• El foro de relojes de habla hispana con más tráfico de la Red, donde un reloj es algo más que un objeto que da la hora. Relojes Especiales es el punto de referencia para hablar de relojes de todas las marcas, desde Rolex hasta Seiko, alta relojería, relojes de pulsera y de bolsillo, relojería gruesa y vintages, pero también de estilográficas. Además, disponemos de un foro de compraventa donde podrás encontrar el reloj que buscas al mejor precio. Para poder participar tendrás que registrarte.

Duda legal para abandonar empresa voluntariamente

  • Iniciador del hilo TerraK
  • Fecha de inicio
TerraK

TerraK

De la casa
Verificad@ con 2FA
Buenas a todos
A ver si alguien me puede ayudar porque no encuentro información o ejemplos de lo que sería mi casa


Quiero cursar una baja voluntaria en mi empresa. El caso es que acabo contrato ahora el día 31
Me deben vacaciones que los muy piratas han decidido unilateralmente que me van a pagar en el finiquito en vez de dejarmelas disfrutar (llevo meses pidiendolas)
Y el otro factor es que el día 1 comienzo ya en otra empresa, con lo cual necesito unos días de descanso, ya que llevo enlazando contratos sin vacaciones ya demasiado tiempo
La opción que he pensado es cursas una baja voluntaria sin cumplir preaviso el día 26
Entiendo que no cumplo preaviso y me pueden descontar esos 15 días de preaviso, pero realmente en mi caso me quedan 5 días de contrato, por lo que entiendo que solo me pueden penalizar con esos 5 días no?


Espero haberme explicado y espero que alguien me pueda ayudar


Gracias!!!!
 
Si tienes contrato que finaliza el 31 no es necesario ningún preaviso si el contrato tiene una duración inferior a un año aunque no tengo claro si lo he entendido bien.

PS: De todos modos en este tipo de cosas, EMO, es conveniente aplicar la máxima de : “más vale un mal acuerdo que un buen pleito”

IMG_3829.jpeg
 
Última edición:
  • Me gusta
Reacciones: Casio70
Establece un periodo de prueba de 45 dias en el contrato, asi que tengo que dar preaviso de 15 dias

Mi duda es , cuanto seria lo que me podrian quitar en caso de irme a falta de 5 dias de contrato. Entiendo que los 15 dias que "legalmente" tengo que dar no, ya que a los 5 dias ya no formo parte de la empresa
 
Establece un periodo de prueba de 45 dias en el contrato, asi que tengo que dar preaviso de 15 dias

Mi duda es , cuanto seria lo que me podrian quitar en caso de irme a falta de 5 dias de contrato. Entiendo que los 15 dias que "legalmente" tengo que dar no, ya que a los 5 dias ya no formo parte de la empresa
Los 15 días te los quitarían de tu finiquito, no sé cuántos días acumulados tienes de vacaciones pero si te vas sin preaviso pueden descontarte esos 15 días en tu finiquito (de las vacas o de tu última nómina pendiente de cobrar)
 
  • Me gusta
Reacciones: Jose Perez
Los 15 días te los quitarían de tu finiquito, no sé cuántos días acumulados tienes de vacaciones pero si te vas sin preaviso pueden descontarte esos 15 días en tu finiquito (de las vacas o de tu última nómina pendiente de cobrar)

Aunque solo me queden por cumplir 5 días de contrato, ellos pueden quitarme del finiquito 15?

:umbrella:
 
Según he entendido la empresa te hace trabajar hasta el 31/8 pero tu no has hecho vacaciones. Y las quieres hacer antes del 31/8 (porque el 1/9 te incorporas en otra empresa) y no cobrar. Con el asunto del preaviso, ya te comes los días que quieres descansar, por lo que no te sirve.
La empresa te mantendrá en nómina y pagará hasta el 20 de septiembre (2,5 días x 8 meses=20 días) en la Seg. Social. Pero tu no irías a trabajar ya que son tus vacaciones. Legalmente no creo que puedas forzar a la empresa, dado que las vacaciones son de mutuo acuerdo, salvo que haya calendario laboral para toda la empresa, entonces sí que podrías exigir que se cumpla el calendario laboral y tomes vacaciones si es el caso. Por otra parte el que estés de alta en una empresa, no impide que te den de alta en otra empresa (pluriempleo). Lo que si está complicado el que descanses, quizás lo mejor sería demorar tu incorporación.
Saludos
 
Última edición:
  • Me gusta
Reacciones: Jose Perez
Buenas a todos
A ver si alguien me puede ayudar porque no encuentro información o ejemplos de lo que sería mi casa


