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ciclo

ciclo

Milpostista
Sin verificar
Un señor que mantiene una relación sentimental con la hermana de mi esposa
es familiar mio??.
Cuñado es cuando estan formalmente casados y ademas si se casa con mi hermana o no?
Que es familia desde el punto de vista legal.
Parece una estupidez pero toda opinion será much apreciada.
saludos.
 
Un señor que mantiene una relación sentimental con la hermana de mi esposa
es familiar mio??.
Cuñado es cuando estan formalmente casados y ademas si se casa con mi hermana o no?
Que es familia desde el punto de vista legal.
Parece una estupidez pero toda opinion será much apreciada.
saludos.

Ahora mismo no es nada más que el novio de la hermana de tu esposa. Nada.

Si hay promesa de matrimonio es el prometido, pero de la hemana. Tuyo nada.

Si se casa es el marido y, por lo tanto, cuñado de tu esposa y cuñado político tuyo.

Si es pareja de hecho debe ser..... ¿cuñado político de hecho.?;-) :D
 
Un señor que mantiene una relación sentimental con la hermana de mi esposa
es familiar mio??.
Cuñado es cuando estan formalmente casados y ademas si se casa con mi hermana o no?
Que es familia desde el punto de vista legal.
Parece una estupidez pero toda opinion será much apreciada.
saludos.



PUES NO TE PREOCUPES,PORQUE NO ES NADA TUYO..DE MOMENTO ES UN PROYECTO DE CUÑADO DE TU ESPOSA..NADA MAS:D
 
Hola Ciclo.

Lo que preguntas no es ninguna tontería. Así que paso a explicártelo (puede parecer un poco lioso, pero es muy sencillo):

El parentesco es el vínculo existente entre personas que pertenecen a la misma familia. De este modo, el parentesco de una persona respecto de otra se determina por el número de generaciones que las separan. Cada generación es un grado y la sucesión de grados forma la “línea de sucesión”.
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<o:p></o:p>
La línea de sucesión puede ser recta o directa, formada por personas que ascienden o descienden unas de otras (abuelos, padres, hijos, nietos), o colateral, formada por personas que proceden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos).
<o:p></o:p>
La línea puede ser también descendiente, liga a una persona con aquellas que descienden de él (abuelos, padres, hijos, nietos) o ascendente, liga a una persona con aquellos de los que desciende (nietos, padres, abuelos). <o:p></o:p>

El cómputo de los grados de parentesco se realiza de forma distinta según la línea de sucesión:<o:p></o:p>
· En la línea recta o directa: Los grados se cuentan subiendo hasta el ascendiente o descendiente común dependiendo de si la línea es ascendente o descendente. Así, en línea ascendente, el hijo dista un grado del padre, dos del abuelo y tres del bisabuelo; en la línea descendente, el abuelo dista un grado del padre, dos del nieto y tres del biznieto.​

<o:p></o:p>​

· El la línea colateral: Los grados se cuentan subiendo en primer lugar hasta el tronco común (como en la línea recta) y, en segundo lugar, descendiendo hasta la persona respecto de la que se pretenda establecer el grado de parentesco. Así, el hermano dista dos grados del hermano (el primer grado sería el padre en línea recta que constituiría el tronco común, y el segundo sería el hermano que, como hijo, dista del padre otro grado), tres del tío (el primer grado sería el padre, el segundo el abuelo y el tercero el hijo del abuelo, esto es, el tío), cuatro del primo (el primero sería el padre, el segundo el abuelo, el tercero el tío y el cuarto el primo). <o:p></o:p>​
También debe distinguirse entre el parentesco por consanguinidad y el parentesco por afinidad (ya vamos llegando a tu pregunta). El primero se da respecto de la propia familia, y el segundo respecto de la familia del cónyuge, computándose los grados de la misma forma.

Todo este rollo, te lo he contado para llegar precisamente aquí. En el caso que tú propones, no hay una relación de parentesco, que es lo que determina todo lo demás. Tal y como te digo al principio, el parentesco es el vínculo existente entre personas pertenecientes a la misma familia, y lo que determina la pertenencia a una familia es el vínculo jurídico que produce un hecho natural (nacimiento) o jurídico (adopción), o un contrato de matrimonio -en cualquiera de sus formas aceptadas en Derecho-. Por lo tanto, en el caso que propones, no existiendo ninguno de los hechos a los que en Derecho se da virtualidad para crear un vínculo, hemos de concluir que la persona que convive con tu hermana NO es tu familia -stricto sensu-.

No obstante, si se casasen pasaría a tener contigo un parentesco de segundo grado de afinidad.

Espero haberte aclarado algo.

Un cordial saludo.

ICE
 
Vaya rollo me ha salido. :D

Se me olvidaba. Si quieres tratar cualquier cosa de índole jurídica y deseas más discreción, mándame un privado, que estoy a tu disposición. ;-)

Un saludo

ICE
 
No obstante, si se casasen pasaría a tener contigo un parentesco de segundo grado de afinidad.

Espero haberte aclarado algo.

Un cordial saludo.

ICE

¿Y si en vez de casarse lo que pasa es que tienen un hijo? Ciclo pasaría a ser tío del niño y por lo tanto familia del padre de la criatura, ¿no?

Un saludote

Pd: mi situación es como la de Ciclo, pero con bebe incluido y me interesa también saber si soy familia de este indiviuo :D
 
En mi1. (De con- y cuñado. ) m. y f. Cónyuge de una persona respecto del cónyuge de otra persona hermana de aquella pueblo a eso se le llama "concuñado"
Es la definición de "concuñado" que da el diccionario de la real academia
 
concuñado

A ver ,que me he liado ,te decia que a eso en mi pueblo se le llama concuñado y si lo buscas en el diccionario te dice lo siguiente.:
1. (De con- y cuñado. ) m. y f. Cónyuge de una persona respecto del cónyuge de otra persona hermana de aquella.
Saludos
 
Y como queda claro solo cuando se casen,mientras podeis ser amigos
 
  • #10
No sois familiares, ni por parentesco ni por afinidad (lo que se suele llamar familia política). No os une nada, pero tu hermana y él pueden ser considerados a algunos efectos como pareja sentimental (ahora creo que ya no le llaman así, esto va cambiando según la cursilada de turno) y pueden beneficiarse de algunas cosas o verse obligados a otras. Pero bueno, por lo que a ti respecta no te une ningún vínculo a él y ninguna obligación (mas allá de darle los buenos días si te lo cruzas por la calle :D )
 
  • #11
No, Ciclo sería tío del niño, en cuanto que es hijo de su hermana, pero seguiría sin tener ningún parentesco con el padre del niño. Ni siquiera existiría parentesco entre el padre del niño y la madre.

Saludos.

ICE
 
  • #12
De muchisima utilidad. Sois geniales.
Impagable tu expoasición Ice.
Mi suegra se va a enterar ;-) :D
 
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