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¿Como afectará el pago en efectivo de +2500€, en la venta de relojes?

  • Iniciador del hilo jaimetorre
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jaimetorre

Milpostista
Sin verificar
:hmm: Hola todos/as. Tan sólo quisiera iniciar un hilo para saber vuestra opinión sobre los efectos de la limitación del pago en efectivo de más de 2500€, en las compras de relojes y joyería en general. Un saludo!
 
Pues me acabo de enterar Jaime....
 
Afecta en caso de que al menos una de las partes sea profesional. Si no, no pasa nada. En una relojería ya no se podrá pagar más de eso en efectivo, claro
 
He escuchado en la radio que esta medida es exclusivamente para transacciones entre empresas o trabajadores autónomos, recalca que nada tiene que ver en venta entre particulares que no son empresa, en ese caso no establecen limitaciones. Bueno yo no se qué habrá de cierto de esto, seguro que algún librea nos saca de dudas.
 
Si la medida se aplica a rajatabla y no se inventa ningún sistema alternativo (en el país de los pícaros no es descabellado pensarlo), afectará y mucho.

Hay mucha gente a la que no le interesa demasiado, por decirlo así, dejar rastro de sus compras de artículos de lujo.

Creo que en Andorra y Portugal se están empezando a frotar las manos.

Saliéndome un poco del tema, decir que yo la verdad no acabo de ver el sentido a esto. Habrá mayor control, pero me temo que bajará el consumo (menor recaudación) y mucho dinero se irá al extranjero.

En fin, veremos que pasa...
 
Hola. Para los extranjeros les dan un límite de 15000€, para cualquier ciudadano Español que compre en un establecimiento no podrá pagar en efectivo más de 2500€, o sea en principio estarán obligados a hacer factura de compra, IVA, etc y si el importe es superior a esa cifra pues no queda otra. Yo creo que nos perjudica a los compradores, ya que no podrán hacer buenas ofertas.
 
Otro palito a la burra de los joyeros...
 
Si la medida se aplica a rajatabla y no se inventa ningún sistema alternativo (en el país de los pícaros no es descabellado pensarlo), afectará y mucho.

Hay mucha gente a la que no le interesa demasiado, por decirlo así, dejar rastro de sus compras de artículos de lujo.

Creo que en Andorra y Portugal se están empezando a frotar las manos.

Saliéndome un poco del tema, decir que yo la verdad no acabo de ver el sentido a esto. Habrá mayor control, pero me temo que bajará el consumo (menor recaudación) y mucho dinero se irá al extranjero.

En fin, veremos que pasa...

A nivel de particulares no afecta.
Sólo tiene repercusión para cuando una de las partes es empresa o autónomo (susceptible de entenderse una actividad profesional).
Afectará también a los ingresos en efectivo en cuentas bancarias, tanto ajenas como propias.
Ya veremos si funciona y cómo.... Pero en principio lo que quieren evitar es que el albañil, el dentista..., etc no te haga factura...
 
ante la duda, os aconsejo preguntar a cualquier político, seguro que sabe como hacerlo :)
 
  • #10
A nivel de particulares no afecta.
Sólo tiene repercusión para cuando una de las partes es empresa o autónomo (susceptible de entenderse una actividad profesional).
Afectará también a los ingresos en efectivo en cuentas bancarias, tanto ajenas como propias.
Ya veremos si funciona y cómo.... Pero en principio lo que quieren evitar es que el albañil, el dentista..., etc no te haga factura...

No a esos no le afecta la ley.

5. Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.

Así ha quedado redactado el artículo 7 de la Ley que afecta a la limitación de pagos en efectivo :

https://relojes-especiales.com/thre...ón-de-pagar-más-de-2-500€-en-efectivo.255375/
 
  • #11
"Los españoles y sus empresas no podrán realizar pagos en efectivo que igualen o superen los 2.500 euros, salvo en ciertas situaciones excepcionales.

La limitación. Poner un billete encima de otro para pagar, por ejemplo, una reforma de la casa, unos muebles, un reloj de lujo o la entrada de un coche queda prohibido salvo en los supuestos que fija la propia ley o prevé permitir la Agencia Tributaria. La regla afecta a las operaciones por un valor igual o superior a 2.500 euros, siempre que una de las partes sea empresario o profesional. La ley precisa tres excepciones: los intercambios entre particulares, los pagos e ingresos efectuados en los bancos y las compras realizadas por personas que, no siendo empresarios o profesionales, tienen domicilio fiscal fuera del país. En este último caso, pensado principalmente para los turistas, el importe máximo se eleva hasta los 15.000 euros."

