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Dudas sobre contrato de compra-venta de relojes

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moyrules

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Milpostista
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Hola a todos!

Estoy negociando la compra de un reloj, fuera de este foro, y me sorprende lo que me plantean, a ver qué os parece. He enviado al vendedor el modelo de contrato que está aqui colgado en el foro, y el vendedor quiere que incluya esta clausula:

"Sin menoscabo de lo anteriormente expuesto, el comprador reconoce haber inspeccionado el el estado físico, funcionamiento y carácterísticas del reloj y lo acepta en plena conformidad, comprometiéndose a nada más pedir ni reclamar."

¿Qué os parece?

No se, yo no tengo formación jurídica, pero es la primera vez que veo que el vendedor quiere eludir responsabilidades sobre el estado del reloj (lo que en vehículos se llama, por ejemplo, vicios ocultos). ¿Os parece lógico y coherente?

Yo entiendo que conforme a derecho, vendedor y comprador podrán reclamar lo que tengan derecho a reclamar (p.ej. esos vivios ocultos). Eliminar ese derecho ... me mosquea que me lo pidan.

La verdad es que he comprado entre 8 y 10 relojes en este foro, y nunca hemos utilizado el contrato de compra-venta, he pagado tranquilo, y he recibido lo prometido. Pero fuera de este foro, parece la jungla.
 
Última edición:
Yo no aceptaría esa cláusula, mas que nada porque en una compraventa a distancia es completamente imposible que hayas podido comprobar nada. Como poder pretender incluirla, puede, de hecho como si aceptáis las dos partes que en vez del reloj, te envíe una foto del mismo, cada uno sabrá lo que acepta y firma.
 
Yo no aceptaría esa cláusula, mas que nada porque en una compraventa a distancia es completamente imposible que hayas podido comprobar nada. Como poder pretender incluirla, puede, de hecho como si aceptáis las dos partes que en vez del reloj, te envíe una foto del mismo, cada uno sabrá lo que acepta y firma.


Gracias por tu respuesta.

Lo cierto es que si que vamos a hacer la compra-venta en mano, así que sí que podré ver el reloj ... pero además de ver el estado general, la maquinaria es complicada de comprobar (qué tal meterlo en un cronocomparador?).

En el caso de los rolex, habiendo tanto producto aftermarket, es posible que el reloj tenga un componente no original, y esa clausula parece que es como: "ah! picaste! ya te la colé, no puedes reclamar!"
 
En ese caso hacer la compraventa en un concesionario oficial que certifique que todo es correcto y ya firmas lo que sea.

Gracias por tu respuesta.

Lo cierto es que si que vamos a hacer la compra-venta en mano, así que sí que podré ver el reloj ... pero además de ver el estado general, la maquinaria es complicada de comprobar (qué tal meterlo en un cronocomparador?).

En el caso de los rolex, habiendo tanto producto aftermarket, es posible que el reloj tenga un componente no original, y esa clausula parece que es como: "ah! picaste! ya te la colé, no puedes reclamar!"
 
Es una cláusula habitual en los contratos de compraventa de bienes usados, incluso inmuebles. Yo la pongo cuando mi cliente es el vendedor :D. normalmente no excluiría los vicios ocultos. Ahora bien, dado que se trata de un reloj usado y reconoces haber comprobado su estado y funcionamiento, como supongo que tan sólo lo podrás hacer durante unos minutos y no podrás asegurarte de su marcha, me pensaría firmarlo.

En todo caso, valoralo teniendo en cuenta tu interés en el reloj, su precio y que, al fin y al cabo, es una compraventa entre particulares, sin garantía.
 
ni loco firmo yo esto,sin verlo ni tocarlo
 
En mi opinión yo no lo aceptaria.
 
¿Y por qué no incluyes tú otra claúsula donde indique que el reloj y todos sus componentes son originales, y que su estado mecánico y de marcha es perfecto...?
 
¿Y por qué no incluyes tú otra claúsula donde indique que el reloj y todos sus componentes son originales, y que su estado mecánico y de marcha es perfecto...?

Utilizo el contrato modelo de este foro, si, e incluye para mi una clausula que habla de ello, de que el modelo no es una imitación, etc.
 
