Claudio
Milpostista
Sin verificar
Buenos días. Desearía consejo de algún forero que entienda algo de asuntos de impuestos acerca de qué hacer en este caso que voy a relatar:
El viernes pasado recibió mi mujer, por correo certificado con acuse de recibo, un escrito de la agencia recaudatoria de impuestos de la Región de Murcia en la que se le notificaba una resolución por la que debía pagar el IBI de los años 2008, 2009, 2010 y 2011 de una casa (en el catastro figura como almacén) que está en una localidad de Murcia. Dicho inmueble perteneció, por muy poco tiempo, a su madre (mi suegra), ya que lo vendió en 1987 o 1988, poco después de haberlo adquirido en herencia de una tía suya. Mi suegra falleció en 1991 y dejó como herederas a mi mujer y a una nieta, hija única de la única hermana de mi mujer, que había fallecido mucho tiempo atrás. Como es natural, tanto mi mujer como su sobrina NUNCA heredaron la mencionada casa, ya que era IMPOSIBLE que formara parte de la herencia al haber sido vendida varios años antes. Probablemente, aquella casa haya pasado en los últimos 25 años por varias manos. Hasta puede ser que haya formado parte de alguna herencia que, en este caso quizá sí, sean los herederos deudores de la hacienda regional. Hasta pudiera ser que esa casa no exista en la actualidad. No podemos saber estas circunstancias. Es más, mi mujer ni sabía a qué casa se referían en el escrito de Murcia. Fue por mí por quien lo supo, ya que casualmente llegué a conocer aquella casa (fui yo quien puso el cartel de "se vende" en su puerta hace como 25 o 26 años). Según el escrito de Murcia, mi suegra, al fallecer en 1991, dejó a deber el IBI de 20 años después de su muerte (así lo vienen a decir casi textualmente).
En este caso, es tan “rara” la manera que utilizan para cobrar algo ilegalmente, que hasta pudiera pensarse que se trata de un delito de prevaricación o de una supina torpeza. ¿Qué podemos hacer?
Gracias anticipadas por vuestras respuestas.
El viernes pasado recibió mi mujer, por correo certificado con acuse de recibo, un escrito de la agencia recaudatoria de impuestos de la Región de Murcia en la que se le notificaba una resolución por la que debía pagar el IBI de los años 2008, 2009, 2010 y 2011 de una casa (en el catastro figura como almacén) que está en una localidad de Murcia. Dicho inmueble perteneció, por muy poco tiempo, a su madre (mi suegra), ya que lo vendió en 1987 o 1988, poco después de haberlo adquirido en herencia de una tía suya. Mi suegra falleció en 1991 y dejó como herederas a mi mujer y a una nieta, hija única de la única hermana de mi mujer, que había fallecido mucho tiempo atrás. Como es natural, tanto mi mujer como su sobrina NUNCA heredaron la mencionada casa, ya que era IMPOSIBLE que formara parte de la herencia al haber sido vendida varios años antes. Probablemente, aquella casa haya pasado en los últimos 25 años por varias manos. Hasta puede ser que haya formado parte de alguna herencia que, en este caso quizá sí, sean los herederos deudores de la hacienda regional. Hasta pudiera ser que esa casa no exista en la actualidad. No podemos saber estas circunstancias. Es más, mi mujer ni sabía a qué casa se referían en el escrito de Murcia. Fue por mí por quien lo supo, ya que casualmente llegué a conocer aquella casa (fui yo quien puso el cartel de "se vende" en su puerta hace como 25 o 26 años). Según el escrito de Murcia, mi suegra, al fallecer en 1991, dejó a deber el IBI de 20 años después de su muerte (así lo vienen a decir casi textualmente).
En este caso, es tan “rara” la manera que utilizan para cobrar algo ilegalmente, que hasta pudiera pensarse que se trata de un delito de prevaricación o de una supina torpeza. ¿Qué podemos hacer?
Gracias anticipadas por vuestras respuestas.
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