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Multas por exceso de velocidad: nuevos tramos de sanciones

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La Ley 18/2009 establece un nuevo cuadro de sanciones para los excesos de velocidad captados por cinemómetro, modificando el Anexo IV del RDL 339/1990.

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Según esto, se establecerán multas desde 121 Km/h hasta 150 Km/h por un importe de 100 euros, sin la retirada de puntos para las autopistas y autovías con límite de velocidad de 120 Km/h.

Ahora bien, los velocímetros de los coches tiene un error de medida y los cinemómetros también ¿cómo pueden multar a 121 Km/h?
 
Ahora bien, los velocímetros de los coches tiene un error de medida y los cinemómetros también ¿cómo pueden multar a 121 Km/h?

Y no sólo eso, legalmente puedes cambiar las medidas de las ruedas, siempre y cuando la diferencia del desarrollo sea mayor o menor a un 3%,... así que me veo usando la calculadora o el GPS.
 
Última edición:
Y no sólo eso, legalmente puedes cambiar las medidas de las ruedas, siempre y cuando la diferencia del desarrollo sea mayor o menor a un 3%,... así que me veo usando la calculadora o el GPS.

Exacto, suponiendo que metas más desarrollo eso significa que vas un 3% más rápido

120 Km/h x 1,03 = 123,6 Km/h

Pero aún hay más, el error máximo permitido en la fabricación del velocímetro es del 5%. Es decir. Cuando el velocímetro te marca 120 Km/h puedes ir a 114 Km/h o a 126 Km/h.

Además el RADAR más común en España es el Multanova 6F que tiene un error máximo del 3% por encima de 100 Km/h

lostlink.jpg


Con lo cual en la peor de las situaciones (para el multado) puede estar conduciendo a 120 de velocímetro, realmente ir a 126 Km/h y que el RADAR le saque una preciosa foto a 122,22 Km/h o a 129,78 Km/h y le cascan 100 EUR de multa sin que haya intención de rebasar los límites de velocidad.
 
pero entiendo que estos son los tramos de velocidad que establecen la cuantia y gravedad de las multas. Esto ya existia antes y habran cambiado los grupos o la cuantia de las multas no?

De facto quiero creer que por todas las razones que ya habeis expuesto seguiran multando a los que rebasen el limite de 120 en un 10%, que parece lo mas cabal...de otra forma estas multas son facilmente recurribles...
 
pero entiendo que estos son los tramos de velocidad que establecen la cuantia y gravedad de las multas. Esto ya existia antes y habran cambiado los grupos o la cuantia de las multas no?

De facto quiero creer que por todas las razones que ya habeis expuesto seguiran multando a los que rebasen el limite de 120 en un 10%, que parece lo mas cabal...de otra forma estas multas son facilmente recurribles...

Espero que sea así. No he comparado con lo que había antes, simplemente me han pasado el extracto de las norma que entra en vigor el 25 de mayo.
 
Ahora bien, los velocímetros de los coches tiene un error de medida y los cinemómetros también ¿cómo pueden multar a 121 Km/h?


el error de medida de nuestros velocímetros nos lo comemos nosotros, es decir, que tendremos que averiguar el de nuestros coches (por mucho que por estén tarados a la baja por lo general)

el del cinemómetro dependerá del modelo, los más viejos tienen un margen del 10% (si queda alguno), los siguientes del 5% (los más habituales), los más nuevos del 3% (y estos son fijos)

creo que no existe todavía la tecnología para el 0%, de la misma manera que tampoco está desarrollada la tecnología para marcar velocidades con una fuerte decelación (los cinemómetros tienen que hacer hasta 3 marcas de velocidad para que te de el positivo)

con lo que ya sabéis: FRENAAAAAAAAAAAAAAAAr:D:D:D
 
Lo único bueno es que desde Noviembre, por velocidad NO te pueden quitar el carnet, te quitan puntos y la multa cosa que antes, quitaban tambien el carnet.

Y con la alcoholemia lo mismo, antes eran puntos, multa y carnet, y ahora si no pasa de 0,60 mg/litro , te ponen multa y quitan puntos.

