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Ayuda en accidente con un corzo.

Estado
Hilo cerrado
  • #26
Hola Isaac, tan solo desearte una pronta recuperación y la maxima suerte en el desenlace judicial.
Saludos y animo.
 
  • #27
Primero desearte pronta recuperación.

Es importante que cuanto puedas te persones. Si ha habido atestado de trafico por la GC, abriran unas previas para determinar la responsabilidad -si la hubiere- penal que entiendo que sería atribuible al reponsable del coto. En todo caso puedes renunciar a la acción penal, reservandote la civil, pidiendo auto de cuantia máxima. Normalmente las Cias aseguradoras suelen acordar entre ellas ( no siempre) y fijar la indemnización, que han de ajustarse a la Ley del contrato de seguro (Real decreto Legislativo 8/2004) y las tablas actualizadas al actual.

Al personarte y de acuerdo con las tablas que te digo se hara un seguimiento de tu recuperación hasta el alta definitiva emitiendose informe forense en base al cual se fijara la cuantía de tu indemnización.

Mas o menos.
 
  • #28
Siempre hay que ir a lo que dice la legislación al respecto.
Las conjeturas, deducciones o incluso lo que pueda parecer lo lógico, no sirve.

A ver si te sirve:

(siempre y cuando no exista alguna modificación posterior que yo desconozca. Aunque creo que esta es la más reciente sobre este tema.)

Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
(BOE núm. 172, de 20-07-2005, pp. 25781-25793) (Selección)
Artículo único. Modificación del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
El texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se modifica en los siguientes términos:
Veinte. Se incorpora una disposición adicional novena a la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial con la siguiente redacción:
Disposición adicional novena.
Responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas.
En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas será responsable el conductor del vehículo cuando se le pueda imputar incumplimiento de las normas de circulación.
Los daños personales y patrimoniales en estos siniestros, sólo serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado.
También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produce el accidente como consecuencia de su responsabilidad en el estado de conservación de la misma y en su señalización.
 
Última edición:
  • #29
pues ya tengo lo que dice mi maravilloso seguro , que solo ha tardado 22 dias en llegar a esta conclusion.
- La reclamacion no es viable, ya que no se puede demostrar que el corzo cruzara la carretera porque estaban intentando cazarlo, y ademas no se puede reclamar a la Comunidad de Madrid porque al ser una carretera de poca entidad no esta obligada a tenerla vallada. Y como no ven viable la reclamacion me dicen que me busque la vida y que ahi se termino su estupenda defensa juridica.

Asi que me como el arreglo de la moto, los daños del material, y el mes de baja. ¡Que grandes nuestras leyes! Asi que los corzos solo cruzan las carreteras cuando va un cazador detras de ellos:clap::clap::clap::clap: Eso si que es legislar.::cry::::cry::::cry::

Y como me decia alguno, y da gracias de que no tienes que indemnizar a la familia del corzo por haberlo matado:huh::ok::
 
Última edición:
  • #30
Hola Isaac. Yo no desistiría, el que la cía de seguros te haya comunicado, según ellos la falta de viabilidad de la reclamación no significa que no puedas obtener compensación económica a tu accidente, bastaría tan solo con que te reconocieran alguno de tus peticiones por insignificante que fuera para que en virtud del contrato de defensa jurídica, que te ampara por la ley del contrato de seguro, te abonaran la minuta del Letrado que hubieras contratado. Desde la modificación del 2005, es cierto que se habla de que será responsable el coto cuando se esté practicando una actividad cinegética, pero, y el pero es muy amplio, la jurisprudencia todavía está interpretrando la norma con los criterios anteriories, quasi objetivos, es decir, aprovechamiento cinegetico, rentabilidad económica, igual a responsabilidad del coto.
Lo primero que yo haría sería presentar una denuncia penal, plazo para interponerla 6 meses de prescripción, por lo tanto estás dentro de plazo, económico y relativamente rápido y te sirve para concretar via informe forense tus lesiones, ya que si se archivara la via penal tendrías un informe objetivo y barato (gratis) de tus lesiones para reclamarlas en via civil, si son importantes y lo consideraras oportuno
En contra de algunas opiniones vertidas en este hilo y alguna creo que tuya, yo me pondría en contacto con un abogado de compañía de seguros, son especilistas en la materia y es dificil, si llevan tiempo en ello, que no se le haya presentado un accidente que no conozcan o que no hayan ya resuelto en su actividad diaria.
Bien dirigida la reclamación creo que podrías tener exito. Animo y un saludo
 
