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Paquete extraviado en Correos

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costillin

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Buenas noches:

De nuevo vengo a pediros, por favor, vuestra opinión a un problema que me ha surgido.

Recientemente hice una venta de unos relojes a través de ebay. Los envié por Correos certificado al comprador y resulta que no los ha recibido aún.

Hace más de un mes del envío. Puse una reclamación a Correos y facilité, como es lógico, el número de reclamación al comprador. Hoy me pone el comprador una serie de reclamaciones a través de ebay sobre artículo no recibido. Según él, comenta que me van a indemnizar por paquete extraviado y le tengo que devolver el dinero íntegro de la venta.

Hoy no he podido llamar a Correos para saber en qué situación estaba la reclamación que hice. Mañana llamaré a Correos y pediré explicaciones del tema.

Os quería preguntar ¿si me indemnizan por paquete extraviado sabéis de qué cantidad estamos hablando? Porque en caso de que sea inferior a la de la venta ¿estoy obligado a devolverle la cantidad total al vendedor, incluso demostrando en ebay mediante el recibo de correos que hice el envío convenientemente?

Un saludo y muchas gracias por vuestras respuestas, la verdad estoy un poco agobiado con este tema.
 
Hola,

Si no contrataste un seguro en Correos, te pagarán una cantidad fija según el peso del paquete (si al final se perdió).

No pierdas la esperanza, es posible que el paquete no se haya perdido, sino solamente extraviado, a mí me pasó una vez algo así y el paquete apareció pero tardó unos días.

Eso sí, en cualquier caso el comprador no tiene culpa de nada, así que yo creo que le tendrías que devolver el dinero. Porque no es justo pagar una cosa y no recibirla.

Ahora bien: lo que hacen algunos vendedores de relojes es asegurar el envío, es decir cuando mandan un reloj, el paquete va asegurado por el dinero que vale el reloj, así si se pierde no pasa nada económicamente hablando.

Si vendes relojes de cierto precio quizá deberías considerar hacer envíos asegurados, aunque eso suponga cobrar un poco más de envío.

Saludos
 
Hola,

Si no contrataste un seguro en Correos, te pagarán una cantidad fija según el peso del paquete (si al final se perdió).

No pierdas la esperanza, es posible que el paquete no se haya perdido, sino solamente extraviado, a mí me pasó una vez algo así y el paquete apareció pero tardó unos días.

Eso sí, en cualquier caso el comprador no tiene culpa de nada, así que yo creo que le tendrías que devolver el dinero. Porque no es justo pagar una cosa y no recibirla.

Ahora bien: lo que hacen algunos vendedores de relojes es asegurar el envío, es decir cuando mandan un reloj, el paquete va asegurado por el dinero que vale el reloj, así si se pierde no pasa nada económicamente hablando.

Si vendes relojes de cierto precio quizá deberías considerar hacer envíos asegurados, aunque eso suponga cobrar un poco más de envío.

Saludos
No estoy de acuerdo en esta afirmaciones sin haber leído las condiciones de la venta.
En mi opinión, si las condiciones del envío eran por correo certificado sin asegurar y el comprador acepta esas condiciones, luego no puede exigir la modificación de esas condiciones unilateralmente.
Yo suelo enviar por MRW 24 horas y por Correo Certificado (siempre con gastos de envío "a cargo del comprador"). A veces el comprador pregunta si puede ser asegurado el envío y yo le comunico el costo de ese servicio "extra". Jamás ningún comprador me ha exigido que asegure el envío "a mi cargo" porque en las condiciones de envío no se incluye ese servicio. Cuando el comprador ha considerado que le compensaba pagar el sobrecosto del seguro, lo ha pagado y así se ha enviado, pero nunca nadie ha exigido ese servicio alegando que la responsabilidad de la pérdida es del vendedor.
Este caso se ha discutido muchas veces en este foro pero, como la mayor parte de los que han opinado eran compradores, la opinión mayoritaria, obviamente, era favorable a la postura de comprador. Eso no quiere decir que tenga que ser así.
A mi me ha ocurrido vender un artículo en eBay por 1 Euro y, al ser un artículo de muy bajo precio, ofrecer unos gastos de envío y manipulación (empaquetado, tiempo perdido en Correos, etc.) de 3 €. En previsión de posibles problemas, ofrecí al comprador el envío certificado con un costo de 5 € - sobrecosto estricto de Correos - y no lo aceptó. Al cabo de un tiempo, el comprador me comunicó que no había recibido el envío (yo no podía probar si era cierto o no) y le contesté que le había ofrecido envío certificado y no quiso aceptarlo para ahorrarse 2 €. Comoquiera que siguió diciendo que no había recibido el reloj (puede que sí o puede que nó porque no se puede probar). me gané un voto negativo. Para mayor información, quiero añadir que, cuando comunicó la no recepción, le ofrecí devolverle el precio de la venta (1 €), aunque no los gastos de envío (3 €) o descontarle el total (4 €) si me compraba otro artículo de mayor precio. Su comentario en el voto fué: "pague el reloj y nunca lo recibi. trato desagradable y chulesco.".
Conclusión: El comprador siempre tiene razón (en este foro, al menos).
 
