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Hacienda de Murcia quiere cobrarle indebida o ilegalmente unos impuestos a mi mujer

  • Iniciador del hilo Claudio
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Estado
Hilo cerrado
Claudio

Claudio

Milpostista
Sin verificar
Buenos días. Desearía consejo de algún forero que entienda algo de asuntos de impuestos acerca de qué hacer en este caso que voy a relatar:
El viernes pasado recibió mi mujer, por correo certificado con acuse de recibo, un escrito de la agencia recaudatoria de impuestos de la Región de Murcia en la que se le notificaba una resolución por la que debía pagar el IBI de los años 2008, 2009, 2010 y 2011 de una casa (en el catastro figura como almacén) que está en una localidad de Murcia. Dicho inmueble perteneció, por muy poco tiempo, a su madre (mi suegra), ya que lo vendió en 1987 o 1988, poco después de haberlo adquirido en herencia de una tía suya. Mi suegra falleció en 1991 y dejó como herederas a mi mujer y a una nieta, hija única de la única hermana de mi mujer, que había fallecido mucho tiempo atrás. Como es natural, tanto mi mujer como su sobrina NUNCA heredaron la mencionada casa, ya que era IMPOSIBLE que formara parte de la herencia al haber sido vendida varios años antes. Probablemente, aquella casa haya pasado en los últimos 25 años por varias manos. Hasta puede ser que haya formado parte de alguna herencia que, en este caso quizá sí, sean los herederos deudores de la hacienda regional. Hasta pudiera ser que esa casa no exista en la actualidad. No podemos saber estas circunstancias. Es más, mi mujer ni sabía a qué casa se referían en el escrito de Murcia. Fue por mí por quien lo supo, ya que casualmente llegué a conocer aquella casa (fui yo quien puso el cartel de "se vende" en su puerta hace como 25 o 26 años). Según el escrito de Murcia, mi suegra, al fallecer en 1991, dejó a deber el IBI de 20 años después de su muerte (así lo vienen a decir casi textualmente).
En este caso, es tan “rara” la manera que utilizan para cobrar algo ilegalmente, que hasta pudiera pensarse que se trata de un delito de prevaricación o de una supina torpeza. ¿Qué podemos hacer?
Gracias anticipadas por vuestras respuestas.
 
Última edición por un moderador:
Supongo que tu mujer tendrá que recurrir las liquidaciones en la vía que se indique en el el escrito, alegando lo que dices y acompañando la reclamación con una nota simple del Registro correspondiente, donde figure la venta.

Saludos,
 
Errores en la administración hay muchos, con lo cual se recurre, se demuestra que esa vivienda no era propiedad vuestra ni de tu suegra en esas fechas y listo.

De ahí a llamar estafa a eso... media un abismo.
 
Hombre, en principio más que una estafa parece un error administrativo. Molesto y que te hará perder tiempo y paciencia pero relativamente sencillo de resolver aportando la documentación pertinente.

Como te gustan los titulares llamativos, ¿eh? :ok::

Paciencia y a recurrir.
 
A ver si tu suegra vendió la finca y no inscribió la compraventa en el Registro de la Propiedad. O puede ser que el Catastro no tenga actualizada la información de dicha finca.

Pide en el Registro de la Propiedad nota simple o certificación para que te sirva de prueba de tus alegaciones.

PD: Y me pregunto yo, ¿para qué sirve el Catastro si en muchos casos nada tiene nada que ver con la realidad?
 