  • #31
Hola Isaac. Yo no desistiría, el que la cía de seguros te haya comunicado, según ellos la falta de viabilidad de la reclamación no significa que no puedas obtener compensación económica a tu accidente, bastaría tan solo con que te reconocieran alguno de tus peticiones por insignificante que fuera para que en virtud del contrato de defensa jurídica, que te ampara por la ley del contrato de seguro, te abonaran la minuta del Letrado que hubieras contratado. Desde la modificación del 2005, es cierto que se habla de que será responsable el coto cuando se esté practicando una actividad cinegética, pero, y el pero es muy amplio, la jurisprudencia todavía está interpretrando la norma con los criterios anteriories, quasi objetivos, es decir, aprovechamiento cinegetico, rentabilidad económica, igual a responsabilidad del coto.
Lo primero que yo haría sería presentar una denuncia penal, plazo para interponerla 6 meses de prescripción, por lo tanto estás dentro de plazo, económico y relativamente rápido y te sirve para concretar via informe forense tus lesiones, ya que si se archivara la via penal tendrías un informe objetivo y barato (gratis) de tus lesiones para reclamarlas en via civil, si son importantes y lo consideraras oportuno
En contra de algunas opiniones vertidas en este hilo y alguna creo que tuya, yo me pondría en contacto con un abogado de compañía de seguros, son especilistas en la materia y es dificil, si llevan tiempo en ello, que no se le haya presentado un accidente que no conozcan o que no hayan ya resuelto en su actividad diaria.
Bien dirigida la reclamación creo que podrías tener exito. Animo y un saludo

Muchisimas gracias por tu explicacion. Mi seguro solo pagara a un abogado particular elegido por mi en el caso de que haya una sentencia firme a mi favor. Me han dicho que si denuncio por lo civil y pierdo, tendre que pagar las costas al contrario, mas abogado y procurador se me podria ir a los 2.000 euros, a lo que hay que sumar 1 año de espera que duraria el proceso en el mejor de los casos. Son 2.000 euros por intentar recuperar 8.000. No sé lo que hacer. Por un lado quiero arreglar la moto y continuar con mi vida normal, pero por otro me da mucha rabia que en un caso que para mi esta claro, el unico perjudicado sea yo que no tengo ninguna culpa. Sera cuestion de valorarlo. Un abrazo y te reitero las gracias
 
  • #32
Pues van a modificar la ley en el sentido de eximir de responsabilidades a los titulares de un coto de caza según que circunstancias resulten (una nueva vuelta de tuerca a la del 2005). Cosa lógica, no se puede pretender un ecologismo salvaje desde las tribunas de la sociedad y luego querer responsabilizar de las conductas de animales salvajes al titular de la explotación. Aunque sea una faena para el accidentado, creo que será más correcto
 
Última edición:
  • #33
Pues van a modificar la ley en el sentido de eximir de responsabilidades a los titulares de un coto de caza según que circunstancias resulten (una nueva vuelta de tuerca a la del 2005). Cosa lógica, no se puede pretender un ecologismo salvaje desde las tribunas de la sociedad y luego querer responsabilizar de las conductas de animales salvajes al titular de la explotación. Aunque sea una faena para el accidentado, creo que será más correcto

Ah si¡¡¡. ¿Asi que te parece correcto que si en vez de caerme en la carretera me hubiera golpeado con la cabeza en un arbol por culpa del animal, y ahi se hubiera acabado mi vida, el coto de caza que explota y obtiene unos beneficios por tenerlos ahi no tuviera que darle a mi viuda y posibles hijos ni un euro?. Me encantan las leyes asi. Para beneficiar a unos no puedes perjudicar a otros. Alguien tiene que responsabilizarse de ese animal, y me da igual que sea el coto, que el ayuntamiento, que el Papa. El unico que no tenia responsabilidad ahi era yo, y si no que cierren las carreteras que cruzan los cotos y que los dejen vivir a sus anchas........Me gustaria saber si te hubiera pasado a ti si seguirias pensando lo mismo...
 
