vaya por delante, que aquí siempre he encontrado la ayuda necesaria en multitud de temas, y que yo, he intentado dar la mía en ocasión presentada.

Resumiendo:

- Sanción por Convivencia Ciudadana. A las 23:29. Yo no estaba (no tengo ningún interés en tener una radio sonando en el aséo salvo cuando me afeito, y lo pongo bajo). Una radio despertador de Apple (tenía que ser de Apple) saltó. Estuvo una hora sonando, y se cerró.

- No hay medida de sonido en decibelios A (adaptados a la percepción del oido humano)

- Informe policial: "se constata ruido, a instancia de un "vecino". No abre nadie y se niega a firmar (como voy a negarme a firmar si no estoy?)"

- Incoación de expediente sancionador. Trallazo.

- Los abogados me están volviendo loco, y sus opiniones y criterios no concuerdan.

Se me recomiende por favor:

- Pagar, reconocer culpa sin posibilidad de acción administrativa,, y tirar por lo Penal por Abuso de Poder de funcionario incoador de expediente administrativo.

- Pagar, agachar la cabeza, y punto.

- Jugarmela, perder el Dto. y tirar hacia delante hasta morir.

Invoco a Los Grandes del Foro.

Agradecido de antemano por los criterios.

canned_heat
 
Última edición:
Añado.

Afilando la Naginata Togui.

Se firma en Ley. Aunque sea en azul.

K.
 
Eso ha sido la vieja esa de "aquí no hay quien viva", a matarla.
 
El asunto es serio conforero.

K.
 
Querido compañero, que no coincidan las opiniones de varios abogados es muy habitual y que las diferencias sean tan dispares como el blanco y el negro lo más normal del mundo.

Sin conocer mucho del asunto, más que lo que cuentas en tu post, yo mismo tengo dudas sobre qué contestarte. Lo primero que me viene a la cabeza es que recurras hasta el final porque si no hay informe técnico en el que aparezcan los decibelios tienes muchas posibilidades de que se archive el expediente sin imposición de la sanción (podríamos hacer el símil con las multas por exceso de velocidad si éstas se pusieran porque un agente pensara que alguien circula por encima del límite de velocidad pero sin la intervención de un radar calibrado y que cumple con todos los requisitos legales). También pienso que si realmente molestaba y superaba los límites legales para vulnerar el derecho al descanso (que desconozco cuáles son), aunque el problema se haya generado sin tu intervención pero ha sido dentro de tu casa, es posible que seas responsable del mismo (es como cuando se rompe una cañería y se inunda la casa del vecino).

Por otra parte, también pienso que la declaración de un agente del orden público lleva aparejada la veracidad y es muy complicado que se pueda rebatir. Creo que me inclinaría a decirte que si solo han puesto en el expediente que se constata ruido puede haber posibilidades de ganarlo, pero no me atrevo a dec´ritelo porque con el dinero de otros se juega muy fácil.

También es importante conocer el importe de la sanción impuesta porque si al final es poco dinero, lo que solemos recomendar la mayoría es que se pague porque vale más el tiempo que vas a dedicar al asunto que lo que realmente vas a ahorrarte, pero eso es decisión de cada uno.

Creo que pediría consultar el expediente en su totalidad y según te pida el cuerpo, aprovecharía el descuento de pago en voluntaria de la sanción o iría hasta el final con el expediente y según cómo finalice incluso me plantearía la posibilidad de la denuncia falsa al vecino que denuncia porque a los agentes que se desplazan hasta allí creo que es bastante complicado hacerlos responsables del despropósito que te está tocando vivir.

En definitiva y por darte una opinión, que espero que no sigas simplemente porque te la doy pero que te sirva para pensar qué hacer, creo que recurriría y llegaría hasta el final.

Suerte y ya nos contarás el desenlace.
 
Por lo que entiendo un despertador estuvo sonando en tu casa, a media noche, durante una hora. Los vecinos llamaron a la policía por que el ruido molestaba.
¿Es eso?.
Pues oye, paga por las molestias ocasionadas y a otra cosa, ¿no?.
 
Yo creo que mientras no obre una prueba fehaciente y OBJETIVA del delito, porque los police-men de la brigada antivicio de Miami digan que "se oye fuerte" eso no vale.
Hace unos meses me estuve bajando la normativa respecto al ruid de mi comunidad en cuanto a unas obras en mi consulta y no es tan restrictiva como parece, vamos que un vecino, al cual le molestaban los golpes se tuvo que callar la boquita ... (no era a esa hora desde luego) ....
Por otro lado, entiendo que un notario deberia haber levantado acta no? ... equipado con un intrumento de medicion, si no, como se constatan los dbs ....
No obstante y dicho lo cual vendria de antiguo, dado que por un dia no creo que se monte ese espectáculo con un vecino no? ...
Vamos que recurriria evidentemente.
Nota : La normativa la debes de poder pillar por la Red. Te lo digo porque especifica muchas cosas que te pueden ayudar ...
 