Quiero cursar una baja voluntaria en mi empresa. El caso es que acabo contrato ahora el día 31
Me deben vacaciones que los muy piratas han decidido unilateralmente que me van a pagar en el finiquito en vez de dejarmelas disfrutar (llevo meses pidiendolas)
Y el otro factor es que el día 1 comienzo ya en otra empresa, con lo cual necesito unos días de descanso, ya que llevo enlazando contratos sin vacaciones ya demasiado tiempo
La opción que he pensado es cursas una baja voluntaria sin cumplir preaviso el día 26
Entiendo que no cumplo preaviso y me pueden descontar esos 15 días de preaviso, pero realmente en mi caso me quedan 5 días de contrato, por lo que entiendo que solo me pueden penalizar con esos 5 días no?


Espero haberme explicado y espero que alguien me pueda ayudar


Gracias!!!!
Si te quedan 5 días de contrato ... qué sentido tiene pedir la baja voluntaria ??
Está claro que las vacaciones que no has disfrutado te las van a pagar ... (por lo menos)
En mi opinión, has tomado la decisión demasiado tarde. No tienes nada que hacer.
En cuanto a las vacaciones, tienes que saber que hay que solicitarlas en el último mes del año. No sé cuánto tiempo llevas en esa empresa, pero el tema de las vacaciones (a la hora de presentarlas, las peticiones de l@s emplead@s, las lleva el comité de empresa ... yo soy enlace sindical en la mía). Cuando el comité entrega las vacaciones de tod@s l@s emplead@s, la empresa tiene un tiempo limitado de 2 meses para dar, o no, conformidad. Si por cualquier circunstancia lo empresa no puede aceptar las vacaciones solicitadas, lo tiene que comunicar 2 meses antes de la fecha solicitada al trabajador/a. Esto que te comento es el proceso establecido en el estatuto de los trabajadores ...
Si en tu empresa el comité no funciona, la gerencia feliz. Si en tu empresa l@s trabajadores/as están desinformados, la gerencia feliz.
En tu situación lo que te tiene que preocupar es que te paguen el finiquito correctamente ... y en tu nueva empresa lo que te interesa es informarte bien de cuáles son tus derechos laborales, leerte hasta el final el convenio y , en cuanto a tus vacaciones ... ya sabes, lo que te he explicado ...
 
Aunque solo me queden por cumplir 5 días de contrato, ellos pueden quitarme del finiquito 15?

:umbrella:
Te quedarán 5 días por trabajar de tu contrato, pero por cobrar?

Los 15 días, si no das pre-aviso, se te descuentan en tu última nómina. Si por ejemplo no tienes vacaciones acumuladas y no das presaviso, el último mes cobrarias la mitad de lo que te correspondería porque te harían 1 nómina por el mes trabajado -15 días por falta de preaviso en tu baja. Si tienes días acumulados, que te tendrían que pagar, el cálculo sería nómina+días de vacaciones no disfrutados -15 días por falta de preaviso= finiquito
 
  • Me gusta
Reacciones: Casio70
Como han comentado, a solo 5 dias la decision ya viene demasiado tarde.

Lo mejor es siempre acabar bien, hacer los dias que te tocan hasta el 31 y cobrar las vacaciones en el finiquito (al final las cobras, te sorprenderia cuantas empresas no las pagan o intentan no pagarlas).

Luego, en tu nuevo trabajo, despes de 1 o 2 meses le pides 5 dias y les cuentas que llevas 1 año sin vacaciones, que lo necesitas para productividad. Si es una buena empresa/jefe lo entenderán y te las aceptarán (digo yo). Suerte!
 
  • #10
Disfruta de unos días de vacaciones, te lo deberían descontar de las vacaciones no disfrutadas.
Y luego si acaso al lucharlo con un abogado (500€ gastos desgravan anualmente).
 
Última edición:
  • #11
Yo lo que te aconsejo es que te asesores bien con un abogado experto en laboral.
Quizá te cobra la consulta o no y te puedes ahorrar más de un quebradero de cabeza.
El precio de la consulta, te aseguro que será mucho más bajo al que te puede costar a larga por estar mal asesorado o hacer las cosas por ti mismo.
Cuando se tiene una enfermedad se acude a un médico, pues esto es lo mismo.
Saludos.
 
