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2 meses sin cobrar salario! algun abogado por favor!!!

  • Iniciador del hilo DIEGO HID
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DIEGO HID

DIEGO HID

Habitual
Sin verificar
Hola compañeros!

Con esto de la crisis la empresa de mi santa esposa esta medio en quiebra, agonizando vamos..... es una Gestoria que tramitan la burocracia pra firmar hipotecas, prestamos y toda esta serie de cosas relacionadas con la compra venta de inmuebles.
Pues bien como todos sabreis ahora no se vende y por lo tanto no hay casi trabajo, pues el problema es que ya van dos meses sin cobrar.....

Mi pregunta es! que derechos tiene un trabajador ante semejante situación..... que derechos tiene? es denunciable?...... y por ultimo en caso de despido y cierre de la empresa el Jefe se declararia insolvente y por lo tanto adios finiquito y salarios deudores, Les meteria en un ere y a esperar a verlas venir.....
agradeceria algun consejo por favor, esperar y aguantarse o ir a denunciar a u abogado....
saludos
Diego
 
De lo poquísimo que se de estas cuestiones es que los créditos de los trabajadores son muy privilegiados, pero si no hay dinero ni bienes para pagar...

Animo.
 
Que se asesore en algún sindicato....pero sí te digo que no iría a trabajar sin cobrar.
 
Aunque no soy abogado, creo recordar que los empleados tienen máxima prioridad una vez declarada la suspensión de pago. SI no hubiera manera, existe tb el Fondo de Garantía Salarial, dependiente del Estado, que tb está para cubrir posibles impagos

Probablemente googleando encuentres mucha más info

suerte!
 
Que se asesore en algún sindicato....pero sí te digo que no iría a trabajar sin cobrar.

Y encima de no cobrar, despido improcedente por no ir a trabajar. Eso de momento, no sé si debe hacerlo.
 
Hola,
Hace unos cuantos años a mí me pasó algo parecido y tuve que ir a trabajar durante 3 meses sin cobrar hasta que la empresa ( con sede en Cataluña) presentara suspensión de pagos y el juzgado ( creo recordar ) diera situación de quiebra.
Si me iba, perdia todos mis derechos a liquidación, salarios impagados y atrasos, además de al ser por voluntad propia, mi derecho al paro. Me aguanté como pude gracias que mi mujer tambien trabaja y finalmente cuando hubo suspensión de pagos en un par de semanas el Juzgado de los Social me pasó a situación de despido improcedente al no personarse la empresa al acto de conciliación.
Mi abogado presentó las pertinentes reclamaciones de salarios impagados e indemnizaciones y fueron asumidas el día de la vista por el representante del FOGASA (Fondo de Garantía Salarial ) con lo que en unos meses cobre un porcentaje de lo adeudado (muchos meses tardó).
Inmediatamente a la sentencia de despido, me fui al Inem para darme de alta como desempleado y acceder al paro, pero los meses sin cobrar no me los quitó nadie.
Acudid a un laboralista o a un sindicato, que solo os cobrarán el papeleo y normalmente le pedirán que se afilie o quizás le cobren una minuta pequeña.
Yo opté por un laboralista y mi compañero por un sindicato. Quedó todo solucionado en la misma semana para los dos, pero a él le costó 100000 pesetas menos que a mí.
Tambien podéis intentar llegar a un acuerdo con el empresario para rescindir el contrato y por lo menos quedar libre y cobrar el paro que es más que trabajar sin cobrar.

Salu2 y suerte.
 
Muchas gracias! pero creo que cuando te deben mas

Hola,
Hace unos cuantos años a mí me pasó algo parecido y tuve que ir a trabajar durante 3 meses sin cobrar hasta que la empresa ( con sede en Cataluña) presentara suspensión de pagos y el juzgado ( creo recordar ) diera situación de quiebra.
Si me iba, perdia todos mis derechos a liquidación, salarios impagados y atrasos, además de al ser por voluntad propia, mi derecho al paro. Me aguanté como pude gracias que mi mujer tambien trabaja y finalmente cuando hubo suspensión de pagos en un par de semanas el Juzgado de los Social me pasó a situación de despido improcedente al no personarse la empresa al acto de conciliación.
Mi abogado presentó las pertinentes reclamaciones de salarios impagados e indemnizaciones y fueron asumidas el día de la vista por el representante del FOGASA (Fondo de Garantía Salarial ) con lo que en unos meses cobre un porcentaje de lo adeudado (muchos meses tardó).
Inmediatamente a la sentencia de despido, me fui al Inem para darme de alta como desempleado y acceder al paro, pero los meses sin cobrar no me los quitó nadie.
Acudid a un laboralista o a un sindicato, que solo os cobrarán el papeleo y normalmente le pedirán que se afilie o quizás le cobren una minuta pequeña.
Yo opté por un laboralista y mi compañero por un sindicato. Quedó todo solucionado en la misma semana para los dos, pero a él le costó 100000 pesetas menos que a mí.
Tambien podéis intentar llegar a un acuerdo con el empresario para rescindir el contrato y por lo menos quedar libre y cobrar el paro que es más que trabajar sin cobrar.

Salu2 y suerte.

de tres meses puedes tomar una decisión, denunciando al empresario para que te despida y puedas jugar tus cartas no???
por eso lo pregunto? para saber a partir de que mes sin cobrar se pueden tomar medidas legales en contra del Jefe.....
saludos y gracias.
Una cosa? Fogasa que paga solo 20 dias por año? y que suelen tardar en pagar? tengo en tendido que al menos casi un año??
 
Pues normalmente el impago de tres mensualidades se considerar incumplimiento contractual por la empresa (ojo, siempre que dicho pago sea total y absoluto, no pagos parciales). Que tu mujer espere a los tres meses, una vez transcurridos yo presentaria conciliacion instando la resolucion por incumplimiento empresarial (los efectos legales son los mismos que el despido improcedente: 45 dias de salario por año hasta un maximo de 42 mensualidades). A la conciliacion no ira nadie casi seguro, pues entonces a juicio (demanda tambien al FOGASA) y que el juzgado de lo social te dicte sentencia declarando la resolucion contractual con los efectos ya señalados.

Iniciar ejecucion en el juzgado de la sentencia, una vez firme, hasta que se consiga resolucion declarando la insolvencia de la empresa y puedas cobrar del FOGASA (dentro de los limites legales, ya que hay unos topes, pero no estan nada mal).

Los mismos pasos para reclamar los salarios pendientes, ya que tienen que tramitarse por separado.

Sindicato o abogado laboralista? No soy objetivo, asiq no te contesto a esta pregunta.

Saludos
 
Aparte de todo lo que te han recomendado, está claro que tu mujer tiene que ir a hacer que trabaja en el trabajo.

Saludos
 
  • #10
Y encima de no cobrar, despido improcedente por no ir a trabajar. Eso de momento, no sé si debe hacerlo.

De despido improcedente nada, despido procedente. Sea cual fuere la situación tiene tres opciones : ir a currar sin cobrar, largarse a otra empresa o negociar un despido con la empresa.

En caso de despido procedente, ni indemnización no prestación por desempleo. Creo que es mejor aguantar o ir buscando otra empresa a dodnde ir y luego reclamar por vía judicial los salarios pendientes... pero eso tiene un riesgo: al no ser ya un trabajador de la empresa, en caso de que la cosiedad entre en concurso de acreedores, será un acreedor más sin las ventajas de ser uno de los trabjadores de la empresa (puesto que ya no lo es).
 
  • #11
El Fogasa está bastante seco. Tardarán mucho tiempo en pagarte.
 
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