La Nueva España

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  • #12
Es un tema un pelín offtopic, pero en realidad con esta medida no pretenden que el albañil no te haga una factura. Si el albañil no hace una factura ¿cómo va Hacienda a hacer cumplir la obligación de no pagar en metálico más de 2500 euros? Sin factura, ¿cómo se entera Hacienda de la existencia del pago? ¿Que le denuncia el particular? Y ¿qué va a decir? ¿que no ha pagado el IVA?

Por otra parte, si se emite una factura legal, a Hacienda no debería importarle mucho que se pague en metálico o por transferencia. El dinero está aflorado, y Hacienda va a recibir su parte.

No, el problema son las facturas falsas y el tráfico intracomunitario con reclamación de IVA en destino. En esencia, se inventan facturas y movimientos con IVA de operaciones que nunca se han realizado, por parte de empresas ficticias que acaban desapareciendo, y se solicita a Hacienda la devolución de ese IVA. La consecuencia es que Hacienda, que no puede controlar todo ese flujo, acaba devolviendo un IVA que realmente no ha percibido y no va a percibir nunca.

Este fraude, que podría considerarse de brocha gorda, siempre había existido. El problema (en España, en Italia y en algunos otros lugares) es que ha llegado a alcanzar tales proporciones que Hacienda, poniéndose la legalidad por montera (los billetes si son moneda de curso legal, deberían ser el instrumento para el pago de deudas monetarias, y nadie debería imponer el tráfico bancario), ha decidido prohibir los pagos en metálico de más de 2500 euros, con la intención de dificultar la presentación de facturas falsas: si se prohíbe el pago de importes superiores a 2500 euros en metálico, cualquier factura por encima de ese importe tiene que tener vinculada a ella una transferencia bancaria, o un cheque, medios de pago, ambos, que dejan rastro, a diferencia del dinero en metálico.

Ese es el verdadero objetivo de la norma. Lo demás, folklore y leyendas urbanas, alentadas probablemente desde la propia Hacienda, puesto que no le viene mal matar dos pájaros de un tiro.
 
  • #13
A mi personalmente es una medida que me toca los co**nes. Por que no me gusta que se vea reflejada una compra de tal calibre en mi cuenta bancaria. Y no por que yo sea al capone ni blanquee dinero, sino por simple seguridad. Esos son datos que pueden ser conseguidos muy facilmente si tienes un amiguillo en el banco, y cada vez hay más robos en casas. Llamadme paranóico, pero no me haría gracia que alguien pueda saber que tengo 50.000€ el relojes en casa. Si los tuviera, claro. Uf, ojalá los tuviera :D
 
Última edición:
  • #14
No a esos no le afecta la ley.

5. Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.

Así ha quedado redactado el artículo 7 de la Ley que afecta a la limitación de pagos en efectivo :

https://relojes-especiales.com/thre...ón-de-pagar-más-de-2-500€-en-efectivo.255375/

Gracias por la corrección :ok::
Me habían hablado de un banco que no va a permitir ingresos en efectivo en cuentas de sin acreditar el origen de los fondos (pidiendo al titular las facturas que sumen los importes a ingresar en efectivo) pero dudo mucho que se aplique una medida más restrictiva que la propia ley...
 
  • #15
Estoy deacuerdo con la medida, yo tooooda mi vida he pagado religiosamente, y como no tengo pu.a idea de blanquear dinero no me afecta. Como ha comentado el compi si es por el tema de las facturas falsas pues mejor que mejor, a pagar todos que luego todos queremos ir al médico gratis... En fin creo que simún tipo tiene pasta para comprar un reloj, lo hará con transferencia si lo quiere sin ninguna duda, otra cosa será de esos que no tienen fuentes de ingresos y van en BMW y Rolex de Oro, pero como ha dicho otro compañero, que le pregunten a algún político que sabrá como hacerlo, jejejejeje.
 
  • #16
Haber si en ciertas tiendas respetan dicha ley, que yo no estoy del todo seguro.

un saludo
 
  • #17
Otro palito a la burra de los joyeros...

Efectivamente, va a afectar al joyero que tiene su propia tienda, distribuidores oficiales, etc. Sin embargo a los compraventa, no creo que les afecte mucho.
 