Yo iba a iniciar un nuevo hilo, pero visto este me sumo al carro, he comprado en USA un Reloj para mi madre, con valor asegurado, el dia 1 de noviembre llega a Madrid y y el 3 está en teoria en Adunas de Bilbao, a partir de hay nada más llamdas a Madir a Bilbao y nadie sabe donde está mi reloj, le he escrito al americano y no me contesta, estoy pensando en abrir una disputa en Ebay o Paypal. Me supongo que al estar asegurado recupero todo el dinero.
Alguno ya tiene regalo de navidad :-((:-((:-((.
Un saludo
 
En mi opinión, si el comprador no va a recibir el producto por el que ha pagado se le debe devolver el dinero. A ver si tienes suerte y aparece el dichoso paquete, supongo que tarde o temprano aparecerá.
 
Lo legal es que el vendedor devuelva el dinero, salvo que en las condiciones de la venta se haga constar explícitamente que el transporte es por cuenta y riesto del comprador.

Deberíamos tener claro que comprar un producto y pagarlo por adelantado a través de internet siempre es arriesgado. Si el precio compensa el riesgo, entonces la operación puede interesar; pero si no es así ......
 
Lo siento mucho, pero salvo que se especifique expresamente que el envío es por cuenta y RIESGO del comprador, si un paquete no llega es responsabilidad del vendedor.

Para que una compraventa se de por realizada se tienen que dar dos situaciones:

1. Que el comprador satisfaga el precio pactado al
2. Que el bien se deposite en posesión del comprador

Si no es así, que quede bien claro que el comprador es quien asume el riesgo, el responsable del envío es el vendedor, por mucho que le cobre un dinero en concepto de gastos de envío.

Sé que no es muy habitual, pero deberíamos estar familiarizados con los terminos de los INCOTERM para realizar las compraventas, es todo mucho más claro y están hechos para eliminar equívocos.

Tú como comprador quieres vender EXW (Ex-Works), pues no estaría demás que expecificaras expresamente que ésa es tu condición de venta: en tu tienda y que el cliente pase a recogerlo por sus medios y bajo su responsabilidad.

Los vendedores habitualmente no especificáis claramente las condiciones de venta, sólo especificáis el tema de las tasas de aduanas, con lo cual dáis a entender que vendéis DDU (Delivered Duty Unpaid), en cuyo caso asumís todos los riesgos salvo el pago de aduanas.
 
