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¿Modo de no quedarse en la calle por no pagar la hipoteca?

  • Iniciador del hilo Claudio
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Hilo cerrado
Claudio

Claudio

Milpostista
Sin verificar
Me llegó un correo con el texto que añado a continuación. A ver si los entendidos en leyes nos pueden hacer algún comentario al respecto. Gracias anticipadas.
"Si estás en peligro de perder tu piso, por no pagar la hipoteca, o si sabes de alguien que está en esa situación, hay una solución totalmente legal: Alquila el piso a algún familiar (que no aparezca en la hipoteca) por un precio simbólico de 1 ó 5€ al mes durante 100 años y registra el contrato en el Registro de la Propiedad. El banco se quedará el piso, pero no podrá echar al inquilino gracias a ese contrato y tan sólo le tendrá que pagar al banco el alquiler simbólico al mes. Es totalmente legal, hasta que los bancos consigan cambiar la legislación, pero es la mejor solución a los embargos injustos que están haciendo."
 
No tengo mucha idea de Derecho, pero creo que eso es un fraude de ley.
 
Ya lo hablamos hace tiempo, y no, no cuela...por innumerables y sólidas razones, algunas ya comentadas.
 
Eso no es así.

Otra cosa es que se haga (con unas condiciones más reales porque lo de 100 años tiene tela), y que mientras que el Banco descubre que la vivienda tiene "bicho" y solicite el lanzamiento por tratarse de un contrato simulado o realizado en fraude de ley, hasta que se lleve a cabo el efectivo lanzamiento, hayan transcurrido muchos meses en los cuales el ocupante ha continuado viviendo en la casa. Pero no es lo normal, y no sale bien.
 
Hay un hilo igual. Y no cuela.
Ese mail es un hoax.
 
Estaríamos ante un contrato en fraude de acreedores, en este caso del Banco, salvo si se dan las siguientes circunstancias:

1. El contrato de arrendamiento es anterior a la situación de insolvencia o falta de pago de las cuotas del préstamo hipotecario.
2. El precio del arrendamiento es un precio de mercado --no son válidas las rentas ficticias o simbólicas--.
3. El arrendatario es ajeno al propietario y lo es de buena fe.

Si se dan estas circunstancias el Banco se subrogaría en la posición del propietario insolvente y el inquilino continuaría pagando la renta al Banco hasta que finalice el contrato de arrendamiento según la actual LAU.

Pero entiendo como el resto de los compañeros que este no es el caso que nos ocupa.

Saludos,
 
Última edición:
Evitarlo dificil, retrasarlo mucho no tanto.Basta por ejemplo con que pongas tu casa a nombre de una sociedad en vez de persona física y encima puedes deducir gastos.
Aunque para eso hay que tener empresa, ser autónomo o ganar bastante dinero(tampoco tanto, un médico podria hacerlo por ejemplo).
En teoria es un "fraude"pero como todo en este pais parece que se permite...
¿Como crees que llevan viviendo muchos famosos o por ejemplo los Ruiz Mateos con sus mas de 40 casas o mansiones embargadas bajo varias ordenes, desde hace ya años?;-)

Y aqui no ha pasado nada:pardon:,luego le quitan la casa a una familia humilde en cuestion de meses entrando en su casa como si fuera un delincuente o un traficante.
Saludos
 
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no se...pagar la hipoteca?:ok::
 
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