Hola canned_heat,

Me sabe mal, pero poca cosa puedes hacer a parte de pagar. Como se trata de una sanción administrativa, el funcionario tiene presunción de veracidad, por lo tanto no hace falta ningún instrumento de medición. Otra cosa seria que tuvieras un bar o un restaurante, entonces la sanción seria otra y podria exigir mediciones con sonómetro o peritajes. Lo siento, pero yo de ti aprovecharia el descuento y cuando no estuviera en casa desencgufaria el despertador...
 
Respondo.

Lo primero, y ante todo, gracias a todos de Verdad.

El expediente de los munipas es, resumido, "Se oye ruido, música, y no abre. Se niega a firmar (paradoja no estar y negarse a firmar)

Sanción 1.500,01 (0,01 de cachondeo)

No hay medida de sonómetro calibrado por Instituto de Metrology ni nada. Únicamente testimonio de AGENTES de Autoridad, no Autoridad, de que sonaba música.

El despertador lo tiré al día siguiente a la basura. No me gusta molestar ni ser molestado. Un aparato que te hace eso no se debe tener en Casa.

Necesito, compañeros, por el procedimiento de máxima urgencia, criterio de actuación.

Puedo doblar, pagar, reconocer culpa, si es lo conveniente.

Pero invoco Justicia con foreros.

Voy a atender a mis progenitores, que van para ancianos. Mañana 08:00 am leo todo. Urge.

Gracias de nuevo, y un abrazo.

canned_heat
 
  • #10
Buenas compañero, a salvo de mejor opinión coincido con eandreu. Antes de decidir nada te interesa acceder al expediente administrativo, ver las pruebas concretas contra ti y leer detenidamente la propuesta de resolución. De ella saca los preceptos en que se funde, para leer los artículos de las ordenanzas municipales afectados y ponderar lo que te aplican.
Ten en cuenta que en los expedientes sancionadores rige el principio de presunción de inocencia y es posible que concurran vicios en el procedimiento: caducidad, falta de ratificación de las declaraciones de los testigos, insuficiencia probatoria, han podido aplicar una sanción de otra infracción o tipificar inadecuadamente los hechos ...Y sobre todo que cualquier duda te beneficia, sin informe técnico de mediciones en contrario; hay que acreditar que era de dentro de tu casa y no en la de otro vecino; tú no estabas ...
Además si recurres judicialmente (asume que el ayuntamiento no estimará tus alegaciones ni tu recurso de reposición) no será necesario pagar procurador. Pregunta a algún abogado de confianza si te llevaría el asunto por poco si pierdes, y si ganas por menos de la sanción.
Lo que no veo factible, especialmente si pagas la sanción, es que te dirijas penalmente contra un funcionario municipal: su resolución nunca podría considerarse injusta o arbitraria.
En fin, suerte y ya nos contarás
 
  • #11
Al margen de lo que he comentado en mi anterior intervención y a la vista del importe de la sanción impuesta, creo que es importante que busques algún profesional que te infunda confianza y que sea dicho profesional el que consulte el expediente y pueda valorar la idoneidad de presentar recurso que, como te ha dicho un compañero, seguramente terminará en un procedimiento contencioso administrativo ya que normalmente el órgano que impone la sanción no suele resolver un recurso de forma contraria a su actuación, salvo que sea muy evidente.

Tampoco sabemos si el expediente está en plazo de alegaciones o de presentación de recurso, pero en cualquier caso los plazos corren y no suelen ser muy largos por lo que, como te decía, creo que es interesante que no pierdas mucho tiempo y buscar una solución aquí no me parece, al menos a priori, la mejor idea.

En mi opinión sería recomendable buscar un buen abogado en temas administrativos porque no es la primera vez que por no conocer bien el procedimiento a seguir se pierde un asunto o no se aprovechan todas las posibilidades de defensa que el expediente te brinda (plazos, prescripciones, obligaciones, ...). Por ejemplo, los 0,01 euros que te parecen cachondeo no lo son, se corresponde con la graduación de la sanción (posiblemente hayan calificado la sanción como grave) y ese puede ser un punto importante para el recurso ya e si no se cumplen los requisitos para esa calificación tienes muchas posibilidades de que se anule, pero no quiero generarte unas espectativas que no sé si pueden llegar a darse.