Pero si pasas de 0,60 mg/litro , eso ya es un delito contra la seguridad Vial y su señoría te funde los plomos en el juzgado. 2 añitos sin carnet y mas de 1.200 € de multa.
 
Lo único bueno es que desde Noviembre, por velocidad NO te pueden quitar el carnet, te quitan puntos y la multa cosa que antes, quitaban tambien el carnet.

Y con la alcoholemia lo mismo, antes eran puntos, multa y carnet, y ahora si no pasa de 0,60 mg/litro , te ponen multa y quitan puntos.

Pero si pasas de 0,60 mg/litro , eso ya es un delito contra la seguridad Vial y su señoría te funde los plomos en el juzgado. 2 añitos sin carnet y mas de 1.200 € de multa.

Es que ya sabes lo que vamos buscando...

20060120182004-tio-gilito1.jpg


Por eso todos esos cambios de puntos o retirada de carné en favor de las sanciones económicas. Esta claro, han visto la gallina de los huevos de oro y venga, a darle al contribuyente.

Por otra parte me imagino que el tramo de 121-150 km/h es el "administrativo" para el cálculo de la sanción, no el "técnico" para multarte. No creo yo que tengan la poca vergüenza de mandarte una multa de 121 km/h porque tienen perdido el recurso.
 
Pero si pasas de 0,60 mg/litro , eso ya es un delito contra la seguridad Vial y su señoría te funde los plomos en el juzgado. 2 añitos sin carnet y mas de 1.200 € de multa.

Y hacen dpm, qué queréis que os diga :ok::
 
  • #10
es increible como le dan caña a la velocidad.. y menos al alcohol.. de veras. que increible..
 
  • #11
es increible como le dan caña a la velocidad.. y menos al alcohol.. de veras. que increible..

Es que el límite 0 de alcohol generaría pocos ingresos, pero el de la velocidad...

 
  • #12
Es que el límite 0 de alcohol generaría pocos ingresos, pero el de la velocidad...


Que noooo. Que esto lo hacen por nuestra seguridad.

A 120, eres un ciudadano honrado, respetuoso y ejemplar.
A 121, te conviertes en un asesino en potencia.
A 125, adquieres la categoría de genocida, culpable del calentamiento global y máximo responsable de la crisis internacional.
De ahí para arriba, ya ni te cuento.
 
  • #13
Desde el 15 de febrero las cosas de la velocidad se han puesto un poco mas dificil.

En teoria los radares están homologados y revisados y miden la velocidad exacta.

Por lo cual depende de la DGT de España o de las Comunidades Aútonomas, el poner o no, el famoso 3% de margen, pero hay en sitios que si los ponen y en otros que NO. CUIDADO 8o8o

Estos radares identifican si el vehículo es un coche o un camión por su volumen, y en los casos en los que se aplica el margen, se suele aplicar mas margen a los coches que a los camiones-autobuses, por lo de la peligrosidad de estos que es mayor.

Así que si te van a pillar lo mismo vas a pagar a 121 km/h. que a 149 km/h., esdecir, 100€ y 0 puntos, por lo cual a disfrutar.....:whist:::whist:::whist:::whist::
 
  • #14
Todavía estoy esperando que comiencen a perseguir a conductores por llevar las ruedas sin apenas aire, o por no cambiar el líquido de frenos en 15 años, o por comprar neumáticos en los chinos... En fin, lo de siempre.

Un saludete :ok::
 
  • #15
hola a tod@s me han cazado en tembleque,en la decreciente creo que direccion madrid ,por lo visto en la -A.4,en su paso por tembleque hay un radar fijo ,pero me dicen que esta limitada a 80 k/h,la velocidad cuando lo normal son 120,me han cazado dos veces en el mismo sitio. iva a 113 k/h la verdad es que he pasado por alli y no he visto .creo yo? el cartel de 80 ,bueno cuando ellos te enseñan las fotos estara,,saludos
 
  • #16
Si quisieran recaudar de verdad, lo tienen fácil: "No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le
precede . . 4 puntos". Ahí hay un dineral y lo considero bastante más peligroso que circular a 121 Km/h.
 
  • #17
Lo qe nunca entenderé es por qué permiten fabricar automóviles que puedan circular a más de 120 km/h, por mí que los limitasen de fábrica POR LEY.
 
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