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Hacienda y el FCV

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Teniendo en cuenta que mis únicos conocimientos en materia impositiva son gimnásticos (pego saltos de alegría si hacienda me devuelve mi dinero en la declaración) me pregunto: ya que tan claramente realizamos diariamente transacciones entre particulares a veces de importe elevado y no ocultamos precios... ¿Hacienda mira hacia otro lado? ¿Estas transacciones entre particulares no tributan? ¿O tal vez algún día nos den una sorpresa ahora que hay que recaudar?
::Dbt::
Gracias de antemano por vuestras aclaraciones:ok::
 
Hace poco se estuvo hablando sobre este asunto en un hilo donde un forero mostraba su preocupación ante la nueva normativa de prevención del blanqueo de capitales, que obliga a los bancos a identificar a quien ordene una transferencia (o a quien haga un imgreso en cuenta) de importe superior a 1.000€ en lugar de los 3.000€ anteriores. Pero el trasfondo es exactamente el mismo. Es una compra-venta de un reloj un hecho imponible?

Efectivamente, estas transacciones hechas a nivel de particulares no tributan IVA. Este sólo se devenga cuando el vendedor lo hace a título profesional.

El debate sería más confuso si hablamos del ITPAJD (Impuesto sobre Transmisiones Partrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) que grava las transmisiones patrimoniales entre particulares. Si no estoy equivocado, no es que la compra-venta de relojes entre particulares esté explicitamente exenta, sino más bien digamos que la Administración Tributaria se preocupa de recaudar estos impuestos sólo en las transmisiones patrimoniales de bienes que deban inscribirse en un determinado registro, como son los bienes inmuebles (Registro de la Propiedad), vehículos a motor (Registro de Tráfico), embarcaciones (Rol marítimo)... Pero digamos que en los bienes no inscribibles, no se molesta ni en pretender recaudar.

Asi que puedes estar tranquilo. Mientras la compra-venta de relojes no sea tu actividad profesional, no hay de qué preocuparse. Otra cosa es cuándo podemos suponer que unas determinadas transacciones puedan o no considerarse actividad profesional. El principal factor es el ánimo de lucro, pero en qué medida debe haberlo para que pueda presumirse que hay acividad profesional, lo desconozco.

Saludos.

Ex.II
 
Última edición:
Asi que puedes estar tranquilo. Mientras la compra-venta de relojes no sea tu actividad profesional, no hay de qué preocuparse. Otra cosa es cuándo podemos suponer que unas determinadas transacciones puedan o no considerarse actividad profesional. El principal factor es el ánimo de lucro, pero en qué medida debe haberlo para que pueda presumirse que hay acividad profesional, lo desconozco.

Hacienda dice que una actividad es profesional cuando vendes un reloj, que previamente has comprado, para ganarte un dinerillo. Sea cual sea el importe, hay un animo de lucro y por tanto se considera una actividad profesional.

Por otra parte, si compras y vendes muchos relojes por coleccionismo, tambien te puedes ver afectado. Hacienda limitaba a 25.000 euros al año, el importe por el cual podias comprar y vender objetos de coleccionismo, sin considerarte un profesional. Si pasas de esa cifra al año, te obligan a darte de alta en un regimen especial de compra y venta de bienes usados y de coleccionismo. Te tienes que hacer autonomo y todas esas cosillas.

Todo esto me lo dijeron en hacienda hace unos años, por lo que no se si actualmente la cifra de 25.000 euros ha subido o ha bajado. Me temo que debe de seguir igual porque en Ebay, si vendes mas de esa cifra y no eres profesional, te cancelan la cuanta.
 
Hacienda dice que una actividad es profesional cuando vendes un reloj, que previamente has comprado, para ganarte un dinerillo. Sea cual sea el importe, hay un animo de lucro y por tanto se considera una actividad profesional.