Buenos días. Desearía consejo de algún forero que entienda algo de asuntos de impuestos acerca de qué hacer en este caso que voy a relatar:
El viernes pasado recibió mi mujer, por correo certificado con acuse de recibo, un escrito de la agencia recaudatoria de impuestos de la Región de Murcia en la que se le notificaba una resolución por la que debía pagar el IBI de los años 2008, 2009, 2010 y 2011 de una casa (en el catastro figura como almacén) que está en una localidad de Murcia. Dicho inmueble perteneció, por muy poco tiempo, a su madre (mi suegra), ya que lo vendió en 1987 o 1988, poco después de haberlo adquirido en herencia de una tía suya. Mi suegra falleció en 1991 y dejó como herederas a mi mujer y a una nieta, hija única de la única hermana de mi mujer, que había fallecido mucho tiempo atrás. Como es natural, tanto mi mujer como su sobrina NUNCA heredaron la mencionada casa, ya que era IMPOSIBLE que formara parte de la herencia al haber sido vendida varios años antes. Probablemente, aquella casa haya pasado en los últimos 25 años por varias manos. Hasta puede ser que haya formado parte de alguna herencia que, en este caso quizá sí, sean los herederos deudores de la hacienda regional. Hasta pudiera ser que esa casa no exista en la actualidad. No podemos saber estas circunstancias. Es más, mi mujer ni sabía a qué casa se referían en el escrito de Murcia. Fue por mí por quien lo supo, ya que casualmente llegué a conocer aquella casa (fui yo quien puso el cartel de "se vende" en su puerta hace como 25 o 26 años). Según el escrito de Murcia, mi suegra, al fallecer en 1991, dejó a deber el IBI de 20 años después de su muerte (así lo vienen a decir casi textualmente).
En este caso, es tan “rara” la manera que utilizan para cobrar algo ilegalmente, que hasta pudiera pensarse que se trata de un delito de prevaricación o de una supina torpeza. ¿Qué podemos hacer?
Gracias anticipadas por vuestras respuestas.

¿"Estafar"? ::Dbt:: ¿"Prevaricación"? ::Dbt::

Hay gente que tiene la lengua muy larga, ¿ein?
 
Seguramente tu suegra intentó ahorrarse el pago de la plusvalía municipal y no aportaría la copia de la escritura de la venta al ayuntamiento o al órgano que tramita las alteraciones de titularidad.

Fruto de que tu suegra, en su día, no hizo las cosas bien para ahorrarse unas pesetillas, resulta que ahora hacienda es una estafadora y una prevaricadora 8o.

Sencillamente, presenta un escrito aportando una nota simple (3 euros presencial o 9 euros por internet) en la que aparezca que tu mujer no ha sido propietaria de la finca los últimos años.

Y, por el amor de Dios, no pongas en tu escrito nada de estafadores ni de prevaricadores, hijo mío.
 
  • #10
Errores en la administración hay muchos...

Gracias, Suso, por tu contestación. Quizá tengas razón en cuanto a que no se pueda calificar de estafa esta pésima actuación de la Administración tributaria, pero la sensación que me ha producido es esa, y no la puedo evitar. Ahora, el esfuerzo que debemos realizar para demostrar a la Administración que no tiene derecho a cobrar el dinero que ilegalmente desea, es infinitamente mayor que el que le cuesta a ella comprobar que esto es así y que no tiene razón el actuar como lo hace; cosa, por otro lado, que forma parte de la obligación de los funcionarios encargados del asunto, es su trabajo. Los ciudadanos no tenemos por qué soportar la ineficiencia o ineptitud de la Administración. Nos hace perder el tiempo y, a los que somos responsables y honrados, como es el caso, nos causa una gran preocupación (quizá no tanto a los morosos contumaces o a los "viva la virgen"). A nadie le podría extrañar el que ahora, después de esto, nos podamos hacer la siguiente pregunta: ¿con qué otra cosa nos vendrán en el futuro? La inseguridad y desasosiego que producen estas cosas, ¿quién nos las paga? La verdad, supongo, al final acabará certificándose; pero algo de daño ya nos han hecho.
Recibe un cordial saludo,
Claudio.
 
  • #12
La realidad es que la Agencia Tributaria está intentando sacar € de donde sea. Digamos que, disparan a todas direcciones. En tu caso, sólo debes aclarar la situación de la propiedad en esos años y el asunto debería quedarse ahí. De todas formas te diré, por experiencia propia, que son injustos y reinterpretan la Ley como a ellos les viene bien. Yo tengo un pleito contra ellos y me siento impotente.
Charlyc
 
