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Habeis hecho testamento??

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santi

santi

De la casa
Sin verificar
Hola amigos míos, os recomiendo que hagáis testamento para que no haya problemas con el reparto de vuestra colección de relojes.

Los gallegos sabéis que somos muy dados ha hablar sobre la “señora de la guadaña” y me ha parecido oportuno aconsejaros que hagáis un testamento por legados a titulo particular.

En mi caso he repartido en dos lotes mi ya escasa colección, especificando cuales son para mi sobrino y ahijado, Luís Rife Basanta y mi otro sobrino, Jaime Rife Basanta (no tengo hijos, son dos chicas del anterior matrimonio de mi mujer).
Son dos muchachos excepcionales de 19 y 15 años y se que sabrán cuidar y apreciar los 4 relojes que le tocan a cada uno.

No quiero parecer ave de mal agüero, pero yo soy motorista en Madrid y veo la muerte muy cercana un dia si, un dia no.

Además tengo amigos médicos en la familia con la orden expresa de “apagar maquinas” en caso de coma irreversible, o columna vertebral rota.

Una vez mas acudo a vuestro sentido común, un dia, Dios quiera sea cuando cumpláis 100 años, tendréis que partir hacia un peculiar viaje y si no especificáis bien como queréis que sean repartidos vuestros relojes, lo que provocáis es un autentico problema para vuestros deudos.

No hace falta pagar a un Notario, si tenéis a alguien de confianza en la familia, lo dejáis por escrito y firmado delante de ellos y un amigo o amigos guardan una copia y se ocupan de que se cumplan vuestras ultimas voluntades, hacen de Albacea testamentario.

Un abrazo queridos amigos.
 
Derrepente un escalofrio, pero despues de una breve reflexion tengo que decir: juer, tiene razon.
Gracias, Santi por tu post, es de los que te dejan pensado.
 
Gracias aldur, es deformacion profesional por ser abogado, hijo de abogados, nieto de abogados, bisnieto de abogados....no exagero.
Vamos que organizad bien vuestras colecciones, aunque sea verbis con tu mujer, evita problemas y de los gordos.
Un abrazo y perdonad si suena luctuoso, pero chicos, la vida es asi.
Un abrazo.
PD: Elu, tu lo tienes facil, pero si decides tener mas hijos, deberias hacer esa lista ( x, y, z para mi hija y w,r,t o, para mi hijo ;-)
Un abrazo Elu.
 
Tienes TODA la razon amigo santi.
Saludos.
 
No quiero parecer ave de mal agüero, pero yo soy motorista en Madrid y veo la muerte muy cercana un dia si, un dia no.
Además tengo amigos médicos en la familia con la orden expresa de “apagar maquinas” en caso de coma irreversible, o columna vertebral rota.
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:( Que mal rollo ...

Si ves las muerte tan cerca ... muevete en metro. ;-)
 
Que Santi y no te gustaria que alguna de tus piezas caigan en manos conocedoras de las maquinas , no te preocupa que a los dos minutos del obito acaben en la tiendecita del reloj:-(( , piensa en ello y si crees que en otras manos estara mejor yo estoy dispuesto un saludo.
 
Que mal cuerpo se me ha puesto!!!!!

Pero Santi, que cosas se te ocurren!!!

Claro que se tiene que pensar en el futuro, esto es obvio, pero seamos mas positivos!

El testamento esta muy bien, yo lo hice hace varios años, pero nunca pensando en la muerte.....que espero que tarde muchooooooo en llegar.

Por cierto......como ya estamos en el tema, no es adecuado dejar en testamento notarial las joyas y relojes, mejor hacer un papel firmado, que sino el estado....ya sabemos todos lo que pasa ;-)

Nada Santi......que si tan cerca ves la muerte....meigas fora!!!, ya sabes donde tienes una amiga para guardar tus relojes o testamento :D :cool1: :-P
 
Una vez mas acudo a vuestro sentido común, un dia, Dios quiera sea cuando cumpláis 100 años, tendréis que partir hacia un peculiar viaje y si no especificáis bien como queréis que sean repartidos vuestros relojes, lo que provocáis es un autentico problema para vuestros deudos.

Jos Santi, como si me vieras en una bolita de cristal. Acabo de salir de una que pa qué. Y eso que estaba todo bastante claro. De esta creo que más de uno en mi familia ha decidido modificar el testamento.

En fin, aunque escabroso asunto, tienes toda la razón. Las cosas claras, claras y el chocolate bien espeso :D :D :D .

Salu2.
 
