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Duda sobre el seguro del hogar para nuestros relojes

Estado
Hilo cerrado
Adri2

Adri2

Forer@ Senior
Sin verificar
Buenas tardes compañeros,

me gustaría explicar mi caso. me robaron en casa hace 2 días algunas cosas entre ellas un rolex de 1994 y tengo dudas sobre el seguro, a ver si me podeis ayudar.

abajo explico las condiciones del seguro, a ver si alguien puede dar luz sobre el asunto.

gracias!

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Condiciones Generales

Contenido: objetos propiedad del asegurado, familiares y demás personas que convivan habitualmente en la vivienda.

a) Muebles, ajuar doméstico o personal, peletería, objetos de arte etc…
b) Objetos codiciables: joyas, objetos de metales preciosos excepto la plata, sellos o monedas de colección, cuadros y objetos de arte. Quedan garantizados DENTRO O FUERA de la caja de caudales:

- Limite máximo de 1.803€ de valor unitario para joyas y metales preciosos
- Limite máximo de 3.005€ de valor unitario sellos, monedas de colección, cuadros y objetos de arte

Condiciones especiales

Robo de contenido: Sustracción y/o deterioro de los bienes asegurados (para este riesgo solo de elementos de contenido) realizada en la vivienda asegurada siempre que los autores hubieran penetrado en su interior empleando algunos de los siguientes medios:
- Escalamiento
- - rompimiento de pared, techo, suelo o fractura de puerta o ventana
- - uso de llaves falsas, ganzúas u otros instrumentos para abrir puertas.
- Penetración clandestina

Este riesgo incluye

- Robo de dinero
- Daños al continente

Este riesgo no cubre “objetos codiciables” cuando la viviendo queda deshabilitada mas de cuarenta y cinco días consecutivos.
Sumas aseguradas

- El contenido y daños quedan garantizados hasta el 100% del capital asegurado para contenido, dentro de los limites establecidos en el articulo 3 de las condiciones generales y las limitaciones que en su caso aparezcan en las condiciones particulares

- El dinero quedará garantizado hasta 300,51€
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Bien, en esta situación me encuentro con un vacío legal (PUEDE) respecto al tema del RELOJ, como os comenté tengo factura de rolex de la revisión, fotos del reloj y fotos del reloj en mi muñeca, es decir, esta mas que demostrado que ese reloj pertenece a mi, ahora voy con lo interesante... CONSEGUIR EL DINERO.

1. El reloj es un submarirer Date 16610 ya descatalogado, del año 94.

2. ¿Como va a deducir el perito el valor del reloj?
- ¿teniendo en cuenta el valor del reloj que le ha sustituido? ( el 116600 date?)


3. Teniendo en cuenta que por joya, el seguro considera ---> "joyas, objetos de metales preciosos excepto la plata, sellos o monedas de colección, cuadros y objetos de arte" y el rolex es un reloj de acero puro y duro, nada más, no es de metal precioso (ni oro,ni platino ni nada...) ¿QUE ES LO QUE VA A PRETENDER EL PERITO?

¿Algún consejo? (no tengo clausula del tipo, bienes de valor superior a X se deben de declarar... y si no se hacen, se abonará x) (además en ningún sitio pone que se entiende por JOYA exactamente y si estan los relojes dentro de este termino)

Muchas gracias, lo que quiero es adelantarme al perito porque seguramente se aprovechan de la ignorancia de las víctimas para ahorrar dinero a la aseguradora y aquí... espero no tener dudas.
 
Hola compi ¿quieres que te lo mueva al general para que lo vea más gente? Al fin y al cabo es tema relojero...
 
Hola compi ¿quieres que te lo mueva al general para que lo vea más gente? Al fin y al cabo es tema relojero...

Hola Caballero.

Pues te lo agradecería la verdad :)

Muchas gracias!
 
A ver si los compañeros me pueden ayudar, muchas gracias.
 