  • #34
Te matizo un poco. No existe denuncia civil, es un error bastante frecuente, la denuncia solo se puede interponer en la jurisdicción penal y en un juicio de faltas no existen las costas, por lo tanto aunque no te dieran la razón solo tendrias que pagar tu abogado en el peor de los casos, y el coste nunca sería el que tu dices ya que es bastante económica, mucho más que en via civil, el problema sería que si no existe responsable penal, a nivel personal, el procedimiento debería ser archivado, pero, como te comenté podrias concretar tus lesiones, con el informe forense. Cierto en parte lo de las costas en el procedimiento civil, pero bastaría con que te dieran parcialmente la razón, para que no te impusieran las costas y ademas con que solo te dieran algo de razón en tu demanda sería suficiente para que no solo no te las impusieran sino que además tu cía de seguros debería de abonar todos tus gastos. Dentro de un plano algo más técnico y complejo, en un accidente de circulación con archivo penal, podrías conseguir que te dictaran un auto de máxima indemnización, que es ejecutable, frente a la cia de seguros del coto, si la tuvieran, cuyos motivos de oposición son muy concretos y la responsabilidad quasi objetiva, pero solo por las lesiones, no por los daños de la moto y muy probablemente te indemnizarian por las lesiones que has sufrido. Espero no estar liandote mucho, conclusión; sigo recomendandote un especialista en responsabilidad civil, que te oriente concretamente en lo que puedes hacer, a veces una consulta a un buen profesional te puede compensar
 
  • #35
Ah si¡¡¡. ¿Asi que te parece correcto que si en vez de caerme en la carretera me hubiera golpeado con la cabeza en un arbol por culpa del animal, y ahi se hubiera acabado mi vida, el coto de caza que explota y obtiene unos beneficios por tenerlos ahi no tuviera que darle a mi viuda y posibles hijos ni un euro?. Me encantan las leyes asi. Para beneficiar a unos no puedes perjudicar a otros. Alguien tiene que responsabilizarse de ese animal, y me da igual que sea el coto, que el ayuntamiento, que el Papa. El unico que no tenia responsabilidad ahi era yo, y si no que cierren las carreteras que cruzan los cotos y que los dejen vivir a sus anchas........Me gustaria saber si te hubiera pasado a ti si seguirias pensando lo mismo...




No os enfadeis, ambos teneis razón; y auque yo cada vez creo menos en la justicia, precisamente para eso estan los jueces, para determinar en cada caso concreto, las circunstancias que se dan en cada supuesto, en este caso, situaciones del acotado cinegético, medidas de seguridad en cuanto al cruce de los animales de la carretera ( posibilidad de vallado, localización de comederos, puntos de agua y un largo etc) y por supuesto, señalización de la carretera, sin olvidar las responsabilidad del conductor en el accidente, velocidad, atención, respeto de la señalización si existe de advertencia de animales, posibilidad de evitar el accidente; todo ese conjunto se datos son los que tiene que valorar un juez en su sentencia a la hora de fallar si correponde o no la indemnización y que grado de culpa corresponde a cada uno de los agentes que intervienen.
 
  • #36
pues ya tengo lo que dice mi maravilloso seguro AXA, que solo ha tardado 22 dias en llegar a esta conclusion.
- La reclamacion no es viable, ya que no se puede demostrar que el corzo cruzara la carretera porque estaban intentando cazarlo, y ademas no se puede reclamar a la Comunidad de Madrid porque al ser una carretera de poca entidad no esta obligada a tenerla vallada. Y como no ven viable la reclamacion me dicen que me busque la vida y que ahi se termino su estupenda defensa juridica.

Asi que me como el arreglo de la moto, los daños del material, y el mes de baja. ¡Que grandes nuestras leyes! Asi que los corzos solo cruzan las carreteras cuando va un cazador detras de ellos:clap::clap::clap::clap: Eso si que es legislar.::cry::::cry::::cry::

Y como me decia alguno, y da gracias de que no tienes que indemnizar a la familia del corzo por haberlo matado:huh::ok::

Vamos a ver si te puedo ayudar en algo, vayamor por partes. Lo de los 22 días para analizar la viabilidad de la reclamación no es mucho, es bastante poco. Para hacerlo, suele ser necesario un informe de la autoridad competente en materia de caza (normalmente el servicio correspondiente de la Comunidad Autónoma que sea). Dicho informe se solicita, y la Comunidad lo facilita cuando le da la gana. En determinadas comunidades, hasta cinco o seis meses, y eso no depende de la aseguradora.