Dicho lo dicho, solo me queda desearte suerte en la búsqueda de abogado y en la resolución del procedimiento.
 
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  • #12
Buenos dias, y gracias por los aportes.

Éste siempre fue, desde mi registro, un lugar elegante, de personas elegantes, con un gran criterio intelectual, calidad humana y fuente de colaboración. No existen muchos así por internet.

Puede que no sea el mejor lugar para hacer este tipo de preguntas, pero es que ya voy con tres abogados, y uno dice só, y otro arre.

Resumiré la situación, con permiso del Dueño del Foro:

- Expediente administrativo en tiempo y forma. Se me comunica hoy que está caducado. NO prescrito. Que se puede solicitar archivo, aunque, por otra parte, tienen 3 años para seguir abriendolo las veces que deséen. Siempre partiendo desde casilla de salida, y, en primera notificación, 15 dias para plazo de alegaciones, tras respuesta, otros 10 dias para alegaciones, siguiendo siendo preceptivos los descuentos pertinentes (50% por pronto pago, 20% por reconocimiento de responsabilidad)
- Para pagar acogiendome a descuento sin reclamar, tengo hasta el 28/12, día de los Inocentes, menuda ironía (si no me lo tomo un poco a risa muero. Como lo del 0,01, que viene la broma de un chiste de Forges muy antiguo)
- Tengo preparadas seis normativas, tanto europeas, como nacionales y locales, que especifican que debe haber medida de contaminación sonora para sanción (Ley 37/2003, RD 1513/2005, Directiva EU 2002/49/CE, ISO 1996, Libro Verde, Directiva 70/1157/CE). En este Municipio, no se dispone de herramientas de medición de contaminación sonora por parte de los Agentes de la Autoridad (que hasta donde yo sé, y es muy poco NO son Autoridad). También dicho verbigracia por un Agente: que si tengo problemas de contaminación de ruidos, que los tengo, que llame a Industria, que ellos no tienen herramientas: soy ingeniero, por cierto) . Y su Normativa va en contra de las Leyes mencionadas. Confiar en percepción subjetiva de funcionarios (¿y si tiene tinitus y oye ruidos que no existen?). Aparte de la imposibilidad de localización de la fuente sonora.
- Según artículo 77,5 de Procedimientos de Admon. Locales, Ley 39/2.015 de 1 de Octubre, se presume veracidad. Pero según sentencia de 25 febrero 1.998, entre otras, se debe probar los hechos que se intentan constatar.
- Grave Indefensión y Grave Perjuicio para el afectado.

La leche.

Y si no procede esta consulta aquí, sea el hilo cerrado por Don Goldoff, y mil perdones.

Un saludo, y de nuevo, gracias. Todo lo escrito por los conforeros ha sido muy útil, de veras.

De nuevo en Foro con la Naginata Togi para firmar lo que sea necesario.
 
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  • #13
Es un problema muy típico de abuso de autoridad, presunción de inocencia totalmente inválida en nuestra democracia "modelica", si el acusador es agente de la autoridad que todos sabemos que son justos y bien preparados, vecino tocah.. y ponderación sobre los gastos de la multa y los de el recurso y controlar el uso que hacemos de las tecnologías que a veces se nos ponen farrucas.
Otra cosa es informarse seriamente con el origen de la denuncia y prepararle algo interesante, por marcar territorio, mas que nada.
Pero objetivamente, si has molestado, has molestado queriendo o sin querer y aún así, sin mediciones me parece imposible discernir si el ruido supera los límites legales... Hay gente que se queja del ruido que hacen los relojes mecánicos si los dejan en la mesilla de noche.
 
  • #14
Respondo, y agradecido.

Vamos a ver. Esto es un lugar de trabajo. De trabajo privado. Con esto quiero decir, que yo estoy aquí trabajando, muchas horas sin perdonar fines de semana. No es un bar, es una sede. No se hacen fiestas ni nada parecido jamás, salvo reuniones tras el almuerzo entre amigos y clientes. Y con la música alta sería imposible charlar en amistad.

Aquí no se sale nadie del límite bajo ningún concepto.

El problema es que, si hay ciertos vecinos que fueron sorprendidos, y condenados formalmente por apropiación indebida, tienen ganas de venganza. Meter la mano a la cuenta de la Comunidad conlleva ciertos riesgos, que se pagan.

Malo es que te hayan debido, y hayas dicho un "cuando puedas, no te preocupes, que tienes Familia"

No te lo perdonarán jamás.
 
  • #15
Hola ! Acabo de leer ahora el post.