Pues yo lamento pero ni idea... Solo desearte una vez más suerte y a ver si consigues el dinero

Enviado desde mi Aquaris E6 mediante Tapatalk
 
No estoy seguro, pero creo que ellos incluirían el reloj en el apartado de joyas siempre que la pieza fuese de oro o tuviese piedras preciosas...entonces creo que si lo considerarían joya, y , aún con todo eso sería con una cláusula especial sólo para asegurar el reloj, creo qu en tu caso no, lo mejor es que preguntes a cía seguros.

Un saludo
 
Y también creo que esa cláusula la pagarías aparte, y valorando cada pieza independientemente
 
Entiendo que el reloj debería entrar como joya, que lo es, sino como obra de arte, que también lo es. Fuera bromas, el problema es que no sé si poseer una factura de la revisión y fotos del reloj en tu muñeca va a ser suficiente, suelen exigir facturas de compra, espero que tu compañía de seguros sea buena y cumpla con sus obligaciones y no te suponga mucha pérdida. Ya nos contarás en qué se queda la cosa.
Un saludo y suerte.
 
tal y como lo entiendo yo, lo maximo que te dan es de 1803 euros, valga lo que valga el reloj, a no ser que hayas especificado los relojes que tengas y que hayas adoptado las medidas que te hayan indicado
 
  • #10
Saludos a todos.

Creo que el ilustre forero Cabanillas trabajo en la venta de seguros, le mandaría un privado.
 
  • #11
Gracias a todos por las aportaciones.

la clave desde mi punto de vista pasa por que en ningún sitio se especifica que es una joya (que no es un reloj, y menos de acero.. de oro todavía pero mi reloj no) y tampoco es de metal precioso.

Por lo que deberían (entiendo) darme el valor de su sucesor dado que no hay clausulas donde se meta el reloj, parece que debería de ir en contenido.

saludos
 
  • #12
Gracias a todos por las aportaciones.

la clave desde mi punto de vista pasa por que en ningún sitio se especifica que es una joya (que no es un reloj, y menos de acero.. de oro todavía pero mi reloj no) y tampoco es de metal precioso.

Por lo que deberían (entiendo) darme el valor de su sucesor dado que no hay clausulas donde se meta el reloj, parece que debería de ir en contenido.

saludos

Con la documentación que posees pienso que te servirá....mucha suerte:ok::y paciencia que te van a marear....todo lo posible e imposible

Un saludo
 
  • #13
Pues me temo que trataràn de colartelo como joya para pagarte solo 1800 pavos.

Cuando te llegue la notificación de la compañia de resolución del siniestro,mandame un privi con esa carta..a ver que podemos hacer

Enviado desde mi tontofón!
 
  • #14
Tennos informados por que hay mucho vacío en este tema y al final va a depender del tramitados que te toque y lo buen cliente que seas de la compañía...

Saludos
 
  • #15
No soy un especialista por lo cual mi respuesta es orientativa.

Tu 16610 no es una joya ni un objeto de material precioso, por tanto no está dentro del apartado b).

Está dentro del apartado a), está dentro del ajuar personal, por tanto no debería estar afectado por el límite de 1.803€ y entiendo que debe ser indemnizado por su valor real completo. (Ojo, excepto si excediese del total global asegurado, que no creo).

Su valor a indemnizar entiendo que ha de ser inferior al valor de reposición de reloj nuevo, porque es del año 1.994, lo has usado 11 años y algo se ha depreciado. Para determinarlo debes hacer un dossier (ya que eres un poco conocedor de relojes) aportando ofertas de venta de mercantes y de particulares de 16610 idénticos al tuyo a fin de facilitar u orientar al perito en su tarea de tasación, hazlo correctamente y con seriedad y lo adjuntas al parte de siniestro que hayas dado.

Edito para añadir: Quizás Deberías consultar a tu agente de seguros (quien te vendió la póliza) para asegurarte que aunque sea de acero no queda dentro de objetos de valor especial o similar.
 
Última edición:
  • #16
Yo hice el seguro hace 2 meses y me hicieron poner pieza por pieza y el valor en un nuevo apartado.
Me pidió fotos con el número de serie y así me dijo que me lo cubría, apenas subió el precio del seguro :)

Enviado desde mi Aquaris M5 mediante Tapatalk
 
  • #17
Entonces parece claro: se han de atener a ese importe, íntegro.
 
