Claudio
Milpostista
Sin verificar
El término lapicero siempre ha estado presente en el Diccionario de la Real Academia Española, desde el primero de 1734, denominado “Diccionario de Autoridades”.
Sin embargo, para poder ver definido el término lápiz en el sentido de barrita de grafito encerrada en madera, que es lo que la mayoría nos imaginamos cuando leemos u oímos dicha palabra, habría que esperar hasta que la edición de 1899 viese la luz. Aun así, seguía sin aparecer como otra acepción más de la voz “lapicero”.
A resultas de una consulta de la aduana de Portbou acerca del epígrafe del Arancel que había que aplicar a los lápices con madera, objetos entonces muy novedosos, se expidió en julio de 1902 una Real Orden en la que se estipulaba que, tanto estos como los aparatos destinados a sujetar una barra de lápiz, habían de considerarse similares a efectos de la aplicación de los aranceles aduaneros. Como ya hemos visto anteriormente, la RAE aún no había introducido en su Diccionario tal asimilación; por lo que, en este caso, Hacienda se adelantó a la egregia Institución.
Fue en la siguiente edición del Diccionario, la de 1914, donde se introdujo, como segunda acepción de lapicero, la segunda acepción del término lápiz; es decir, la de la barrita de grafito encerrada en madera.
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