Como la legislación actual limita la responsabilidad del coto a los supuestos en los que, como muy bien citó Lambretto, el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado, si el día del accidente no fue hábil para la caza, o el coto no solicitó realizar batida (para saber eso sirve el informe de la Comunidad), no habría responsabilidad del coto ni de su aseguradora. Esto puede no gustarnos, pero es así. Si ese es el caso, no sería buena idea reclamar judicialmente al coto, porque probablemente pasaría lo que te han advertido: desestimarían tu demanda, y tendrías que pagar a tu abogado y procurador, y las costas del juicio.

Si confirmas que contra el coto no puedes ir, te queda la otra posibilidad: "También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produce el accidente como consecuencia de su responsabilidad en el estado de conservación de la misma y en su señalización".

Es cierto que no existe obligación de tener valladas las vías, como te han dicho, pero también hay base para reclamar si no existe señalización de peligro por animales salvajes sueltos. Si según el atestado de tráfico no la había podría intentarse. Las posiblidades de que prospere depende del criterio que sobre el tema tenga la Comunidad (entiendo que la vía era de su titularidad), que es a quien hay que reclamar primero (no me haría demasiadas ilusiones en esa fase), y luego, los Juzgados de lo Contencioso del lugar. Por eso, lo mejor sería que lo analizase un abogado de la zona que sea especialista en la materia, que te podrá aconsejar sobre si seguir adelante o no. Lo bueno de reclamar a la administración es que, si no te dan la razón, no te impondrán las costas. Lo malo es que, aunque ganes, por lo general tampoco se las harán pagar a ellos, por lo que tu abogado y procurador lo pagarás sí o sí.

Por último, si el día no era hábil para la caza, y había señalización de peligro, me temo que no tendrías a quien reclamar. Es cierto que el accidente no es culpa tuya, pero tampoco habría nadie que sea responsable según la ley. Sería como si el accidente lo hubieses tenido, por ejemplo, con un perro callejero, un caballo salvaje (que no es pieza de caza), etc. Vamos, una p... digooo, faena. En fin, suerte y ya nos contarás.
 
  • #37
No os enfadeis, ambos teneis razón; y auque yo cada vez creo menos en la justicia, precisamente para eso estan los jueces, para determinar en cada caso concreto, las circunstancias que se dan en cada supuesto, en este caso, situaciones del acotado cinegético, medidas de seguridad en cuanto al cruce de los animales de la carretera ( posibilidad de vallado, localización de comederos, puntos de agua y un largo etc) y por supuesto, señalización de la carretera, sin olvidar las responsabilidad del conductor en el accidente, velocidad, atención, respeto de la señalización si existe de advertencia de animales, posibilidad de evitar el accidente; todo ese conjunto se datos son los que tiene que valorar un juez en su sentencia a la hora de fallar si correponde o no la indemnización y que grado de culpa corresponde a cada uno de los agentes que intervienen.

muchisimas gracias por tu ayuda. Yo no voy en contra ni de los cazadores ni de los cotos. Voy a favor de mis derechos. No veo la logica a que solo se haga responsable el coto cuando es dia de caza, porque esto significa que el animal solo cruza la carretera los dias en que oye tiros o ve cazadores, o que el resto del tiempo el corzo mira a los dos lados de la carretera antes de cruzar para no ser atropellado. Es esto lo que no tiene sentido. Ese animal pertenece al coto, y si éste no se hace responsable, que lo haga el Estado, pero que se legisle bien para no llevar a demoras ni a que el ciudadano quede indefenso. Imaginate que en cada accidente de trafico el juez tuviera que decidir quien es el culpable porque la ley no estuviera clara o las compañias no tuvieran acuerdos entre ellas. Esto seria el caos.

un abrazo y mil gracias
 
  • #38
muchas gracias Bogey por tu ayuda, permiteme que te responda en tu post


Vamos a ver si te puedo ayudar en algo, vayamor por partes. Lo de los 22 días para analizar la viabilidad de la reclamación no es mucho, es bastante poco. Para hacerlo, suele ser necesario un informe de la autoridad competente en materia de caza (normalmente el servicio correspondiente de la Comunidad Autónoma que sea). Dicho informe se solicita, y la Comunidad lo facilita cuando le da la gana. En determinadas comunidades, hasta cinco o seis meses, y eso no depende de la aseguradora.

