• El foro de relojes de habla hispana con más tráfico de la Red, donde un reloj es algo más que un objeto que da la hora. Relojes Especiales es el punto de referencia para hablar de relojes de todas las marcas, desde Rolex hasta Seiko, alta relojería, relojes de pulsera y de bolsillo, relojería gruesa y vintages, pero también de estilográficas. Además, disponemos de un foro de compraventa donde podrás encontrar el reloj que buscas al mejor precio. Para poder participar tendrás que registrarte.

Devolver recibo de moto

  • Iniciador del hilo landatx
  • Fecha de inicio
Estado
Hilo cerrado
landatx

landatx

De la casa
Sin verificar
Hola buenos días, me gustaría saber si existe la forma de devolver un recibo, o anular la póliza que se me renovó automáticamente el 1 de Julio de este año.

Me dicen que hay que notificarlo con un mínimo de dos meses de antelación. La notificación de la renovación me la hicieron con una semana de antelación.

El hecho de devolver el recibo, según me comentan desde la asesoría, puede ser motivo de reclamación por la aseguradora(allianz), aunque no lo suelen hacer, y menos en un caso como éste de 180 euros.

Quedo a la espera de vuestras, seguro, que acertados consejos.

Un saludo
 
Pues pudes devolver el recibo sin problemas tienes 45 días,
imagina que no tienes dinero o has vendido la moto o la has dado de baja .....
 
https://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l50-1980.t1.html

SECCIÓN IV. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRESCRIPCIÓN.
Artículo 22.

La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecer que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.

Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.

Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida.


Si nos atenemos a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro la duracion del contrato sera determinada en la poliza, en la poliza que firmaste la duracion es de un año. Tuve un problema similar, les envie un burofax notificandoles que la duracion del contrato era de un año y no me volvieron a reclamar nada.

La lei es ambigua, dado que en las polizas no marcamos mas de un año como duracion. Por lo que tenemos todas las de ganar, pero las compañias usan el por si cuela.

Un saludo.

P.D. Te tengo una llamada pendiente.
 
Lo curioso de mi caso fué que ANTES de los dos meses pedí que me comunicaran el precio de la renovación y no fueron capaces hasta dos semanas antes de vencer el seguro. Cuando por fin me llegó el precio no estuve de acuerdo y cancelé el seguro. A los pocos dias me llamaron diciendo que tenia que haberlo comunicado con dos meses de antelación... ::bxd::
Despues de una acalorada conversación con un agente de la compañia y decirle que tenia todos los mails de comunicación con ellos, en los que constaba que no habian sido capaces de decirme el nuevo precio, desistieron de reclamar nada. :D
Esto ya me ha pasado un par de veces y la ultima me hicieron un 5% de descuento por las molestias... :whist::
 
Ami me ha pasado algo parecido y me han dicho que si no quiero seguir con el seguro no hay problemal Me devuelven el dinero y punto.
 
No pasa nada, puedes devolverlo. Y ellos tienen la obligación de darte un mes de seguro, aunque no lo pagues. Pero búscate otro rapido.
 
https://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l50-1980.t1.html

SECCIÓN IV. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRESCRIPCIÓN.
Artículo 22.

La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecer que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.

Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.

Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida.

Si nos atenemos a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro la duracion del contrato sera determinada en la poliza, en la poliza que firmaste la duracion es de un año. Tuve un problema similar, les envie un burofax notificandoles que la duracion del contrato era de un año y no me volvieron a reclamar nada.

La lei es ambigua, dado que en las polizas no marcamos mas de un año como duracion. Por lo que tenemos todas las de ganar, pero las compañias usan el por si cuela.

Un saludo.

P.D. Te tengo una llamada pendiente.
Hace un año me tangaron con los dichosos dos meses, pero este año me voy a vengar. Estoy esperando el vencimiento del seguro, con el aviso hecho con la antelacion, y como voy a disfrutar. :yhoo::Gracias por estas informaciones. :ok::
 
Ok, muchas gracias, voy a abrir el seguro nuevo y luego devuelvo el recibo del antiguo.

Un saludo


p.d. Camilo, cuando quieras hablamos;-)
 
Yo este año lo he devuelto y la compañía me lo volvió a cargar, con las mismas lo devolví de nuevo.
Lo de los dos meses es cierto y cuando les interesa se amparan es eso. El año pasado solicité vía correo certificado con acuse de recibo la cancelación de un seguro (agosto de 2011); hasta noviembre no me dí cuenta de que me lo habían cargado en la cuenta y reclamé la devolución presentando el acuse de recibo. Me dijeron que no, que había que hacer el preaviso con dos meses. Mi paciencia no tiene límites... ya en mayo de este año les escribí y les dije que tenía que dar un parte: a las dos semanas tenía la devolución en la cuenta.
 
  • #10
también el seguro concluye si no se paga la póliza, por consiguiente si no la pagas, te lo anulan.
 
  • #11
No pasa nada. Devuelve el recibo y llama para que lo anulen.
A mi me paso el caso inverso. Contrate un seguro que a su vez me contrato la defensa jurídica con otro seguro. Con la mala suerte de que me cargaron el seguro de defensa a una cuenta en la que no tengo dinero ( creo que en la renovación me ocurrió) y yo no lo sabía. Así que estuve varios meses sin defensa jurídica ( Arag) y tuve un accidente en el que yo no tuve culpa.
Menos mal que el seguro de la otra parte me asesoró y ayudo para poder arreglar mi moto gestionando yo los trámites. Eso si, tuve que renunciar a pedir indemnización.
 
  • #12
No pasa nada, puedes devolverlo. Y ellos tienen la obligación de darte un mes de seguro, aunque no lo pagues. Pero búscate otro rapido.


Eso no es asi machote antes de aconsejar semejantes barbaridades informate un poquito :nea:
 
Estado
Hilo cerrado
Atrás
Arriba Pie