Última edición:
El problema del extravio o el deterioro de una mercancia en el transporte es tan antiguo como el propio comercio. Ahora estamos hablando de un reloj quepuede suponer a titulo personal un importante desembolso pero imaginaros lo que supusso cuando se hundió en el canal de la Mancha aquel mercante con miles de coches de lujo. ¿Quien se hizo cargo de la perdida de la mercancia? ¿El vendedor?¿El comprador?. La respuesta es que depende de lo que figura en el contrato de compra-venta y ver que dice una sola linea del contrato referente a los INCOTERMS.
Para evitar tener que elaborar complejos contratos compra-venta en el que estarian implicados en caso de conflicto de comercio internacional juzgados de dos o mas paises o evitar en lo posible ambiguedades linguisticas se crearon los llamados INCOTERMS (los primeros son del año 1936) y se trata de unos terminos que describen completamente hasta donde llegan los derechos y obligaciones tanto del comprador como del vendedor y que ademas son reconocidos y aceptados tanto por empresas, camaras de comercio, juzgados de lo mercantil,etc.. Son aplicados tanto en el comercio local como internacional. Comprador y vendedor conocen (o deberian conocer) estos terminos y ambos cuando hacen el contrato compra-venta especifican claramente que Incoterm se aplican y queda reflejado en una linea del contrato tan importante o mas que el plazo de entrega, precio, forma de pago y condiciones particulares. Por ejemplo un envio con entrega sin derechos aduaneros en un punto de destino convenido seria DDU (Delevery Duty Unpaid) especificando el punto de destino convenido. El vendedor es responsable de la entrega en el punto convenido, no tiene que pagar derechos de aduana ni impuestos pero la cobertura de garantia es hasta su entrega y para ello deberá asegurarlo adecuadamente. La jurisprudencia respecto a la interpretacion de los INCOTERMS es tan amplia que no hay supuesto que no este suficientemente documentado. Y ahora os preguntareis porque todo este rollo. Pues tan sencillo como que el sentido comun del comprador muchas veces no coincide con el sentido comun del vendedor y para evitarlo en las transacciones de compra-venta hay que especificar hasta el mas minimo detalle. Con la compra venta de particulares o de empresas a particulares a traves de internet lo que estan aflorando son viejos problemas para nuevas formas de comercio. Viejos problemas que ya tienen sus soluciones desde hace varias decadas gracias a los Incoterms. Con esto no estoy planteando ni mucho menos que cuando entre nosotros nos compramos y vendemos un reloj llegemos al extremo de aplicar unos Incoterms pero si que sepamos que en el comercio no estan defiinidos los riesgos ni las condiciones "a priori", que nada se debe dar por supuesto y que cuando se hace un contrato de compra-venta (unos emails intercambiados a partir de un anuncio en el foro de compra venta puede tener la consideracion de contrato compra-venta) cuanto mas se especifique mejor. Perdon por el "tocho". No sabia como explicarlo con menos palabros. Ah se me olvidaba. Para el que quiera empaparse de Incoterms hay mucha literatura en la red y las webs de las camaras de comercio. Un enlace con una explicacion sencilla la teneis en la wikipedia. Fijaros que de hay mas incoterms que no incluyen seguro que los que si lo incluyen. Nunca deis nada por supuesto.
https://es.wikipedia.org/wiki/Incoterm
Salu2
 
Última edición:
Hola, a mi juicio la responsabilidad es del comprador, salvo que seas una tienda que te dediques a vender por Internet. Date cuenta que solo haces intercambio de mercancias entre particulares.

A mi hace 5 años se me perdió un paquete a Holanda en teoría llegó allí y fue en Holanda donde se perdió.
Al cabo de 1 mes despues de poner reclamación, etc Me llega una nota de correos con un dinero en efectivo en compensación. Fueron unos 40 euros. El holandes pagó por el reloj 300 euros.

Espero que se te solucione
 
  • #10
Al final se reduce a que especificar no es de desconfiados, es de gente que no quiere sobresaltos ni discusiones sobre quién paga qué. Cuando no hay problemas todos amigos, pero cuando hay problemas es cuando un contrato de compraventa perfectamente definido hace que después lo sigamos siendo.
 
  • #11
De Wikipedia:
Si el seguro no está incluido en los términos (por ejemplo, CFR) entonces el seguro para el transporte es responsabilidad del comprador.
 
  • #12
Detalle

Buenas noches:

De nuevo vengo a pediros, por favor, vuestra opinión a un problema que me ha surgido.

Recientemente hice una venta de unos relojes a través de ebay. Los envié por Correos certificado al comprador y resulta que no los ha recibido aún.