  • #13
Gracias, Suso, por tu contestación. Quizá tengas razón en cuanto a que no se pueda calificar de estafa esta pésima actuación de la Administración tributaria, pero la sensación que me ha producido es esa, y no la puedo evitar. Ahora, el esfuerzo que debemos realizar para demostrar a la Administración que no tiene derecho a cobrar el dinero que ilegalmente desea, es infinitamente mayor que el que le cuesta a ella comprobar que esto es así y que no tiene razón el actuar como lo hace; cosa, por otro lado, que forma parte de la obligación de los funcionarios encargados del asunto, es su trabajo. Los ciudadanos no tenemos por qué soportar la ineficiencia o ineptitud de la Administración. Nos hace perder el tiempo y, a los que somos responsables y honrados, como es el caso, nos causa una gran preocupación (quizá no tanto a los morosos contumaces o a los "viva la virgen"). A nadie le podría extrañar el que ahora, después de esto, nos podamos hacer la siguiente pregunta: ¿con qué otra cosa nos vendrán en el futuro? La inseguridad y desasosiego que producen estas cosas, ¿quién nos las paga? La verdad, supongo, al final acabará certificándose; pero algo de daño ya nos han hecho.
Recibe un cordial saludo,
Claudio.

Por desgracia, frente a la administración debemos demostrar que no tenemos que pagar lo que nos piden, pero estafa no es.
 
  • #14
Seguramente tu suegra intentó ahorrarse el pago de la plusvalía municipal y no aportaría la copia de la escritura de la venta al ayuntamiento o al órgano que tramita las alteraciones de titularidad.

Fruto de que tu suegra, en su día, no hizo las cosas bien para ahorrarse unas pesetillas, resulta que ahora hacienda es una estafadora y una prevaricadora 8o.

Sencillamente, presenta un escrito aportando una nota simple (3 euros presencial o 9 euros por internet) en la que aparezca que tu mujer no ha sido propietaria de la finca los últimos años.

Y, por el amor de Dios, no pongas en tu escrito nada de estafadores ni de prevaricadores, hijo mío.

Es totalmente seguro que mi suegra ni intentó ni consiguió ahorrarse nada en aquella transacción. Más bien sospecho que el intermediario que actuó en la compraventa no cumplió con sus obligaciones o bien el comprador, para ahorrarse el dinero del registro, no la puso a su nombre. De todos modos, eso es lo de menos. La Administración "sabe", o debía saber, ya que sabe que mi mujer fue heredera de su madre, que aquella casa nunca la heredó, ya que no existía en el haber de su madre cuando falleció. Lo que tenía que haber hecho la Administración es buscar al verdadero dueño de dicha casa (medios para ello no le faltan) y no a la hija de quien la vendió hace un cuarto de siglo.
Gracias por contestar, pero me parece que eso no te da derecho a llamarme "hijo mío".
Saludos.
 
  • #15
La realidad es que la Agencia Tributaria está intentando sacar € de donde sea. Digamos que, disparan a todas direcciones. En tu caso, sólo debes aclarar la situación de la propiedad en esos años y el asunto debería quedarse ahí. De todas formas te diré, por experiencia propia, que son injustos y reinterpretan la Ley como a ellos les viene bien. Yo tengo un pleito contra ellos y me siento impotente.
Charlyc

Gracias, charlyc, por contestar. En cuanto a lo que dices de la reinterpretación de la ley, en la carta que recibió mi mujer ponen un extracto literal de no me acuerdo qué artículo de no se qué ley que viene a decir algo así como que las deudas que dejan la personas al fallecer se trasladan a los herederos; y en ese artículo se basan para querer cobrar a mi mujer el IBI de 2008 a 2011. Es decir, vienen a decir que mi suegra, al fallecer en 1991, dejó a deber a Hacienda el IBI de 20 años después, y de una casa que no era suya al fallecer. ¡Esto sí que es reinterpretar!
Saludos.
 
  • #16
¿"Estafar"? ::Dbt:: ¿"Prevaricación"? ::Dbt::

Hay gente que tiene la lengua muy larga, ¿ein?

Tienes razón. Aunque no es el caso. Haylos también que luenga y acerada pluma tienen, ¡eh!
 
  • #17
Por desgracia, frente a la administración debemos demostrar que no tenemos que pagar lo que nos piden, pero estafa no es.

Gracias de nuevo, Suso.
Saludos.
 
  • #19

De acuerdo en lo de negar que sea una estafa. En cuanto a lo de abismo, no estoy de acuerdo. Ya he corregido el título del primer aporte del hilo. El título del hilo no puedo cambiarlo. Si algún moderador lo puede hacer, que lo haga.
 
