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Guía para no perderse con la declaración de la Renta 2012

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De la casa
Sin verificar
La Agencia Tributaria ha dado el pistoletazo de salida a la campaña de la Renta 2012. Lo ha hecho con algunas novedades relevantes, entre ellas la posibilidad de solicitar y confirmar desde el 2 de abril el borrador correspondiente a la declaración del IRPF del ejercicio pasado.




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La declaración de la Renta de este año, correspondiente al ejercicio de 2012, viene cargada de novedades, tanto desde el punto de vista de los conceptos sometidos a tributación como de los plazos y medios establecidos por Hacienda para que los ciudadanos puedan cumplir sus obligaciones tributarias.



Calendario:


- 2 de abril. Hacienda ha adelantado al 2 de abril la posibilidad de solicitar y confirmar, si se está de acuerdo con los datos, el borrador de la declaración de la Renta de 2012 sin esperar a que éste llegue al domicilio por correo ordinario. El año pasado, el plazo comenzó el 10 de abril. El periodo para poder pedir y confirmar borradores por vía telemática estará abierto hasta el próximo 1 de julio. Para obtener el número de referencia que permita al contribuyente acceder a su borrador por Internet, éste deberá comunicar su Número de Identificación Fiscal (NIF), el importe de la casilla 620 de las declaración de 2011 y el número de teléfono móvil en el que desee recibir un SMS con dicho número de referencia.


En este apartado debe tenerse en cuenta además que Hacienda ha ampliado la base de contribuyentes que pueden obtener el borrador. De este modo y a diferencia de otros ejercicios, podrán pedirlo los que perciban la renta básica de emancipación o subvenciones, a excepción de las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.


Asimismo, los contribuyentes que registren pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva también podrán confirmar el borrador. Hasta ahora sólo podían hacerlo si obtenían ganancias patrimoniales, pero no pérdidas.

- 24 de abril.
Hacienda ha adelantado a esta fecha el inicio del plazo de presentación de la declaración de Renta y Patrimonio 2012, aunque sólo por Internet.


- 6 de mayo. Comienza el periodo para la presentación presencial de las declaraciones a través de bancos, en comunidades autónomas u oficinas de la Agencia Tributaria.


- 13 de mayo. La Agencia Tributaria empieza la asistencia en oficinas para ayudar a los contribuyentes a realizar su declaración.


- 26 de junio. En esta fecha finaliza el plazo para presentar las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.


- 1 de julio. Concluye la campaña de la Renta 2012 para la mayoría de declaraciones, una campaña que este año se prolongará durante tres meses.




Pero más allá del calendario, lo verdaderamente relevante de la declaración de la Renta de 2012 son los cambios tributarios que lleva aparejados, en un escenario marcado por los esfuerzos del Gobierno para corregir los desequilibrios que sufren las cuentas públicas.



Principales novedades:

- Planes de pensiones. Las personas que posean planes de pensiones deben prestarles especial atención en su declaración, especialmente de cara a los ejercicios fiscales de 2012 y 2013, en los que se han incrementado los impuestos sobre la renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, en función del nivel de ingresos. Las aportaciones a dichos planes representarán un ahorro de entre el 24,75% y el 52% de la inversión, alcanzando el 56% en comunidades como Cataluña y Andalucía.


- Deducción por vivienda. Aunque la deducción por vivienda desaparece, la medida afecta a los pisos adquiridos desde primeros de enero de este año, por lo que no afecta a la declaración de la Renta de 2012. Quienes hayan comprado una vivienda antes de finales del año pasado, o hayan efectuado ya algún pago para su construcción, mantendrán el derecho a la desgravación en el futuro.


- Desgravación por rehabilitación. El Fisco permite también la posibilidad de desgravación a aquellas personas que hayan ampliado la superficie habitable de su vivienda o hayan acometido obras para su rehabilitación o adecuación para personas con discapacidad, aunque a partir de este año no se otorgarán ya más estas ayudas.


