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Multa por llevr antinieblas

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javato

Novat@
Sin verificar
:-(( Pos eso, que me han puesto un amulta por llevar las luces antiniebla sin motivo. 50€ si pago en un mes.
Ha sido a la entrada de Despeñaperros, sentido Málaga, a eso de las 2:30 de la madrugada, osea con poca visibilidad.
No creeis que con dar el toque de atencion era bastante, o esta la cosa tan mala que tienen que pillar dinero de donde sea.
Lo que no me han informado es si tiene retirada de puntos, ¿alguien lo sabe?.
Espero a que llegue el segundo aviso para intentar prorrogar el recurso a mas de un año y asi hacer que prescriba?
¿Que me recomendais?
 
:-(( Pos eso, que me han puesto un amulta por llevar las luces antiniebla sin motivo. 50€ si pago en un mes.
Ha sido a la entrada de Despeñaperros, sentido Málaga, a eso de las 2:30 de la madrugada, osea con poca visibilidad.
No creeis que con dar el toque de atencion era bastante, o esta la cosa tan mala que tienen que pillar dinero de donde sea.
Lo que no me han informado es si tiene retirada de puntos, ¿alguien lo sabe?.
Espero a que llegue el segundo aviso para intentar prorrogar el recurso a mas de un año y asi hacer que prescriba?
¿Que me recomendais?
Preparemonos porque no van a ayudar sino a multar, es lo que hay ,hay que recaudar por todo...!
 
Van a esconderse detras de arbustos y derivados pa cazarte, eso es "ayuda en carretera", además date cuena qeu su cupo de multas mensuales tienen que hacerlo, con esta gente mano dura compañero, mano dura, que sino se hacen los dueños de España, mano dura!!!!.
 
Has infringido la ley, y te han pillado. Lo siento.

Cita del BOE:

Artículo 106. Condiciones que disminuyen la visibilidad.
1. También será obligatorio utilizar el alumbrado cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga (artículo 43 del texto articulado).
2. En los casos a que se refiere el apartado anterior deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance.
La luz antiniebla delantera puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance o, incluso, con la de largo alcance.
La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas
con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149.
La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables , como en caso de niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo.
3. El hecho de circular sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de la visibilidad tendrá la consideración de infracción grave, conforme se prevé en
el artículo 65.4.e) del texto articulado.

https://www.boe.es/boe/dias/2003/12/23/pdfs/A45684-45772.pdf
 
:-(( Pos eso, que me han puesto un amulta por llevar las luces antiniebla sin motivo. 50€ si pago en un mes.
Ha sido a la entrada de Despeñaperros, sentido Málaga, a eso de las 2:30 de la madrugada, osea con poca visibilidad.
No creeis que con dar el toque de atencion era bastante, o esta la cosa tan mala que tienen que pillar dinero de donde sea.
Lo que no me han informado es si tiene retirada de puntos, ¿alguien lo sabe?.
Espero a que llegue el segundo aviso para intentar prorrogar el recurso a mas de un año y asi hacer que prescriba?
¿Que me recomendais?

Pues mira, con lo de las antinieblas ya iba siendo hora de que se pusieran firmes. Los antinieblas no iluminan en condiciones de baja visibilidad, sólo iluminan los laterales y con una intensidad que ciega a los demás conductores.

Ya siento que te haya tocado a tí, pero... las antinieblas son para lo que son.
 
Pues... si esta muy bien,de que algunos agentes de la autoridad de que empiecen a cumplir con las normas, con los que usan los anti nieblas cuando no hay niebla y van deslumbrando a todo quisqui si de mi dependiera yo la pondría mas cara y lo siento por ti pero es que es el pan nuestro de cada dia y este es mi dia a dia(los anti nieblas son para cuando hay niebla o para cuando cae lluvia intensa y no para cuando se hace de noche) Por cierto

SECCIÓN 2.ª SUPUESTOS ESPECIALES DE ALUMBRADO
Artículo 106. Condiciones que disminuyen la visibilidad.
1. También será obligatorio utilizar el alumbrado cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga (artículo 43 del texto articulado).

2. En los casos a que se refiere el apartado anterior deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance.

La luz antiniebla delantera puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance o, incluso, con la de largo alcance.

La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149.

La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como en caso de niebla ESPESA, lluvia MUY intensa, FUERTE nevada o nubes densas de polvo o humo.