Dudo mucho que mi compañia haya solicitado esta documentacion. El informe lo han hecho en 3 dias desde que mi compañia se lo paso al abogado. Me parece a mi que todo se ha gestado en un despacho viendo leyes, nada mas. Y en estos casos creo que hay que moverse un poco para observar las circunstancias excepcionales del caso

Como la legislación actual limita la responsabilidad del coto a los supuestos en los que, como muy bien citó Lambretto, el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado, si el día del accidente no fue hábil para la caza, o el coto no solicitó realizar batida (para saber eso sirve el informe de la Comunidad), no habría responsabilidad del coto ni de su aseguradora. Esto puede no gustarnos, pero es así. Si ese es el caso, no sería buena idea reclamar judicialmente al coto, porque probablemente pasaría lo que te han advertido: desestimarían tu demanda, y tendrías que pagar a tu abogado y procurador, y las costas del juicio.

Si confirmas que contra el coto no puedes ir, te queda la otra posibilidad: "También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produce el accidente como consecuencia de su responsabilidad en el estado de conservación de la misma y en su señalización".

Es cierto que no existe obligación de tener valladas las vías, como te han dicho, pero también hay base para reclamar si no existe señalización de peligro por animales salvajes sueltos. Si según el atestado de tráfico no la había podría intentarse. Las posiblidades de que prospere depende del criterio que sobre el tema tenga la Comunidad (entiendo que la vía era de su titularidad), que es a quien hay que reclamar primero (no me haría demasiadas ilusiones en esa fase), y luego, los Juzgados de lo Contencioso del lugar. Por eso, lo mejor sería que lo analizase un abogado de la zona que sea especialista en la materia, que te podrá aconsejar sobre si seguir adelante o no. Lo bueno de reclamar a la administración es que, si no te dan la razón, no te impondrán las costas. Lo malo es que, aunque ganes, por lo general tampoco se las harán pagar a ellos, por lo que tu abogado y procurador lo pagarás sí o sí.

esta informacion es muy importante, muchas gracias

Por último, si el día no era hábil para la caza, y había señalización de peligro, me temo que no tendrías a quien reclamar. Es cierto que el accidente no es culpa tuya, pero tampoco habría nadie que sea responsable según la ley. Sería como si el accidente lo hubieses tenido, por ejemplo, con un perro callejero, un caballo salvaje (que no es pieza de caza), etc. Vamos, una p... digooo, faena. En fin, suerte y ya nos contarás

un accidente con un perro callejero entenderia perfectamente que es muy dificil buscar un responsable. Pero si una carretera publica divide un coto de caza y la cruza un corzo del cual todavia hay pelos en mi motos, esta claro que el animal no venia del zoo de la casa de campo. El animal pertenece al coto, y estoy seguro de que el pobre corzo no solo cruzaba la carretera los dias en que habia caza. Esto es lo que veo absurdo de la norma.
 
  • #39
y para terminar con un poco de esperanza, despues de mucho reclamar y llorar, hoy me ha llamado mi seguro y me ha dicho que van a buscar una solucion por via administrativa haciendo una excepcion conmigo, ya que ven muy dificil ganar la reclamacion. Buscaran un responsable entre el responsable de la via y el coto de caza. Asi que por lo menos tengo una esperanza.

Como curiosidad me ha dicho un guardia civil del servicio del seprona, que la responsabilidad del coto no es solo el dia de caza, sino que se incluyen tambien las 24 horas siguientes en las que se supone que la caza esta alterada. Esto demuestra, si es verdad, que dentro de una ley, hay pequeñas variaciones que puede hacer decantarse el juicio hacia un lado o hacia el otro.

No me canso de daros las gracias por vuestra ayuda..........un saludo a todos
 
  • #40
Vamos a ver, yo ya he dicho que me parece una faena para el accidentado, pero tampoco me parece lo más correcto, responsabilizar al titular de una explotación (muchas veces se cruza un jabalí y se le considera de la explotación cuando el titular de la misma no tiene interés en que pacen en ella) siempre y bajo toda circunstancia por los daños que causen los animales, habida cuenta del ecologismo exacerbado de hoy en día. No se puede llenar la boca de los políticos y ciudadanos con vivas a la naturaleza y a la bondad de los animales, para después cagarnos en su madre si éstos nos afectan, por ello veo correcta la modificación de la ley en la que se limita aún más las responsbilidades del dueño del coto, el cual tampoco puede hacer lo que le venga en gana con los animales, tiene que respetar las vedas, pobre de él como fallezcan por hambre, por lo que es un dominio, jurídicamente hablando, un tanto incompleto.
 