Hace más de un mes del envío. Puse una reclamación a Correos y facilité, como es lógico, el número de reclamación al comprador. Hoy me pone el comprador una serie de reclamaciones a través de ebay sobre artículo no recibido. Según él, comenta que me van a indemnizar por paquete extraviado y le tengo que devolver el dinero íntegro de la venta.

Hoy no he podido llamar a Correos para saber en qué situación estaba la reclamación que hice. Mañana llamaré a Correos y pediré explicaciones del tema.

Os quería preguntar ¿si me indemnizan por paquete extraviado sabéis de qué cantidad estamos hablando? Porque en caso de que sea inferior a la de la venta ¿estoy obligado a devolverle la cantidad total al vendedor, incluso demostrando en ebay mediante el recibo de correos que hice el envío convenientemente?

Un saludo y muchas gracias por vuestras respuestas, la verdad estoy un poco agobiado con este tema.

A ver si hay suerte y la cosa acab bien. De paso; parece ser que la envoltura de material valioso en papel de aluminio evita su identificación por los escanners con lo que hay mas seguridad en su llegada.
 
  • #13
Detalle

Buenas noches:

De nuevo vengo a pediros, por favor, vuestra opinión a un problema que me ha surgido.

Recientemente hice una venta de unos relojes a través de ebay. Los envié por Correos certificado al comprador y resulta que no los ha recibido aún.

Hace más de un mes del envío. Puse una reclamación a Correos y facilité, como es lógico, el número de reclamación al comprador. Hoy me pone el comprador una serie de reclamaciones a través de ebay sobre artículo no recibido. Según él, comenta que me van a indemnizar por paquete extraviado y le tengo que devolver el dinero íntegro de la venta.

Hoy no he podido llamar a Correos para saber en qué situación estaba la reclamación que hice. Mañana llamaré a Correos y pediré explicaciones del tema.

Os quería preguntar ¿si me indemnizan por paquete extraviado sabéis de qué cantidad estamos hablando? Porque en caso de que sea inferior a la de la venta ¿estoy obligado a devolverle la cantidad total al vendedor, incluso demostrando en ebay mediante el recibo de correos que hice el envío convenientemente?

Un saludo y muchas gracias por vuestras respuestas, la verdad estoy un poco agobiado con este tema.

A ver si hay suerte y la cosa acaba bien.
De paso; parece ser que la envoltura de material valioso en papel de aluminio evita su identificación por los escanners con lo que se corren menos riesgos.
 
  • #14
Hola:

Sintiendolo mucho si no aparece el paquete entiendo que deberías devolverle el dinero al comprador, no te voy a dar la chapa con preceptos legales, e imagino que otros compañeros también abogados del foro estarán de acuerdo conmigo.
Tu la unica opción que tienes de recuperar algo de dinero es hablar con correos a ver bajo que condiciones enviaste el paquete y que indemnización te corresponde.

Sorry
 
  • #15
De Wikipedia:
Si el seguro no está incluido en los términos (por ejemplo, CFR) entonces el seguro para el transporte es responsabilidad del comprador.
Siempre y cuando lo pongas bien en claro. Si tienes una tienda en internet y el afectado te quiere llevar a juicio tienes todas las de perder. Yo que tú elegía una de las formas del INCOTERM y lo diría expresamente qué incluye y qué no incluye el contrato de compraventa.

Pero allá cada cual.
 