  • #10
ni loco firmo yo esto,sin verlo ni tocarlo

No, si el trato lo voy a hacer en mano, pero ... si yo no soy un experto (que no lo soy) y me cuelan algo, esa cláusula parece que exime al vendedor de todo
 
  • #11
De acuerdo con el compañero pacobel, pon esa coletilla.
 
  • #12
Al igual que toda su dotación es original.
 
  • #13
Si no tuviera nada que temer u ocultar, le daría igual poner eso que no.
 
  • #15
Y si es un reloj robado?

Y si es un reloj asegurado y dentro de un mes le dice a su seguro que se lo han robado?

Y si le ha entrado agua y sabe que se va a romper?

Y si.....

Y si.....
 
  • #16
Creo que es una cláusula claramente abusiva. Eliminar el saneamiento por vicios ocultos no me cuadra. Que se quede con el reloj.
 
  • #17
Amigo, si vas a poner esa cláusula en la compra-venta y quieres estar seguro, lo mejor que puedes hacer es que el reloj lo revise un relojero competente, o incluso dos, uno por cada parte, para que quede totalmente claro todo lo contenido en la transacción.
 
  • #18
Si te propone esa clausula ,yo sospecharía.
No lo compres sino quieres correr riesgos.
Un saludo
 
  • #19
Yo no lo haría; me quedo con lo que ha dicho Ducati, que sobre estos temas debe haber visto de todo. En todo caso, ¿es un reloj tan difícil de encontrar o con un precio tan bueno como para arriesgarse?
 
  • #20
No compraría un reloj bajo esa premisa. Da la sensación de haber algo debajo y querer eximirse.
 
  • #21
Estando de acuerdo con todas las opiniones anteriormente escritas, hay que tener en cuenta que muchas veces los compradores son bastante "puñeteros" y con un contrato de por medio el vendedor tambien tiene que sentirse protegido ante estos posibles problemas.
 
  • #22
Pues con esa calcula le quitas toda la gracia al Contrato. Eximes al vendedor de toda responsabilidad sobre el estado del reloj una vez realizada la transacción. Yo no firmaba eso.
 
  • #23
Y si es un reloj robado?

Y si es un reloj asegurado y dentro de un mes le dice a su seguro que se lo han robado?

Pues en ambos casos se le caerá el pelo si él lo ha vendido.
 
  • #24
Es mi opinión.
Claro está que cada uno arrima el ascua a su sardina.Y estais en derecho a hacerlo.Tu cláusula es justa pero ponte en el pellejo del vendedor y que por una negligencia tuya o por alguna acción tuya ,más o menos intencionada.el reloj se deteriorase.¿Qué ocurriría entonces?

Creo que haceis muy bien en proteger cada uno sus intéreses y no creo que haya nada por ocultar,si no que quizás resulte raro el hacer un contrato por la venta de un reloj.Si es un negocio ,el que te hagan una factura es visto como normal.En los pisos se va al notario,pero claro en un reloj resulta quizás un poco raro que un comprador te venga con un contrato,las cosas como son .Quizás haya recelado un poco también y quiera o pretenda anular esa cobertura que te da el contrato con sus cláusulas,poniéndote el también otras que claramente anula casi lo escrito por tí.

MI opinión es que no hay que molestarse.Si te interesa el reloj y el precio ,haced lo que se ha apuntado,sin menoscabo de firmar el contrato para que quede constancia al menos de la procedencia del mismo.
O sea,acudid a algún especialista que dictamine el estado del reloj al no ser tú un especialista.

Como anecdota,te contaré que un familiar vendió un piso que tenía ya cierta antiguedad y recuerdo que este tema que se ha mencionado de los vicios ocultos salió a colación ( y es una cosa muy común en los contratos de edificaciones y demás,no solo vehículos) y recuerdo que el comprador firmó una cláusula donde eximia al vendedor de toda responsabilidad.Logicamente el comprador se sorprendió de esto,no sabía que claro,le podían salir defectos que no se vieran.Lo que hicieron es que pusieron un plazo durante el cual este familiar mío se haría cargo de posibles defectos.Pasado éste,no fue un periodo muy amplio,se le eximía completamente.
Al final no salió ningún defecto pero ambos quedaron contentos con esa cláusula.
 
  • #25
Antes de comprarlo que pase una revisión en el SAT oficil de la marca,y después te lo piensas. ..antes de eso ni loco
 
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