  • #20
De acuerdo en lo de negar que sea una estafa. En cuanto a lo de abismo, no estoy de acuerdo. Ya he corregido el título del primer aporte del hilo. El título del hilo no puedo cambiarlo. Si algún moderador lo puede hacer, que lo haga.
No pasa nada y tienes razón en el tono utilizado, en muchos casos, por la Administración.

Te aconsejaría, como ya te han dicho, que te opongas a sus petciones mediante escrito y recurras.

Saludos.
 
  • #21
Tienes razón. Aunque no es el caso. Haylos también que luenga y acerada pluma tienen, ¡eh!

Haylos, haylos... ¡Esos son los mejores!

Un saludo, y no te críes mala sangre... Es una verguenza si la titularidad consta en algún registro público (como lo es el Catastro). Pero si no se inscribió la compraventa en su momento (no es obligatorio), la Administración no puede saber quien es el titular.
 
  • #22
Haylos, haylos... ¡Esos son los mejores!

Un saludo, y no te críes mala sangre... Es una verguenza si la titularidad consta en algún registro público (como lo es el Catastro). Pero si no se inscribió la compraventa en su momento (no es obligatorio), la Administración no puede saber quien es el titular.

Algo que cuesta mucho trabajo de creer es el que la Administración lleve alrededor de 25 años sin cobrar el IBI de aquella casa y que ahora, que ha prescrito el derecho al cobro de más o menos 20 anualidades, sí que "lo sepa" (equivocadamente, claro está, a quién cobrar); y que, además, el último propietario que conozcan sea una persona que falleció hace 21 años. Desde luego, descartando la mala fe, solo existe una explicación: que el funcionario encargado del trámite es un inepto total.
 
Última edición:
  • #23
Pues id personalmente a Hacienda y que os pasen con la persona encargada y le exponéis el asunto sin más. Por intentarlo ... Es mucho más fácil así que andar con recursos y etcétera, etcétera, etcétera. Parce un error sin ninguna base, no creo que os pongan muchas pegas para solucionarlo rápidamente. Ya nos dirás.
 
  • #24
Pues id personalmente a Hacienda y que os pasen con la persona encargada y le exponéis el asunto sin más. Por intentarlo ... Es mucho más fácil así que andar con recursos y etcétera, etcétera, etcétera. Parce un error sin ninguna base, no creo que os pongan muchas pegas para solucionarlo rápidamente. Ya nos dirás.

Gracias por tus consejos. El único "pequeño" incoveniente, como podrás ver en mis datos, es que vivimos algo así como a 400 Km de distancia de Murcia. Lo que sí he hecho ha sido llamar por teléfono y explicar el caso. El funcionario que me atendió me pidió el teléfono adonde la funcionaria que lleva el asunto me podría llamar. Se despidió dicho funcionario diciéndome que esperara la llamada de su compañera. Se hizo la hora de salir de mi trabajo, sin moverme de mi despacho, y no me llamó nadie de la agencia recaudatoria. Si mañana no lo soluciono telefónicamente, tendré que perder un montón de tiempo y algo de dinero en interponer un recurso por escrito y... a esperar tener suerte y que quieran darme la razón.
Saludos.
 
  • #25
Ese tipo de requerimientos es de la mas comun por parte de la Administracion. Deberas presentar todos los recursos en plazo, acompañando la documentacion de que la vivienda no era vuestra en los años que os reclaman el IBI, y no habra problema. AHORA, TODO POR ESCRITO Y CON COPIA SELLADA. El exponer de palabra a un funcionario esta asunto, que supuestamente se deberia de arreglar con pulsar un boton no sirve de nada. La administracion, una vez que abre un expediente, deber cerrarlo manteniendo el mismo, modificandolo o archivandolo. No alegar en su momento puede suponer que pase a definitivo, y el quebradero de cabeza sea mayor.

Te preguntaras porque la Administracion trabaja asi, pues porque SIEMPRE BARRE PARA CASA. Que tiene dudas de quien era el propietario de la vivienda y el obligado de al pago del IBI. Pues reclama a cualquiera de los que conste en el expediente o tenga relacion con el mismo, que si no es el responsable, ya se encargara el de presentar los recursos correspondiente, Y ASI EL ADMINISTRADO LE HACE EL TRABAJO A LA ADMINISTRACION, pues ellos estan para otros menesteres.

Suerte y no dejes de recurrir. Al final te daran la razon pero no las gracias por tu tiempo;-)
 
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