  • #16
Pepeliza creo que estas interpretando mal el parrafo de la wilipedia .En el tema del seguro si esta contemplado o no se refiere al cuadro. Aquellos terminos que aparecen con la "X" el seguro corre por cuenta del comprador, en los que no corre por cuenta del vendedor pero no hay una responsabilidad "por defecto". En las transacciones comerciales de compra-venta todas las empresas tienen lo que se llaman las Condiciones Generales de Compra (o de venta) y en ellas figuran casi siempre los Incoterms aplicables en todas las transacciones. En los textos de cabecera del contrato hacen referencia a esas condiciones o bien se especifican otras alternativas previamente negociadas entre ambas partes. P.e. en las condiciones generales de compra de una empresa A consta que las condiciones de compra seran DDP pero en el contrato puede figurar expresamente un pedido con condiciones DDU y estas al estar expresamente detalladas en el contrato prevaleceran sobre las condiciones generales. Por esto, es muy dificil que un contrato de compra-venta de mercancias se firme sin que queden contemplados unos Incoterms. Pero cuando debido a error u omision estos Incoterms no quedan especificados (insisto a mi nunca se me dio un caso) y esto ocurre en empresas que recurren a la compra venta de forma esporadica y el contrato esta mal redactado queda en manos de los juzgados el resolver con las pruebas aportadas las responsabilidades de cada parte. Y aqui entramos en otro problema aun mayor (y todo por no usar los Incoterms.....). Una empresa o particulas de USA compra a una empresa o particular de la EU ¿Cual es el juzgado competente para una resolucion?¿El del lugar de compra? ¿el de venta? . Lo dicho y perfectamente resumido por Suso, todos amigos pero la burra por lo que vale. Cuanto mas se detalle mejor y no por desconfiar sino por seguir teniendo amigos.
Salu2
 
  • #17
Mi opinión es que un comprador sólo paga por un producto, por mucho que se le aplique mayor precio referente a gastos de envío. Es el vendedor el que ofrece un servicio, no sólo un producto, es decir que vende un producto "puesto en casa". Bastante hacemos los compradores en pagar por adelantado, que si fuese contra-reembolso no pasarían estas cosas.
Yo ahora si compro algo por internet sólo acepto contra-rembolso, como mucho pago una "señal" con la cual el vendedor se asegura que le voy a comprar el producto cuando llegue, y si al final no lo quiero peor para mi, y el vendedor no perderá ni un duro.

un saludo
 
  • #18
A ver si hay suerte y la cosa acaba bien.
De paso; parece ser que la envoltura de material valioso en papel de aluminio evita su identificación por los escanners con lo que se corren menos riesgos.

Si, pero basta que detecten el papel de aluminio para que te abran el paquete.
 
  • #19
Lamento no poder ayudarte mucho en este aspecto. Por mi parte desde hace unos días los relojes que he decidido vender los envío por mensajería con la mercancía asegurada. Hay que pagar algo más y creo también que eso los compradores lo entienden y además lo prefieren.
 
  • #20
Siento discrepar pero si arbitra un juzgado y en este por caso por ejemplo es Aleman, por ser el comprador Aleman, la constumbre y las normas de uso comun en transacciones en este pais establecen que el seguro debe ser acordado, bien mediante incoterms o bien de forma expresa. Por otros casos similares ya resueltos y si se demuestra que tu has enviado la mercancia (pare eso basta con que se haga un envio certificado) la responsabilidad del comprador termina justo cuando hizo el envio con lo que tu como vendedor has cumplido y el comprador por error u omision eres responsable al no dejar establecida donde termina la responsabilidad de cada uno. Ojo por esto a las compras a Alemania. Son cuadriculados. Es muy dificil que tengas un problema con un aleman pero en ebay se dan muchos casos de este tipo. Si no acuerdas el seguro con el vendedor, y no todos aceptan debido a problemas con las aseguradoras en el transporte de objetos valiosos, puedes pagar una joya y quedarte con un palmo de narices si es extraviado en el camino. Y lo peor de todo, si las cosas llegan a un juzgado ahi todos pierden.
Salu2
 
  • #21
Lamento no poder ayudarte mucho en este aspecto. Por mi parte desde hace unos días los relojes que he decidido vender los envío por mensajería con la mercancía asegurada. Hay que pagar algo más y creo también que eso los compradores lo entienden y además lo prefieren.

Haces bien. No tiene por qué pasar nada, pero lo bien hecho, bien hecho está. Incluso es una buena protección para tí, porque ¿te imaginas qué ocurriría si envías como carta un reloj sincertificar, sin acuse de recibo ni nada de nada y el comprador lo recibe, pero te dice que no y le acabas teniendo que devolver el dinero? Entra dentro de lo posible y caraduras hay en todas partes.