Pues yo encuentro muy acertado este off-topic.
En mi caso, no cecesito ni testamento ni documento de ningún tipo...
Todos mis relojes mecánicos irán a parar a mi hijo Eloi, de ocho años, miembro del foro, quien me está demostrando tener un gran cariño y afición por los relojes... Con ello tengo asegurado que los va a cuidar hasta la siguiente generación, esperando que él sepa inculcar a sus hijos el mismo amor y cariño que yo le he enseñado...
 
  • #10
testamento holografo, se llama no?
 
  • #11
testamento holografo, se llama no?
Asi es, pero sus requisitos son complejos : Manuscrito en todas sus paginas, firmado en cada una de ellas, sin tachaduras ni enmiendas, caso de haberlas con firma anexa a la enmienda, citar lugar, dia, hora y motivo por que se hace testamento.

Pero una vez fallecido, tu herederos tienen que llevarlo ante un juez para protocolizarlo, que quiere decir que lo convierte en un testamente "normal" , como si lo hubieses hecho ante notario.

Un abrazo.
 
  • #12
Deformación profesional

Yo no lo he hecho :D

El testamento que citáis se llama "ológrafo", sin hache ;-), y es el realizado de puño y letra por el testador.

Debe ser escrito en su totalidad por el testador, contener su firma y la fecha en que se otorga, y sólo pueden otorgarlo los mayores de edad. No son válidas otras formas de realización como máquina de escribir, ordenador… Como ha dicho mi compañero Santi, si tuviera tachones o borrones en caso de que sean apreciaciones válidas para su interpretación, el juez les puede dar sentido y admitirlas como válidas, pero si afectan a elementos esenciales del mismo, las dejará como inválidas.

Debe presentarse ante el Juez de Primera Instancia del domicilio del testador para su convalidación en el plazo de 5 años contados desde el día en el que se produce su fallecimiento. Si no se presenta en este plazo, el testamento no será válido.

Por su parte, es obligación de la persona que lo conserva en su poder, presentarlo al Juzgado en el plazo de 10 días desde que tenga conocimiento de la muerte del testador. Si no lo hace, será responsable de los daños y perjuicios que este retraso ocasione. También podrá presentarlo, cualquier persona que tenga interés en el testamento como heredero…etc.

El juez abrirá el testamento y citará a testigos para que declaren si la letra del testamento coincide con la del fallecido. En principio, estos testigos serán el cónyuge, los descendientes y los ascendientes y, en su defecto, los hermanos.

Una vez considere probado que la letra del testamento es la del testador, el juez dispondrá la formalización del testamento, por lo que a partir de este momento podrán iniciarse las operaciones de partición y adjudicación de la herencia.

Espero que os haya sido de provecho el rollazo :D:D:D
 
  • #13
Yo no lo he hecho :D

El testamento que citáis se llama "ológrafo", sin hache ;-), y es el realizado de puño y letra por el testador.

Debe ser escrito en su totalidad por el testador, contener su firma y la fecha en que se otorga, y sólo pueden otorgarlo los mayores de edad. No son válidas otras formas de realización como máquina de escribir, ordenador… Como ha dicho mi compañero Santi, si tuviera tachones o borrones en caso de que sean apreciaciones válidas para su interpretación, el juez les puede dar sentido y admitirlas como válidas, pero si afectan a elementos esenciales del mismo, las dejará como inválidas.

Debe presentarse ante el Juez de Primera Instancia del domicilio del testador para su convalidación en el plazo de 5 años contados desde el día en el que se produce su fallecimiento. Si no se presenta en este plazo, el testamento no será válido.

Por su parte, es obligación de la persona que lo conserva en su poder, presentarlo al Juzgado en el plazo de 10 días desde que tenga conocimiento de la muerte del testador. Si no lo hace, será responsable de los daños y perjuicios que este retraso ocasione. También podrá presentarlo, cualquier persona que tenga interés en el testamento como heredero…etc.

El juez abrirá el testamento y citará a testigos para que declaren si la letra del testamento coincide con la del fallecido. En principio, estos testigos serán el cónyuge, los descendientes y los ascendientes y, en su defecto, los hermanos.

Una vez considere probado que la letra del testamento es la del testador, el juez dispondrá la formalización del testamento, por lo que a partir de este momento podrán iniciarse las operaciones de partición y adjudicación de la herencia.

Espero que os haya sido de provecho el rollazo :D:D:D

Fantastico Manolo, has clavado el Codigo Civil de la A a la Z, fenomeno.
No obstante creo que la pregunta era en "lineas generales", pero me ha servido de recordatorio que no veas.;-)
Por cierto una anecdota curiosa....
-Sabes que es un buena abogado?? Aquel que sabe, despues de escuchar a su cliente y despedirle amablemente en la puerta, que libros de su bibliteca tiene que coger y si es posible en que pagina abrirlos. ;-)
Un abrazo.:)

PD Ah y disculpa lo de la hache, era solo con "hache humor"
 
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