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Duda rapida de tributacion de sociedades limitadas

  • Iniciador del hilo Mr. Jones
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Mr. Jones

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Hola

me estoy planteando constituir una sociedad de responsabilidad limitada a traves de la cual prestar mis servicios y mi duda es la siguiente:

Dicha sociedad cotizaria por sus beneficios por el tipo fijo definido (25% creo, hasta un determinado limite de beneficio)

Mi duda: yo, como socio, deberia tributar adicionalmente por los rendimientos que me generaran dichos beneficios al tipo fijo de 19% de rendimientos de inversiones?

muchas gracias :ok::
 
Hola

me estoy planteando constituir una sociedad de responsabilidad limitada a traves de la cual prestar mis servicios y mi duda es la siguiente:

Dicha sociedad cotizaria por sus beneficios por el tipo fijo definido (25% creo, hasta un determinado limite de beneficio)

Mi duda: yo, como socio, deberia tributar adicionalmente por los rendimientos que me generaran dichos beneficios al tipo fijo de 19% de rendimientos de inversiones?

muchas gracias :ok::

Efectivamente, en caso de tener beneficios tributarías en IRPF un 19% que es el que retiene en el momento que se produzca el reparto de los mismos.

Otra opción, si vas a ser trabajador de la S.L, puedes tener una nómina en la sociedad, la cual se considera como gasto y que sufre la retención que por su cuantía y circunstancias familiares y personales te corresponda. Esta opción como es lógico disminuye los benefecios en el Impuesto de Sociedades. Esto es independientemente que en el Régimen de la S.S, cotizarás como autónomo si tienes al menos el 50% de la Sociedad.

Un saludo.

Saludos.
 
Efectivamente, en caso de tener beneficios tributarías en IRPF un 19% que es el que retiene en el momento que se produzca el reparto de los mismos.

Otra opción, si vas a ser trabajador de la S.L, puedes tener una nómina en la sociedad, la cual se considera como gasto y que sufre la retención que por su cuantía y circunstancias familiares y personales te corresponda. Esta opción como es lógico disminuye los benefecios en el Impuesto de Sociedades. Esto es independientemente que en el Régimen de la S.S, cotizarás como autónomo si tienes al menos el 50% de la Sociedad.

Un saludo.

Saludos.

muchas gracias:ok::

o sea que al final si suponemos que mi sociedad tiene unos beneficios de pongamos 100.000, de ahi en primer lugar pagaria el 25% de impuesto de sociedades, por lo que me quedarian para mi reparto 75.000.

Y de esos 75.000 deberia tributar al 19%, o sea que limpios me llegarian 60750.

Total, que al contrario de lo que dicen por ahi acabarias tributando por casi el 40% de tus beneficios, no es cierto?

Me quedo con ese porcentaje para saber si me interesa cambiar o seguir de autonomo y tributar por IRFP como estoy.

Lo de estar en nomina creo que no me interesa, porque entonces lo que me quito de tributar al 25% via gastos de nomina me tributaria por IRPF al tipo que correspondiera, probablemente superior, y ademas mis costes de SS seria mayores al ser la base mayor.
 
si

tributarás los beneficios como los de cualquieras otra acciones que poseas, es lo mismo

así mismo también tienes la franquicia de los 1400€ aproximadamente exentos (mientras dure)

pd ahora que lo leo mejor, los beneficios deberás imputártelos a tu renta personal (IRPF) en la medida en que los distribuyas, si se acuerda en la junta de socios dejarlos como reserva voluntaria sólo tributarán por sociedades
 
muchas gracias:ok::

o sea que al final si suponemos que mi sociedad tiene unos beneficios de pongamos 100.000, de ahi en primer lugar pagaria el 25% de impuesto de sociedades, por lo que me quedarian para mi reparto 75.000.

Y de esos 75.000 deberia tributar al 19%, o sea que limpios me llegarian 60750.

Total, que al contrario de lo que dicen por ahi acabarias tributando por casi el 40% de tus beneficios, no es cierto?

Me quedo con ese porcentaje para saber si me interesa cambiar o seguir de autonomo y tributar por IRFP como estoy.

Lo de estar en nomina creo que no me interesa, porque entonces lo que me quito de tributar al 25% via gastos de nomina me tributaria por IRPF al tipo que correspondiera, probablemente superior, y ademas mis costes de SS seria mayores al ser la base mayor.


piénsatelo

pues como asalariado tienes unas reducciones en la base imponible que desaparecen si solo tienes ingresos del capital.

por otro lado, a las entidades financieras no les gusta que sus clientes no tengan nómina
 
si

tributarás los beneficios como los de cualquieras otra acciones que poseas, es lo mismo

así mismo también tienes la franquicia de los 1400€ aproximadamente exentos (mientras dure)

pd ahora que lo leo mejor, los beneficios deberás imputártelos a tu renta personal (IRPF) en la medida en que los distribuyas, si se acuerda en la junta de socios dejarlos como reserva voluntaria sólo tributarán por sociedades

Pero la reserva voluntaria si le quiero "meter mano" para mis gastos siendo yo el unico socio, no podria si los hubiera dejado como reserva voluntaria no? tendria que distribuirlos... pero como controla hacienda que no los aplico en mi beneficio?

el tema de los bancos afortunadamente no me preocupa mucho: nunca les he pedido dinero y espero no tener que hacerlo:)

muchas gracias
 
Tremendo,¡¡pagar un 40% de los beneficios!! 8o...pero,pero,es imposible sostener una sociedad con empresas estas condiciones,esto solo nos empobrece. Con tantos impuestos para sostener un estado no de bienestar,sino derrochador e incapaz en su función administrativa... no pinta nada bien,saludos y perdón por la perorata.
 
...siendo yo el unico socio

::Dbt::

pues si la idea es hacer una sociedad unipersonal creo que se aplica la nueva legislación (de hace un año) de operaciones vinculadas (equivalente a la antigua ley de transparencia fiscal) que te trasladaría todo el beneficio de la sociedad a tu renta personal.....

es decir, que te tendrías que buscar uno o varios socios para evitar la aplicación de la ley
 
::Dbt::

pues si la idea es hacer una sociedad unipersonal creo que se aplica la nueva legislación (de hace un año) de operaciones vinculadas (equivalente a la antigua ley de transparencia fiscal) que te trasladaría todo el beneficio de la sociedad a tu renta personal.....

es decir, que te tendrías que buscar uno o varios socios para evitar la aplicación de la ley

o sea que al final, me voy a ahorrar poco con la sociedad limitada... se ve que lo mas ventajoso es precisamente la limitacion de responsabilidad civil, pero no le veo muchas ventajas impositiva, asi que creo que me quedare como estoy

muchas gracias por la ayuda
 
  • #10
Tremendo,¡¡pagar un 40% de los beneficios!! 8o...pero,pero,es imposible sostener una sociedad con empresas estas condiciones,esto solo nos empobrece. Con tantos impuestos para sostener un estado no de bienestar,sino derrochador e incapaz en su función administrativa... no pinta nada bien,saludos y perdón por la perorata.

El 40% es la suma de la tributación societaria y de la persona física. No es tanto.
 
  • #11
o sea que al final, me voy a ahorrar poco con la sociedad limitada... se ve que lo mas ventajoso es precisamente la limitacion de responsabilidad civil, pero no le veo muchas ventajas impositiva, asi que creo que me quedare como estoy

muchas gracias por la ayuda

La limitación, en las soceidades, de responder hasta el límite del capital, NO SE DA en las sociedades unipersonales :whist::
 
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