Creo que hay dos defectos de forma en la sanción:
Poner convivencia ciudadana es muy amplio, lleva aparejado muchas mas cosas que solo oirse musica de un domicilio , y segundo lo de negarse a firmar, debían poner en el informe que no responde nadie en el domicilio y no que se niega a firmar.

Los agentes si son municipales funcionarios de carrera si son agentes de autoridad, pero para este tipo de avisos sueñe haber una brigada especial encargada del cumplimiento de las ordenazas municipales que van con un sonometro para comprobar los decibelios y una vez hecha la prueba en el domicilio del afectado (ya sea en dormitorio ,cocina ,salón porque cada estancia permite unos decibelios máximos según que horarios) esta prueba de los decibelios queda impresa en un papel y se adjunta al parte de la multa y luego es el propio ayuntamiento es el que pone la sanción y no los agenttes, Por lo menos lo que yo he conocido puede que siga así,

No se si todos los ayuntamientos tienen el mismo baremo de permisividad de ruidos en domicilio, pero si que se necesita el comprobarnte de la medición para saber en cuanto superaba el máximo permitido y según eso pues poner una cantidad u otra.

Los 1500 euros me parece muy exagerado, cuantos decibelios de mas te pasabas para poner esa cantidad? si no se sabe.

En cuanto al vecino estaba claro que debía ser venganza porque lo normal es esperar un poco a ver si se quita la música, lo siguiente es llamarte el mismo a tu puerta, y si ya ve que no respondes pues llamar a la policia y este todo esto y lo que tarden en venir pues ya se llega a la hora .

Bueno resumiendo yo haría un pliego de descargos apoyado con un abogado para que te oriente bien ya que has consultado alguno, o sino tu mismo y alegando estas circunstancias, y contando que fue un digamos accidente puntual (que nunca has dado problemas de ruidos y mucho menos de mala convivencia,) el que se pusiera el aparato en marcha y el hecho de que no querer firmar no existe sino el que no te encontrabas en casa a esa hora y pones los nombres de los testigos con los que te encontrabas ese día a esa hora en otro lugar.

Por lo menos con estas consideraciones espero o bien se anule la denuncia o por lo menos sea de un importe muchisimo menor.

Suerte porque se que cuesta luchar con el poder pero la verdad puede con todo y hasta el final.

Un saludo.
 
  • #16
Paga para que no se te agrie la sangre con los procedimientos y la burocracia, te saldra mas barato y pasale la factura a appel.
 
  • #17
¿como saben/demuestran que el ruido provenia de tu domicilio?
 
  • #19
De nuevo agradecido por los aportes.

Me explicaré, respecto a la procedencia del ruido.

Somos unos cuantos, con nuestros almacenes de trabajo juntos.

Aparecieron los agentes, a las 08:30 am. Yo había bajado antes, a las 07:00, a certificar, y salía con el guau a llevarlo a la playa. Reparto trabajo y ocio.

"Buenos dias"

"Buenos dias agentes. ¿Ha ocurrido algo?"

"Se ha oido ayer ruido por aquí, y hay denuncia. Los compañeros vinieron, y no pudieron localizar la fuente del ruido. ¿Vive Vd. aquí?"

"La verdad, es que por las horas que me tiro aquí, casi se puede considerar eso, pero bueno. Mi domicilio es tal."

"¿Podría haber venido el ruido de algún local cercano?"

"Lo dudo. Los de al lado a las tres cierran, aunque andan trabajando desde francamente temprano."

"¿Hace Vd. alguna fiesta?"

"Hace veinticinco años que no hago una fiesta. Nos reunimos a veces a tomar café, a eso de las cuatro de la tarde. Y como comprenderá, con ruido no podríamos charlar, Vd. lo entenderá."

"Permitame la documentación"

"Faltaría más. Aquí la tiene. ¿Necesita el documento Catastral? Lo tengo a mano."

"Con esto valdrá. Haga el favor de presentar un pliego de descargo. No es justo."

"De acuerdo."

y poco más...
 
  • #20
Agradecido de nuevo por las aportaciones.

Todo este asunto ya no es que sea kafkiano, de Dostoyevsky, un De Profundis Clamavi, o un gulag de Solzhenitsyn. Es que roza lo cómico, y lo sobrepasa.

Tras haber presentado nuevas alegaciones por expediente sancionador caducado, sin haber recibido RESOLUCIÓN, y, a lunes día inhabil para funcionarios, amén del martes, me queda el miércoles para bajar a preguntar un "qué hay de lo mio", con jueves fecha límite para pagar, presentando un escrito de "mea culpa" (recuerda a un Auto de Fé de La Inquisición) y acogerme a descuento. Esto es un Vacile.