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Las luces antiniebla y el poco respeto por el resto de usuarios de la vía



Las luces antiniebla delanteras deben utilizarse en condiciones de lluvia intensa o niebla. La realidad es que si salimos a la carretera veremos que la mayor parte de los conductores que las utilizan no es por lluvia ni por niebla, es simplemente por hacer el coche más vistoso.
No vamos a entrar en cuestiones de estética, no es la cuestión, y en cualquier caso si la respuesta sobre si es estético existe, es indiferente. La cuestión es que esa utilización incorrecta de luces molesta a los demás usuarios de la vía, especialmente en cambios de rasante, algo que no parece importar a quienes tienen esa molesta costumbre. Irónicamente, no hay más que salir a la carretera para comprobar que la mayoría de los conductores no enciende las luces cortas cuando son necesarias.
Para más indignación, serán muchos los que retrasan el encendido de las luces cortas (obligatorias durante la salida y la puesta de sol y en condiciones que mermen la visibilidad), para luego encender éstas junto a las antiniebla delanteras.

Si nos paramos a pensar la probabilidad de accidente causado por deslumbramientos debidos a las antinieblas delanteras, probablemente sea muy pequeña. Sin embargo este acto es representativo de la falta de respeto por los demás conductores y de los riesgos de la carretera. El número de muertes que se producen en esta debería ser suficiente para que “no se juegue” con las luces, sin embargo no es así.
Un último e indignante apunte: mi experiencia me dice que en una gran parte de los coches, las luces antiniebla delanteras no sirven para nada, haya niebla o no. Es más, podría elaborar una larga lista de coches nuevos en la que, desde el punto de vista del conductor, apenas se puede distinguir si están encendidas o no.
 
Última edición:
Pues me parece perfecto, puesto que los antinieblas son para lo que son. No para llevarlos puesto para que se vea más bonito el coche, la verdad es que casi nunca multan pero has tenido mala suerte
 
Lo siento javato, es cierto que hay cosas peores pero es que somos muchos los que ya andábamos muy quemaos con los aficionados que dan esas luces (especialmente por la noche) sin motivo.

Es cierto que podrían haberte dado "un toque" pero es que si se ponen asi, no les haríamos ni puñetero caso.

Lo triste es que se pongan en este plan sólo porque las administraciones necesitan la pasta y no desde hace años.
 
estoy deacuerdo, los antinieblas hay que usarlos cuando se necesiten, no cuando se haga de noche....
¿ pero que pasa con estos coches nuevos, en los cuales se encienden los antinieblas cuando giran el volante ::Dbt::::Dbt::?
¿y si justo en esa curva esta la GC ?
 
  • #10
estoy deacuerdo, los antinieblas hay que usarlos cuando se necesiten, no cuando se haga de noche....
¿ pero que pasa con estos coches nuevos, en los cuales se encienden los antinieblas cuando giran el volante ::Dbt::::Dbt::?
¿y si justo en esa curva esta la GC ?

Esas luces solo funcionan a velocidad reducida o de maniobra y se llaman luces adaptativas y son homologadas
 
  • #11
Esas luces solo funcionan a velocidad reducida o de maniobra y se llaman luces adaptativas y son homologadas


homologadas lo sabia,porque las llevas de serie ciertos coches, lo que no sabia era que solo funcionaban a velocidad reducida, las he visto en el coche de un amigo,al girar en las calles, por la ciudad
gracias por la aclaración :ok::
 
  • #12
Pues será legal multar por eso y hay que asumirlo, pero es que si cobraran solo 5€ a los que no ponen el intermitente cuando deben, tendrian 5 veces el presupuesto cubierto cada año...:-((
 
  • #13
Hay que ver lo que jode e irrita, llevar a alguién delante y que este lleva la luz trasera antiniebla, da igual la distancia de seguridad, irritan y mucho y si está lloviendo más.
Con lo que creo que en esta caso la ley está bien redactada.
 
  • #14
Bien puesta está la multa, como ya te han comentado, si no había ningún problema de visibilidad que las justifique. Somos muchos los que ya estamos hartos de los que se creen que conducen un árbol de navidad en vez de un coche:-((
 
  • #15
Pues será legal multar por eso y hay que asumirlo, pero es que si cobraran solo 5€ a los que no ponen el intermitente cuando deben, tendrian 5 veces el presupuesto cubierto cada año...:-((

Eso está igual de penado, tú hazlo y que te vea un agente y verás que receta te llevas para casa. Un cambio de carril sin indicarlo es un peligro en la carretera.
 
  • #16
Eso está igual de penado, tú hazlo y que te vea un agente y verás que receta te llevas para casa. Un cambio de carril sin indicarlo es un peligro en la carretera.

Se que está igual de penado, pero JAMAS he visto u oido, al menos por aquí, que se multe a nadie por eso.....cambios de carril, salidas de rotondas, o simplemente: "yo me paro aqui porque ahora voy a salir por la derecha"....:-((::bash::
 
  • #17
Este es el escrito que mandé a la DGT y no me contestaron. Solo interesa recaudar.

Muy señores nuestros:


El motivo del presente escrito es el de exponer los hecho que se produjeron en el día de ayer con un agente de la Guardia Civil.

