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Libertad de expresión.

  • Iniciador del hilo HERMES
  • Fecha de inicio
Estado
Hilo cerrado
  • #26
Mire Don Epi:

1º) ¿Critico yo al concejal? ¿Donde? Haría usted bien en leer mi texto otra vez. Ya se que son cuatro líneas, pero el esfuerzo merece la pena, de verdad. Así por lo menos sabrá lo que he escrito. Lo importante es que se concentre cuando lo lea.

2º) Me parece mal que se la insulte simplemente por ser una mujer, sin que la condición de Infanta, es decir, sin que su condición de persona pública, justifique el improperio. Las dicusiones dogmáticas en cuanto al derecho al honor en las personas públicas son interminables. Le sugiero que lea y se informe bien sobre el tema. Yo creo que existen límites, y el insulto me parece mal.

3º) Me parece que Vd y yo ya nos conocemos, y no lo digo por nada en concreto sino por el tono innecesariamente provocador. Nunca te insultaré.

Para provocarme tendrías que ser más listo que yo.

Sí, Pet, sí, todos sabemos lo educado y respetuoso que eres con lo que discrepas o no te gusta.
En cuanto al tema de las infantas, no tengo demasiadas ganas de ponerme a explicarte que es un silogismo y lo del todo, las partes y la deducción lógica: acabaría siendo un diálogo de besugos y a mí los besugos sólo me gustan al horno.
Me halaga que me hayas re-conocido.
Aunque es de justicia que te diga que sabiendo que se trataba de ti, he procurado ponértelo fácil.
 
  • #27
No merece la pena ni discutir sobre esto. Es una cuestión de educación, de sentido común, de comportamiento. Lo ha explicado Niven perfectamente, pero no hacen falta textos legales para darse cuenta de lo que está bien y mal. El que lo ha dicho, es un soéz, un sinvergüenza y bastantes calificativos más. Y para mí, lo de menos es que sea a la Infanta.
Mejor imposible :) :) :ok:: :ok::
 
  • #28
Hermes, contestando directamente –sin rodeos- a tu pregunta: NO.<?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /><o:p></o:p>
<o:p> </o:p>
La libertad de expresión puede estar mal configurada cuando se entra de inmediato en falsas acusaciones o mentiras o difamación. Algo que, por otra parte, un concejal de cultura ya debiera de saber.

Personalmente, y ya no solo por el hecho de que haya sido <?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" /><st1:personName w:st="on" ProductID="la Infanta Elena"><st1:personName w:st="on" ProductID="la Infanta">la Infanta</st1:personName> Elena</st1:personName> la atacada; pienso que aunque fuera “pepaladeabajo” me resultaría lo mismo: de muy mal gusto y execrable.<o:p></o:p>
<o:p> </o:p>
Las connotaciones a nivel legal las tiene si <st1:personName w:st="on" ProductID="la Infanta">la Infanta</st1:personName> decidiera emprender acciones legales –insulto y difamación pública- contra ese concejal de cultura.<o:p></o:p>
 
  • #29
Sí, Pet, sí, todos sabemos lo educado y respetuoso que eres con lo que discrepas o no te gusta.
En cuanto al tema de las infantas, no tengo demasiadas ganas de ponerme a explicarte que es un silogismo y lo del todo, las partes y la deducción lógica: acabaría siendo un diálogo de besugos y a mí los besugos sólo me gustan al horno.
Me halaga que me hayas re-conocido.
Aunque es de justicia que te diga que sabiendo que se trataba de ti, he procurado ponértelo fácil.

Epi, eres una lumbrera. Saluda a Blas de mi parte.
 
  • #30
Yo daba 20 euros gustosamente por ver como el artista ese se lo decía estando Urdangarín presente, y sin cámaras ni testigos de ningún tipo que pudiesen atestiguar el viaje que le iba a caer encima al fenómeno. Normalmente los que insultan, ya sea de palabra o escribiendo en éste foro ;-) son los que no lo harían cara a cara en igualdad de condiciones.

Algunos empiezan a ser cansinos.


Urdangarín le diría al Duque de Lugo: Mira lo que dice este de tu mujer.

Jejeje
 
  • #31
Si, no es que puedas, es que estas en tu derecho de hacerlo.

Pa mear y no echar gota. Y olé.
Me mola, oyes.
Lo que no tengo claro es si tengo derecho insultar sólo a la infanta o puedo dirigir mis exabruptos a cualquiera.
¿Qué otros derechos tenemos y que yo desconozco? ¿Unas coces? ¿Podemos propinar unas coces a quien se nos antoje o sólo a la infanta? ¿ein?
Que raticos más majos hacéis pasar algunas veces....
Saludos.
 
  • #32
Creo que todos estamos de acuerdo en que es una falta de educación, pero de lo que se trata es de sea o no un DELITO, porque como lo sea los jueces no van a dar abasto a condenar a insultadores, que en eso a los españoles no nos gana nadie, y si no mirad cual son las primeras palabras que aprende aquí cualquier guiri.

Excepto en los foros, eso sí, que nuestra exquisita educación victoriana no nos permite los exabruptos ni las salidas de tono.

P.D.: ¿Fea se la puede llamar? ¿Y al Marichalar ahora?
 
  • #33
Creo que todos estamos de acuerdo en que es una falta de educación, pero de lo que se trata es de sea o no un DELITO, porque como lo sea los jueces no van a dar abasto a condenar a insultadores, que en eso a los españoles no nos gana nadie, y si no mirad cual son las primeras palabras que aprende aquí cualquier guiri.

Excepto en los foros, eso sí, que nuestra exquisita educación victoriana no nos permite los exabruptos ni las salidas de tono.

P.D.: ¿Fea se la puede llamar? ¿Y al Marichalar ahora?

Pues sí hombre, sí. Sí que es constitutivo de delito o falta atendiendo a la gravedad de los insultos.
Completando lo expuesto por Niven y concretando en el ámbito Penal:

Artículo 208.
Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

Artículo 209.
Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.


Artículo 211.
La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante.


Parece ser que en este caso, es evidente que hay publicidad. La jurisprudencia estima reiteradamente que "medio de eficacia semejante" es una audiencia abundante como la de en un concierto.
Por otra parte la determinación de grave o leve es algo subjetivo, pero aún en el caso de que se considere leve sigue siendo un ilícito penal, aunque falta y no delito.

Artículo 620. Redacción según Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.

Serán castigados con la pena de multa de diez a veinte días:

1. Los que de modo leve amenacen a otro con armas u otros instrumentos peligrosos, o los saquen en riña, como no sea en justa defensa, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.
2. Los que causen a otro una amenaza, coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.


Pues eso. Que sí es una infracción penal. Otra cosa es que alguien haga algo al respecto.
Saludos.
 
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