En un sobre tengo el dinero, en otro el papel firmado donde reconozco culpa (por un coño despertador, que encendía mientras me afeitaba por las mañanas con la 93.00, en el aseo de mi lugar de trabajo, antes de ponerme a TRABAJAR para pagar ESTO, entre otras cosas)

Todo esto, me está dando a entender, que hay algo que, o no funciona, o funciona demasiado bien.

Me remito a las normativas mencionadas en cuanto a mediciones. Pero, el mismo funcionario del municipio (que me ha tratado francamente bien, todo sea dicho), me dijo, y cito textualmente: "Esto es como la conducción temeraria. No hacen falta pruebas." Toma ya.

Ni el mismísimo Guy Fawkes fue sometido a tal falta de circunstancias probatorias, a tal denoste de un CIUDADANO QUE PAGA SUS IMPUESTOS RELIGIOSAMENTE. Y pago muchos (al menos para mi economía)

Entonces, ¿Ley para qué y para quién? Pues se supone, que el primer principio de La Ley es proteger a las personas: castigar es un método que usa para ejercer NUESTRO derecho a la defensa, siendo instrumental nuestra.

De Nosotros, los Ciudadanos, que al fin y al cabo, somos los que, entre todos, pagamos este servicio, que es lo que es. UN SERVICIO pagado.

Yo estoy alucinando, no entiendo nada, y en fin. A pagar y callar.

Como siempre, y como con casi todo.

Gracias de nuevo a todos los que se han molestado en dedicarme unas letras. Éste sigue siendo un muy muy buen lugar. Intentaré seguir colaborando, en la medida de mis posibilidades.

Un cordial saludo a todos, tened muy felices fiestas, y una mejor entrada de año.
 
  • #21
Buenas compañero, discrepo del funcionario: en la conducción temeraria no hacen falta daños (es un delito de peligro) pero sí pruebas como en lo tuyo
Otra cosa es el valor probatorio que se atribuya al atestado de los agentes
En fin, si ya has pagado olvida el tema y disfruta de las Fiestas y los relojes!
 
  • #22
El funcionario sólo tiene presunción de certeza con respecto a los hechos constatados, por tanto si él dice que hay ruido hay ruido, pero no puede determinar la potencia del mismo por lo que es difícil que prospere ese expediente, ya que las multas dependerían de la finura de oido del funcionario.

Si el expediente está caducado no pagues ni loco, tienen que archivarlo por caducidad y en su caso reabrir un nuevo expediente con aportación de hechos nuevos pues el Supremo ha determinado en infinidad de ocasiones que no basta con una reapertura sin más, deben realizar alguna actuación de comprobación novedosa, y no la van a hacer.
Yo si ha caducado no pagaría ni loco, te lo digo por experiencia propia en el tema.
Suerte
 
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  • #23
Querido amigo, mis consejos son :
1º ) NO busques abogados, te saldrá más caro el collar que el galgo....
2º )Paga la sanción.
3º) Felicita el nuevo año todas las noches durante 10 días al querido vecino que te denuncio, con el susodicho despertador de Apple, sólo 3 minutos, lo apagas y a dormir... si llama a la puerta la policia, les confirmas que algún cabrón de vecino anda con el despertador puesto.... Ya que pagas, por lo menos empiezas el año con alegría, será una buena anécdota para contar en el futuro... Feliz Año!
 
  • #24
No he pagado, de momento.

Gracias a buenos Amigos, entre los que incluyo a vosotros, vamos tirando y peleando.

Me han metido trallazos de multas en soberana injusticia (ejemplo: multa por pisar la raya blanca, por parte de un agente que NO estaba de servicio). Pero el caso es que estoy harto de trabajar para otros.

La verdad, conforeros, estoy empezando a imaginarme un complot judeomasónico, que diría otro.

Soy una persona que trabaja, que estudia, que ayuda a quien lo necesite. Que encuentra al erasmus vecino, loco, y que le da por barrerme la entrada a las 23:55, y salgo y le digo "queda quieto. Ya saco yo cosas." Saco el escobón, y le digo "retira tu recogedor de plástico que se va a romper. Usemos el mio de acero."

Esto no es un decir "oh que bueno soy". Soy como soy, y creo que evito el Mal.

Mañana es 24. 27 fecha límite para pago con descuento (presentando documento de "mea culpa")

Independientemente de todo esto, y será por dinero. Habrá trallazo fuerte.

No cejeis. En un Puño quieren meternos. Pero no podrán.
 
  • #25
Si crees que no eres culpable, recurre siempre. És solo por cuestión de honor y justícia. Suerte!!!
 
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