  • #41
¿Yo he hablado de denuncia por lo civil? Matiza al que lo haya hecho, no a mí.
 
  • #42
Vamos a ver, yo ya he dicho que me parece una faena para el accidentado, pero tampoco me parece lo más correcto, responsabilizar al titular de una explotación (muchas veces se cruza un jabalí y se le considera de la explotación cuando el titular de la misma no tiene interés en que pacen en ella) siempre y bajo toda circunstancia por los daños que causen los animales, habida cuenta del ecologismo exacerbado de hoy en día. No se puede llenar la boca de los políticos y ciudadanos con vivas a la naturaleza y a la bondad de los animales, para después cagarnos en su madre si éstos nos afectan, por ello veo correcta la modificación de la ley en la que se limita aún más las responsbilidades del dueño del coto, el cual tampoco puede hacer lo que le venga en gana con los animales, tiene que respetar las vedas, pobre de él como fallezcan por hambre, por lo que es un dominio, jurídicamente hablando, un tanto incompleto.

y ¿quien debe segun tú, hacerse responsable de los daños que se causan a terceros?. ¿el accidentado que pasaba por ahi con su moto dando un paseo y que ahora debe afrontar unos 8.000 euros en daños?. La finca explota esos animales, obtiene un beneficio, tambien debe correr con los daños que causen sus animalitos que tanto cuida para que sus socios puedan cazarlos¡¡¡¡¡¡¡

Yo lo que quiero es que se busque un responsable legalmente y me da igual que sea el coto, que la familia del corzo, que el responsable de la carretera, saludos
 
  • #43
Según yo no, según lo que diga la ley...Ya te han dicho, compañeros más especializados en el tema, que tu caso es difícil...y es que no siempre hay un responsable de todo, aunque parezca mentira en estos tiempos en los que todo está tan reglado...Hay veces que uno se tiene que fastidiar y entonar el: mala suerte, aunque sea una faena...

Entiendo lo que deseas, yo también soy partidario de hacer un impuesto para aquellos ciudadanos que con su voto a ZP en la segunda legislatura, nos han llevado a la grave crisis, pero no es posible...Yo creo que o sacas algo a la cía de seguros o lo llevas crudo...
 
Última edición:
  • #44
¿y cómo es eso de buscar un responsable entre el titular del coto y la administración pública autonómica? Vamos no sé, pero me suena a tomadura de pelo...¿Quién es el responsable, una entelequia que pasaba por ahí? O es uno u otro o ambos, pero eso de un responsable intermedio ajeno a ellos... Quizás te estén mintiendo y los responsables (de pagarte los daños y perjuicios que se te han causado, como responsables subsidiarios) sean en cualquier caso ellos, y con esa mentira te den dos duros, tu te quedarás contentos con lo maravillosos y honestos que son en tu cía, y a otra cosa. No soy un experto en seguros ni en accidentes, pero eso del responsable intermedio...me suena a cuento chino...

Lo que señalas de las 24 horas es cierto, y el corzo a diferencia del ciervo, tiene la veda abierta en parte de la época estival...
 
Última edición:
  • #45
creo que no me he explicado bien, te respondo en rojo


¿y cómo es eso de buscar un responsable entre el titular del coto y la administración pública autonómica? Vamos no sé, pero me suena a tomadura de pelo...¿Quién es el responsable, una entelequia que pasaba por ahí? O es uno u otro o ambos, pero eso de un responsable intermedio ajeno a ellos...

al decir que buscaran un responsable entre uno u otro, me refiero a que intentaran que uno de ellos se haga responsable del siniestro. El coto o la administracion, uno de los 2.

Quizás te estén mintiendo y los responsables (de pagarte los daños y perjuicios que se te han causado, como responsables subsidiarios) sean en cualquier caso ellos, y con esa mentira te den dos duros, tu te quedarás contentos con lo maravillosos y honestos que son en tu cía, y a otra cosa. No soy un experto en seguros ni en accidentes, pero eso del responsable intermedio...me suena a cuento chino...