  • #18
Te respondo por experiencia propia:
Un reloj no es una joya a no ser que sea de oro o tenga piedras preciosas.
Por lo tanto te deberán compensar con su valor de reposición.
Los peritos no siempre saben de todo. Te consultará cual crees que es su valor y él lo comprobará o consultará con otro compañero perito...
Si te indemnizan por ese reloj u otros objetos y se encuentran, cosa poco probable, son de su propiedad dándote la opción de recuperarlo devolviendo el dinero con el que te indemnizaron.
En el caso de las joyas si que incluye en cada seguro una cantidad económica, un porcentaje del contenido o algo así. Dependerá de cada seguro.
No soy experto en estos temas ni mucho menos pero como te comentaba esto lo se por experiencia propia.
También te recomiento que hagas un seguro de hogar lo más completo posible y con alguien al que puedas acudir físicamente.
Lo siento.
 
  • #19
Hola a todos

De nuevo muchísimas gracias por vuestras aportaciones, me ayudan y me hace pensar que no soy el único cap*yo al que le han robado casi en sus narices ( esto me pasó en 1 hora que me fui al gimnasio).

Voy a llamar a Rolex a ver si se mojan con el tema tasación, valor de reposición etc....

veremos...

pd: MI idea es cuanta mas información recabe sobre el reloj, mejor
 
  • #20
Hola a todos

De nuevo muchísimas gracias por vuestras aportaciones, me ayudan y me hace pensar que no soy el único cap*yo al que le han robado casi en sus narices ( esto me pasó en 1 hora que me fui al gimnasio).

... y a mi en 1 hora haciendo la compra.

Tenemos una legislación muy laxa en este aspecto y eso provoca relajación y hastío en las fuerzas y cuerpos de seguridad.
Además los auto-atracos que se han multiplicado exponencialmente hacen que los seguros desconfien de los honrados ciudadanos que si que los sufren en sus carnes.
Si entran a robar en tu casa:
1º Verás como la policia pasa de todo porque para que se van a molestar.
2º El seguro desconfiará de ti.
3º Te sentirás humillado, desprotegido, ultrajado, enfadado, desorientado...

Pero quizá esto sea tema para otro hilo.
 
  • #21
A todo eso añádele la letra pequeña.
 
  • #22
Hola a todos

De nuevo muchísimas gracias por vuestras aportaciones, me ayudan y me hace pensar que no soy el único cap*yo al que le han robado casi en sus narices ( esto me pasó en 1 hora que me fui al gimnasio).

Voy a llamar a Rolex a ver si se mojan con el tema tasación, valor de reposición etc....

veremos...

pd: MI idea es cuanta mas información recabe sobre el reloj, mejor

Hola compañero,

En primer lugar, lamento mucho lo ocurrido.

Respecto al seguro, mucho me temo que al no tener cláusulas adicionales donde detallas pieza por pieza su valor (y pagas la consecuente prima), te va a entrar en el apartado general.

El reloj no llevando metales ni piedras preciosas no puede considerarse joya.

Y siendo una pieza antigua, normalmente te la valorarán a valor venal, no de reposición. Te recomiendo que suministres toda la información posible de la que dispongas (factura, tasación...) y sobre todo que no te conformes con la primera respuesta de la aseguradora si no es de tu agrado. El valor venal o de reposición siempre es muy subjetivo, salvo en casos muy concretos como inmuebles o vehículos (y aún así)

Suerte !

Saludos
 
  • #23
Hola compañero,

En primer lugar, lamento mucho lo ocurrido.

Respecto al seguro, mucho me temo que al no tener cláusulas adicionales donde detallas pieza por pieza su valor (y pagas la consecuente prima), te va a entrar en el apartado general.

El reloj no llevando metales ni piedras preciosas no puede considerarse joya.