En este ámbito, los contribuyentes pueden deducirse los importes pagados antes de finales de 2012, siempre que las obras esté concluidas antes del 1 de enero de 2017. La deducción se eleva al 15% del importe invertido, con un límite de inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que la desgravación para obras de adaptación para personas discapacitadas es del 20% (el 25% en Cataluña, con un límite de 12.080 euros.



- Compra de inmuebles urbanos con 'premio'. Los técnicos de Hacienda agrupados en Gestha recuerdan que existe una ventaja fiscal que "pasa desapercibida con bastante frecuencia". Y es que la compra de cualquier cualquier inmueble urbano realizada entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012 tiene "premio", ya que por su venta posterior (no necesariamente en 2012), se puede lograr un ahorro del 50% respecto a la tributación que correspondería en dicho año. Eso sí, para evitar fraudes no se admiten compras a cónyuges, parientes hasta segundo grado y entidades relacionadas con el contribuyente.



- Ganancias y pérdidas del juego. La campaña de 2012 trae consigo otra relevante novedad: la posibilidad de compensar las ganancias del juego obtenidas desde el 1 de enero de 2012 en casinos, bingos o máquinas recreativas con las pérdidas obtenidas durante el mismo periodo, sin que en ningún caso las pérdidas superen las ganancias. Esta norma no afecta, sin embargo, a las ganancias obtenidas de los premios de Loterías y Apuestas del Estado, los premios de las comunidades autónomas, la Cruz Roja, la Once y los premios europeos como el Euromillones.


En resumen, el 2 de abril ha comenzado una campaña de la Renta marcada por la crisis y, sobre todo, por el fuerte incremento del IRPF aprobado a finales de 2011 por el Gobierno del PP, así como por el aumento de la fiscalidad de las rentas del ahorro.


De ahí que el contribuyente deba estar atento a las deducciones posibles, aspecto en el que, como señalan los técnicos de Hacienda, es conveniente tener en cuenta las peculiaridades de las diferentes comunidades autónomas y recordar que éstas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias desgravaciones en determinadas materias -como el alquiler de vivienda habitual- o realizar cambios en los tipos del IRPF.



fuente.... expansión.com
 
Respecto a la deducción por vivienda creo recordar que ya no se permite el suplemento en la deducción por vivienda adquirida antes del 2006, que eran unos pocos cientos de euros menos...

alguien confirma?
 
Respecto a la deducción por vivienda creo recordar que ya no se permite el suplemento en la deducción por vivienda adquirida antes del 2006, que eran unos pocos cientos de euros menos...

alguien confirma?

Ya no se puede
 
Respecto a la deducción por vivienda creo recordar que ya no se permite el suplemento en la deducción por vivienda adquirida antes del 2006, que eran unos pocos cientos de euros menos...

alguien confirma?

Copio y pego de la web de la Agencia Tributaria:
[h=2] 132679-COMPENSACION FISCAL VIVIENDA A PARTIR DE 2012[/h]

  • [h=2]Pregunta[/h]
  • ¿Es aplicable en 2012 la compensación fiscal por adquisición de vivienda habitual a aquellos contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 20 de enero de 2006 utilizando financiación ajena, y siempre que como consecuencia de la supresión de los porcentajes de deducción incrementados el régimen de deducción les resulte menos favorable que el vigente a 31 de diciembre de 2006?.​

  • [h=2]Respuesta[/h]
  • El Real Decreto Ley 20/2012, ha suprimido la letra c) de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de IRPF en la que se establecía el derecho a aplicar, en determinados casos, la compensación fiscal por adquisición de vivienda para aquellos contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 20 de enero de 2006.
    Por tanto, en 2012 ya no será aplicable la citada compensación fiscal.

  • [h=2]Normativa/Doctrina[/h]
  • Artículo 25 .Primero Real Decreto Ley 20 / 2012 , de 13 de julio de 2012 medidas garantizar estabilidad presup. y fomento competitiv .
[h=2]ENLACES CON OTRAS REFERENCIAS[/h]
  • número
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[h=2] [/h][h=2]ENLACES CON OTRAS REFERENCIAS[/h]
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Demasiado tonta ;)
 
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