De esa manera, cubres tu riesgod e pérdida de paquete e incluso la picaresca por parte de algunos compradores que luego te montan un pollo de cuidado teniendo el reloj en sus manos para sacarse el reloj gratis.
 
  • #22
Hola

El comprador ha hecho bien en ponerte una reclamacion, ya que no ha recibido el reloj. No te debes molestar por ello, ya que tu harias lo mismo como comprador.

Lo que tienes que hacer ahora, es responderle en la reclamacion, que le has enviado el paquete por correo certificado, poniendo el numero de seguimiento. Tambien debes de poner que has hecho la pertinente reclamacion a Correos y que estas esperando su resolucion. No olvides adjuntar el numero del expediente de la reclamacion. De momento, no pongas mas cosas.

Ten en cuenta que las reclamaciones las leen los de Ebay y Paypal y en funcion de ello, deciden. Veran el anuncio, leeran lo que pongais los dos y tomaran una decision. Aunque parezca mentira, esta gente controla bastante bien estos temas, ya que tienen miles de reclamaciones diarias.

Yo tengo bastantes experiencias en casos similares a este, de compras y ventas en Ebay y siempre se han resuelto a mi favor. Eso si, yo en mis anuncios especifico bien la cosa. Pongo incluso hasta que importe esta asegurado el envio.

Por cierto, la cobertura de Correos en un envio certificado es de 30 euros.

Suerte
 
  • #23
En primer lugar os deseo dar las gracias a todos por vuestras aportaciones y consejos.

De momento sigue la disputa abierta y espero que sea Ebay el que se pronuncie al respecto. No estamos hablando de una gran cantidad de dinero pero quiero estar seguro si me corresponde a mi devolverlo ó no y de esa forma actuar en consecuencia.

Si Correos me va a indemnizar con 30 euros tendría que sumarle a esa cantidad el 90% para reembolsarle al comprador la cantidad que él abonó.

Esperaré si Ebay se mueve.

Tengo claro, de todas formas, que para el futuro especificaré la siguiente coletilla:

"envío por correo certificado sin asegurar por cuenta y riesgo del comprador. Envío asegurado xx euros más añadido".

Esperaré acontecimientos y ya os comentaré como resulta la historia.

Un cordial saludo y muchas gracias por vuestras atenciones.
 
  • #24
En primer lugar os deseo dar las gracias a todos por vuestras aportaciones y consejos.

De momento sigue la disputa abierta y espero que sea Ebay el que se pronuncie al respecto. No estamos hablando de una gran cantidad de dinero pero quiero estar seguro si me corresponde a mi devolverlo ó no y de esa forma actuar en consecuencia.

Si Correos me va a indemnizar con 30 euros tendría que sumarle a esa cantidad el 90% para reembolsarle al comprador la cantidad que él abonó.

Esperaré si Ebay se mueve.

Tengo claro, de todas formas, que para el futuro especificaré la siguiente coletilla:

"envío por correo certificado sin asegurar por cuenta y riesgo del comprador. Envío asegurado xx euros más añadido".

Esperaré acontecimientos y ya os comentaré como resulta la historia.

Un cordial saludo y muchas gracias por vuestras atenciones.
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  • #25
En primer lugar os deseo dar las gracias a todos por vuestras aportaciones y consejos.

De momento sigue la disputa abierta y espero que sea Ebay el que se pronuncie al respecto. No estamos hablando de una gran cantidad de dinero pero quiero estar seguro si me corresponde a mi devolverlo ó no y de esa forma actuar en consecuencia.

Si Correos me va a indemnizar con 30 euros tendría que sumarle a esa cantidad el 90% para reembolsarle al comprador la cantidad que él abonó.

Esperaré si Ebay se mueve.

Tengo claro, de todas formas, que para el futuro especificaré la siguiente coletilla:

"envío por correo certificado sin asegurar por cuenta y riesgo del comprador. Envío asegurado xx euros más añadido".

Esperaré acontecimientos y ya os comentaré como resulta la historia.

Un cordial saludo y muchas gracias por vuestras atenciones.

Supongo que quieres decir que tendrías que reembolsar 300 Euros, porque si le sumas el 90% a 30, se queda en 57 Euros.
 
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