Y siendo una pieza antigua, normalmente te la valorarán a valor venal, no de reposición. Te recomiendo que suministres toda la información posible de la que dispongas (factura, tasación...) y sobre todo que no te conformes con la primera respuesta de la aseguradora si no es de tu agrado. El valor venal o de reposición siempre es muy subjetivo, salvo en casos muy concretos como inmuebles o vehículos (y aún así)

Suerte !

Saludos


Muchas gracias por la respuesta, efectivamente no tiene clausulas adicionales la póliza por lo que entrará en el apartado de contenido normal ( donde si tengo un contenido bastante razonable, que cubre el reloj de sobra).

Como bien comentas no lleva ni metales ni piedras preciosas, asi que joya no es...

Ahora al ser una pieza antigua, entramos en una gran duda.

1) ¿valor venal? Si fuera así me vendría bien dado que es un modelo descatalogado ( incrementa valor de la pieza) y además completamente restaurado ( tengo factura de la revisión + cambio de cierre+ bisel +cristal).¿ Es correcto?

2)¿Valor de sustituto podría ser?

Igualmente he pedido a ROLEX que me pase el valor del reloj justo antes de ser descatalogado en 2006, y lo tengo en 1 e-mail.


¿Que opinais de lo que hará el Perito?
 
  • #24
No parece que un reloj de acero entre dentro de la categoría de joya, aunque sea más valioso que algunas joyas. Lo mejor es ponerte en contacto con alguien de ese ramo y que sea amigo.
buena suerte compañero
 
  • #25
Muchas gracias por la respuesta, efectivamente no tiene clausulas adicionales la póliza por lo que entrará en el apartado de contenido normal ( donde si tengo un contenido bastante razonable, que cubre el reloj de sobra).

Como bien comentas no lleva ni metales ni piedras preciosas, asi que joya no es...

Ahora al ser una pieza antigua, entramos en una gran duda.

1) ¿valor venal? Si fuera así me vendría bien dado que es un modelo descatalogado ( incrementa valor de la pieza) y además completamente restaurado ( tengo factura de la revisión + cambio de cierre+ bisel +cristal).¿ Es correcto?

2)¿Valor de sustituto podría ser?

Igualmente he pedido a ROLEX que me pase el valor del reloj justo antes de ser descatalogado en 2006, y lo tengo en 1 e-mail.


¿Que opinais de lo que hará el Perito?

No soy experto en seguros ni en tasaciones. Mi sentido común me dice que la compañía se decantará por el valor más bajo...no es cuestión de mala fe, cuidado.

El valor venal de un bien ya te comentaba que es muy subjetivo. Por experiencia propia en un par de siniestros que he tenido : Un vehículo de 2012 con 70.000 kms y valor de compra de 45.000€, la compañía dudó entre siniestro total o reparación por 7.000€. Al final repararon, pero estaba rozando el baremo...a mí me daba igual porque era un vehículo de renting y o bien reparaban o me daban un vehículo nuevo, pero me sorprendió muchísimo que estudiaran achatarrar el coche.

Segundo caso, un ordenador Mac quemado por sobrecarga de la red. El ordenador tenía 5 años, y aporté la factura de compra por valor de 1.800€. La compañía me abonó el importe íntegro sin rechistar. Yo estaba convencido que me iban a abonar el valor venal, que en caso de un ordenador es bajísimo, contaba que me iban a pagar no más de 400 o 500€.

Así que ya ves, sorpresas en ambos casos.

En en el caso de un reloj no tengo ni idea, pero dudo mucho que te lo valoren a precio de reposición, aunque nunca se sabe.

Por eso te comentaba si tenias la factura de comprar o una tasación, no sé si aplican tablas de depreciación a relojes, pero al menos con el valor original del mismo entiendo que tendrías buenas posibilidades que te abonaran el importe íntegro de la compra en su día. Claro que un Rolex del 94 no tiene el mismo precio que en 2015 con la inflación brutal de los PVP...

En cualquier caso, te deseo que tengas buena suerte, bastante tienes con el mal trago del robo.

Un cordial saludo
 
Estado
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