  • Me gusta
Reacciones: AbderramanII, eandreu, Mr. Jones y 1 persona más
  • #12
Yo lo que te aconsejo es que te asesores bien con un abogado experto en laboral.
Quizá te cobra la consulta o no y te puedes ahorrar más de un quebradero de cabeza.
El precio de la consulta, te aseguro que será mucho más bajo al que te puede costar a larga por estar mal asesorado o hacer las cosas por ti mismo.
Cuando se tiene una enfermedad se acude a un médico, pues esto es lo mismo.
Saludos.
Totalmente de acuerdo. Es lo mejor. La asesoría de un experto siempre es conveniente en estos casos.
 
  • Me gusta
Reacciones: alsanchezferrero
  • #13
No sé si he entendido bien el tema pero por si te puede ser de ayuda. Te recomendaría acudir a un abogado como ya ha comentado algún compañero, como opción, también puedes preguntar a alguno de los abogados de las centrales sindicales, no sé si cobran algo en caso de no estar afiliado. Sería interesante hacerte con el convenio al que esté suscrito la empresa porque ahí suele venir el tema de solicitud de vacaciones y si puedes, habla con el representante de los trabajadores o enlace sindical que tengáis en la empresa. Si el contrato acaba el 31/08 no tienes que avisar antes, cuando llegue la fecha con no renovar (en caso de que te lo ofreciesen) es suficiente. Las vacaciones, o las disfrutas, o deben pagarlas, 2,5 días por mes trabajado mínimo, salvo que en convenio se fije otra cosa mejor. Siempre es mejor hablarlo y acabar bien, que la vida da muchas vueltas. Suerte, ya nos contarás
 
  • #14
Mi consejo es que si quieres vacaciones se lo digas a la empresa y te vas los días que queden hasta que finalice tu contrato, el resto de vacaciones que no has disfrutado que te los paguen. Lo de cursar baja sin preaviso no te lo recomiendo y menos en tu caso que hablamos de 5 días para finalizar con ellos. Son ganas de meterte en líos.
Lo importante es poder trabajar, a gusto. Ya tendrás tiempo de coger vacaciones más adelante. Ánimo que todo llega.
 
  • #15
Lo que diré no es ético, pero....ponte enfermo.
 
  • #16
Lo que diré no es ético, pero....ponte enfermo.
Sería un error. Sólo se puede faltar al trabajo un día sin prescripción facultativa. Eso lo podría hacer, en todo caso, el último día ...
Actualmente cualquier baja la notifica a la empresa directamente el médico. Ya no funciona como antes. Lo preocupante no es que sea poco ético, sino que podría complicarse tontamente la vida.
La clave está en como ha solicitado sus vacaciones TerraK. Si se ha seguido correctamente el proceso que haya establecido en su convenio de empresa y esos días están dentro de lo que él solicito, está en su derecho a disfrutarlas, sí o sí (si no ha habido comunicación de lo contrario por parte de la empresa con 2 meses de antelación). Si esos días están fuera de las vacaciones solicitadas, es la empresa la que tiene potestad para decidir si las otorga, o no.
 
  • Me gusta
Reacciones: Ph200 y Jose Perez
  • #17
Sería un error. Sólo se puede faltar al trabajo un día sin prescripción facultativa. Eso lo podría hacer, en todo caso, el último día ...
Actualmente cualquier baja la notifica a la empresa directamente el médico. Ya no funciona como antes. Lo preocupante no es que sea poco ético, sino que podría complicarse tontamente la vida.
La clave está en como ha solicitado sus vacaciones TerraK. Si se ha seguido correctamente el proceso que haya establecido en su convenio de empresa y esos días están dentro de lo que él solicito, está en su derecho a disfrutarlas, sí o sí (si no ha habido comunicación de lo contrario por parte de la empresa con 2 meses de antelación). Si esos días están fuera de las vacaciones solicitadas, es la empresa la que tiene potestad para decidir si las otorga, o no.
Coincido contigo.

De todos modos pienso que falta información sobre el tipo y duración del contrato, convenio a aplicar, etc., para saber cómo se puede actuar, sobre todo, en cuanto a la necesidad o no del preaviso.
 
  • Me gusta
Reacciones: Ph200
  • #18
Coincido contigo.

De todos modos pienso que falta información sobre el tipo y duración del contrato, convenio a aplicar, etc., para saber cómo se puede actuar, sobre todo, en cuanto a la necesidad o no del preaviso.
Totalmente de acuerdo contigo. Sin datos concretos sólo podemos dar información genérica. Por eso muchos habéis aconsejado, con total acierto, que lo mejor en estos casos, es acudir a un abogado.
 
  • Me gusta
Reacciones: Ph200 y Jose Perez
Atrás
Arriba Pie