  • #18
Creo que esta ley ha sido promovida por nuestras esposas, no entendian como nos comprabamos los relojes.....sin que ellas lo controlase, ahora pegando una ojeada al extracto del banco o de la tarjeta de crédito nos controlaran mejor, se acabo el esconder unos eurillos para nuestros caprichos...., habra que ir pensando como lo solucionamos.
Si os sirve de consuelo, las restricciones de pagos en efectivo es común en Europa, difieren la cantidad, pero al final lo controlan, que evidentemente como los ganamos de forma honrada y en nomina pues eso que lo controlen, ahora solo falta que a los politicos tambien se les controle y pagen sus impuestos por sus retribuciones y que no puedan estar mas de dos legislaturas, seria una ampliación buena de la ley para sanear el ambiente, huy perdón que no me acordaba que ellos son de otra clase....jejeje
 
  • #19
Es un tema un pelín offtopic, pero en realidad con esta medida no pretenden que el albañil no te haga una factura. Si el albañil no hace una factura ¿cómo va Hacienda a hacer cumplir la obligación de no pagar en metálico más de 2500 euros? Sin factura, ¿cómo se entera Hacienda de la existencia del pago? ¿Que le denuncia el particular? Y ¿qué va a decir? ¿que no ha pagado el IVA?

Por otra parte, si se emite una factura legal, a Hacienda no debería importarle mucho que se pague en metálico o por transferencia. El dinero está aflorado, y Hacienda va a recibir su parte.

No, el problema son las facturas falsas y el tráfico intracomunitario con reclamación de IVA en destino. En esencia, se inventan facturas y movimientos con IVA de operaciones que nunca se han realizado, por parte de empresas ficticias que acaban desapareciendo, y se solicita a Hacienda la devolución de ese IVA. La consecuencia es que Hacienda, que no puede controlar todo ese flujo, acaba devolviendo un IVA que realmente no ha percibido y no va a percibir nunca.

Este fraude, que podría considerarse de brocha gorda, siempre había existido. El problema (en España, en Italia y en algunos otros lugares) es que ha llegado a alcanzar tales proporciones que Hacienda, poniéndose la legalidad por montera (los billetes si son moneda de curso legal, deberían ser el instrumento para el pago de deudas monetarias, y nadie debería imponer el tráfico bancario), ha decidido prohibir los pagos en metálico de más de 2500 euros, con la intención de dificultar la presentación de facturas falsas: si se prohíbe el pago de importes superiores a 2500 euros en metálico, cualquier factura por encima de ese importe tiene que tener vinculada a ella una transferencia bancaria, o un cheque, medios de pago, ambos, que dejan rastro, a diferencia del dinero en metálico.

Ese es el verdadero objetivo de la norma. Lo demás, folklore y leyendas urbanas, alentadas probablemente desde la propia Hacienda, puesto que no le viene mal matar dos pájaros de un tiro.

Esto es exactamente la explicación. Gracias por expresarlo tan claramente.
 
  • #20
Hoy he visto la noticia en el periodico.

Pues nada a darse un paseo por Andorra, nos tomamos unas cañas y ya se hacen aqui las compras :D
 
  • #21
No quiero tirar mala onda, pero con medidas como esta y similares empezó el corralito en Argentina.................
 
  • #22
Va a afectar mucho, un particular no puede pagar mas de 2.500 a una empresa, por lo que todas las compras superiores se tienen que hacer en NO efectivo y serán transparentes, aquellos que tengan dinero B no podrán comprar relojes porque se les pillará, multará y claro está se le investigará, por lo que muchas ventas van a caer.
 
  • #23
Hummm, 5 o 6 pagos pequeños y arreglado el tema.No??????????????
 
  • #24
Hummm, 5 o 6 pagos pequeños y arreglado el tema.No??????????????

Claro, es verdad, tienes razón. Y a renglón seguido por h, o por b, porque me acabo de levantar en plan patriota, o porque tengo un problemilla con lo que me acabas de vender y que no me arreglas...,te pongo una denuncia de nada en la Agencia Tributaria que me exime de toda responsabilidad a mi, y ahí te quedas tú con tus cinco o seis pagos pequeños que en su momento te arreglaron el tema de la venta obviando la ley, pero con un asuntillo de no se que de una falta tributaria grave y una sanción del 25% de la suma de los importes de los cinco o seis pagos pequeños.:hmm:

Lo mismo digo para el que vende, si es que te has puesto muy chulito con el en el momento de la compra y le importa un pimiento mantenerte como cliente.:flirt:
 
  • #25
Os voy a comentar un caso real, tengo un amigo que esta jubilado y ocasionalmente compra y vende vehículos, en total dos operaciones al año. Pues este año le llega una carta de hacienda con una sanción por actividad sin estar dado de alta. Si hacienda detecta que un particular vende cuatro relojes al año de mas de 2.500€ puede argumentar lo mismo.

Soy autónomo y tengo un negocio, no admito el pago retrasado a nadie, no admito cheques ni pagares salvo que estén conformados. Para que admita el pago con cheques es necesario que se convierta en delito penal la entrega de un cheque sin fondos, hasta que el impago de facturas no sea delito penal, esta ley es un absurdo y solo traerá mas morosidad. Hoy en día hay delincuentes que nos engañan con falsos justificantes de transferencia y similares y ante eso estamos desprotegidos.
 
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