Por otra parte, si compras y vendes muchos relojes por coleccionismo, tambien te puedes ver afectado. Hacienda limitaba a 25.000 euros al año, el importe por el cual podias comprar y vender objetos de coleccionismo, sin considerarte un profesional. Si pasas de esa cifra al año, te obligan a darte de alta en un regimen especial de compra y venta de bienes usados y de coleccionismo. Te tienes que hacer autonomo y todas esas cosillas.

Todo esto me lo dijeron en hacienda hace unos años, por lo que no se si actualmente la cifra de 25.000 euros ha subido o ha bajado. Me temo que debe de seguir igual porque en Ebay, si vendes mas de esa cifra y no eres profesional, te cancelan la cuanta.

Quien pudiera tener ese presupuesto AL AÑO para fichajes...

:clap:


Ex.II
 
La verdad es que la pregunta tiene miga, yo últimamente me espero casi cualquier cosa de la clase politica en general, aunque yo particularmente desde mi mas absoluta ignorancia no veo el motivo por el que tendriamos que tributar al no ser una actividad profesional con animo de lucro, pero a saber cuando nos dan la sorpresa.
Por cierto la misma pregunta seria aplicable a cualquier otro portal de compraventa de cualquier artículo que sobrepase los mil euros como bien dice Explorer II no???
 
yo no se muy bien como esta la cosa en hacienda pero tal y como estan las cosas yo no me extrañaria que empezaran a llamar a cuentas a cualquiera con cualquier tipo de transaccion, sea de un reloj, un cuadro, un cromo,o cualquier cosa con un valor "elevado" porque el coleccionismo es una forma de ahorro, casi siempre en negro y con valores bastante importantes.Asi que cuidadito con los ingresos que papa estado necesita dinerito y la unica forma de sacarlo es achuchandonos un poco mas,total... reventar otro mercado despues de lo visto,les da igual
 
Gracias por estas sabias aclaraciones.:clap: Estaré muy tranquilo, mi presupuesto para relojes no llega ni de lejos a esos 25.000 € anuales.:ok::
 
La verdad es que la pregunta tiene miga, yo últimamente me espero casi cualquier cosa de la clase politica en general, aunque yo particularmente desde mi mas absoluta ignorancia no veo el motivo por el que tendriamos que tributar al no ser una actividad profesional con animo de lucro, pero a saber cuando nos dan la sorpresa.
Por cierto la misma pregunta seria aplicable a cualquier otro portal de compraventa de cualquier artículo que sobrepase los mil euros como bien dice Explorer II no???

No te lies, lo de los 1.000€ no tiene que ver con que la compra de relojes devengue o no impuestos. Solo tiene que ver con movimientos bancarios y la ley de blanqueo de capitales. Puedes seguir comprando bienes a titulo particular (no profrsional) por importe superior a 1.000€ sin preocuparte. Lo único es que si el pago lo haces a traves de un banco, este deberá identificarte.

Saludos.


Ex.II
 
  • #10
No te lies, lo de los 1.000€ no tiene que ver con que la compra de relojes devengue o no impuestos. Solo tiene que ver con movimientos bancarios y la ley de blanqueo de capitales. Puedes seguir comprando bienes a titulo particular (no profrsional) por importe superior a 1.000€ sin preocuparte. Lo único es que si el pago lo haces a traves de un banco, este deberá identificarte.

Saludos.


Ex.II

Hombre, todo depende de cuantos compres... con el registro de estas operaciones se pretende poder encontrar movimientos extraños y que no se correspondan con el poder adquisitivo declarado por el titular de la cuenta.

Por ejemplo si compras y vendes 30 relojes al años, te podrán las pilas porque considerarán que estás realizando unas operaciones de compraventa, si compras 50 relojes al año y resulta que declaras unos ingresos de 20.000 euros al año, pues mirarán con lupa de dónde sale el dinero... y ese tipo de cosas.
 
  • #11
yo entiendo que una cosa es comprar articulos de consumo,o intercambiar,y otra ser un profesional.De todas formas ,para consideración de los foreros .¿cual es la diferencia entre vender un coche por 3000e con su pago a hacienda y vender un reloj sin pasar por caja? saludos
 
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