Circulando con mi vehículo, una motocicleta Marca Daelim S2 250 y con nº de matrícula - - - - -, por la vía A2 punto kilométrico 316 fui parado por el agente R- - - - - - -E.

Tras comprobar toda la documentación y hacerme un test de alcoholemia, se me indica que el vehículo no ha pasado la ITV.

Se indicó al agente que no se había podido pasar dado que el vehículo ha estado por periodo de más de 90 días en el taller, por no poder encontrar un tubo de escape homologado y en el centro ITV se me han dado hora para el próximo día 20 a las 08:00 horas (indicándome que tienen un colapso por la cercanía del periodo estival).

Para demostrar este hecho se le mostró al agente la factura del taller mecánico con su fecha correspondiente y el resguardo del pago en donde aparece la hora del mismo a las 20:16 horas, así como la homologación del nuevo escape. Tambien se le ofreció la posibilidad de comprobar en ITV la hora y el día de la cita para pasar la inspección.

De toda la documentación adjunto un fichero con las copias correspondientes.

Dado lo excepcional del caso, ruego sea notificado al delegado para que tenga conocimiento del mismo. Soy conocedor de que no es el medio más habitual, pero la excepcionalidad del caso entiendo que así lo requiere.

Quedo a la espera de sus noticias, atentamente:
 
  • #18
Bien puesta está la multa, como ya te han comentado, si no había ningún problema de visibilidad que las justifique. Somos muchos los que ya estamos hartos de los que se creen que conducen un árbol de navidad en vez de un coche:-((

Totalmente de acuerdo, yo tambien estoy un poco harto de la gente que usa las antiniebla sin motivo ninguno :-(
Las de delante todavia se pueden aguantar, pero cuando vas detras de uno que tiene la de atras tambien encendida de noche y con las condiciones de visibilidad perfectas :-((
 
  • #19
Muchas gracias a todos por vuestras opiniones, yo tambien soy de la opinion de quien la hace la paga, pero me fastidia que me multen en las circunstancias en las que estaba( puerto de despenaperros, las 2 y pico de la mañana, poco trafico pod no decir nada, etc)
no deslumbraba a nadie, fue mas por despiste en un cambio de "largas a cortas", tengo un Clio y todas las luces se manejan desde una piña del volante.
la voy a recurrir de todas maneras, ya que la administracion me da la oportunidad de alegar. Como anecdotal, deciros que cuando me pararon, yo creia que seguia a un coche que iba a todo trapo, pero debieron ver mas imprudente mi actuacion.
bueno, siendo optimista, Ayer aprendi algo mas.
gracias por vuestras opiniones.
 
  • #20
Pues da gracias por los 50 € ::Dbt::
A un conocido por lo mismo, 150 €... ¡¡¡y 2 puntos!!!
 
  • #21
hola compañero estoy deacuerdo contigo en casi todo, si llevaba los antinieblas llevas razon es sancionable y creo???? por que podrian quitarle 2 puntos que lo hagan efectivo, pero si cabe la posibilidad de llevar el antiniebla delantero de noche en carreteras estrechas de menos de 6,50 metros, señalizadas con curvas peligrosas, sin necesidad de que existan condiciones adversas.

La utilizacion antiniebla del alumbrado es cuanto menos discutible ej: con lluvia no intensa no puedo usar ninguno, con lluvia intensa delantero y con lluvia muy intensa trasera, que diferencia objetiva puedo emplear para saber distinguir la lluvia intensa de la lluvia muy intensa???????????? o como siempre eso es el criterio del agente de turno., un saludo compañero
 
  • #22
Mano dura...............joder flipo....yo no me encontrado nadie escondido tras un arbusto y eso del cupo es mentira.
Mejor que hableis de relojes.....
 
  • #23
No podrías haberlo expresado mejor.

Totalmente de acuerdo en todo.

Un Ferrari con anti nieblas??? Primero lo harán de gasoil...

Un abrazo.
 
  • #24
Mano dura...............joder flipo....yo no me encontrado nadie escondido tras un arbusto y eso del cupo es mentira.
Mejor que hableis de relojes.....

Yo no se lo del cupo, pero en los Presupuestos Generales del Estado se aprueba una cantidad a recaudar en el año en cuestión por multas de circulación. Es decir, ya esta fijada la cantidad a la que tienen que llegar. Y no es una cantidad pequeña. Vean, vean...

432 Millones!!!
 
  • #25
A mi me parece genial que multen por llevar los antinieblas cuando NO HAY NIEBLA. Obviamente de noche hay poca visibilidad pero para eso están las luces normales.

Es de lo más molesto encontrarse con el típico pisahuevos con las luces antinieblas traseras puestas...

Ahora sólo falta que empiecen a recetar a los que se apropian del carril izquierdo ad eternum.
 
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