¿te refieres al seguro de mi motocicleta?. Si algo tengo claro es que siendo un seguro a terceros los daños propios, excepto los contratados excepcionalmente, no estan incluidos. La poliza es algo que tengo en mi poder, y he leido varias veces

Lo que señalas de las 24 horas es cierto

¿y sabes en que ley esta reflejado?, ya que el guardia del seprona no se acordaba, me seria de gran ayuda

, y el corzo a diferencia del ciervo, tiene la veda abierta en parte de la época estival..

correcto, y esa es una pista a seguir........saludos

.
 
  • #46
Como curiosidad me ha dicho un guardia civil del servicio del seprona, que la responsabilidad del coto no es solo el dia de caza, sino que se incluyen tambien las 24 horas siguientes en las que se supone que la caza esta alterada.

Efectivamente suele ser así, pero no porque lo diga la ley, sino por la interpretación de los jueces de la frase "cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar". Vamos, que no se suele considerar necesario que vaya el cazador detrás del bicho disparándole para que haya responsabilidad del coto (eso se daría muy pocas veces, y sería casi imposible de demostrar). Sin embargo, no hay jurisprudencia todavía (del Supremo, se entiende), así que el entenderlo así o no es cosa del Juez. De la misma forma, si mañana fuese día hábil para la caza, y tengo un accidente con un corzo a las cuatro de la madrugada, no serían responsables, pues a esa hora todavía no se ha podido cazar.

Me alegro de que tu compañía haya decidido intentar la reclamación, y espero que tengas suerte. Hace años habría sido mucho más fácil, pero la tendencia actual es a limitar la responsabilidad por este tipo de accidentes.

Y siento decir que lo entiendo. No soy cazador (más bien suelo estar en la parte contraria ;-)), pero también me parecía excesivo que los cotos fuesen automáticamente responsables de todos los daños causados por los animales, cuando el único beneficio que obtienen es el practicar su deporte, y comerse lo cazado. No nos confundamos, los cotos generalmente son sociedades de cazadores, que no suelen ser los propietarios del terreno, ni mucho menos de los animales salvajes, que como lo que son, circulan libremente por el terreno, pasando de un coto a otro, y a zonas donde no se puede practicar la caza.

Pienso que la mejor solución de estos casos sería que lo cubriesen las aseguradoras de los vehículos incluyéndolo en sus pólizas, ya de forma generalizada, o bien voluntaria. La influencia en el precio sería casi inapreciable, y en caso de accidente podría librarnos de una buena. Algunas ya lo hacen.

Lo dicho, mucha suerte y saludos.
 
  • #47
Muchas gracias por tus comentarios. Te respondo en tu post


Y siento decir que lo entiendo. No soy cazador (más bien suelo estar en la parte contraria ;-)), pero también me parecía excesivo que los cotos fuesen automáticamente responsables de todos los daños causados por los animales, cuando el único beneficio que obtienen es el practicar su deporte, y comerse lo cazado.

No estoy de acuerdo, en muchos cotos cobran a los cazadores una cuota anual. Y te dan la posiblidad de ir a cazar dias sueltos por una cantidad estipulada. Por no hablar de los grandes cotos que cobran millonadas a gente de economia saneada para que les tengan vigilada durante dias una pieza para matarla sin tener que andar mucho. Los cotos son negocios, y asi como se benefician de lo positivo deben apechugar con lo negativo

No nos confundamos, los cotos generalmente son sociedades de cazadores, que no suelen ser los propietarios del terreno, ni mucho menos de los animales salvajes, que como lo que son, circulan libremente por el terreno, pasando de un coto a otro, y a zonas donde no se puede practicar la caza.

Pienso que la mejor solución de estos casos sería que lo cubriesen las aseguradoras de los vehículos incluyéndolo en sus pólizas, ya de forma generalizada, o bien voluntaria. La influencia en el precio sería casi inapreciable, y en caso de accidente podría librarnos de una buena. Algunas ya lo hacen.

Totalmente de acuerdo. Que los legisladores dejen claro la responsabilidad con una ley clara, y si hay que pagar un extra en el seguro se paga, y todos tan contentos

Lo dicho, mucha suerte y saludos.
 
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