P
patricio7345
Milpostista
Sin verificar
Buenas noches compañeros foreros, tengo la siguiente duda jurídica:
Un aval bancario pagadero a primer requerimiento, con renuncia expresa a cualquier beneficio de exclusión, orden y división, sin que sea necesaria la acreditación por el avalado la concurrencia de la causa de ejecución, ¿puede reclamarse judicialmente como título ejecutivo? ¿ puede negarse el banco al pago? Si lo hace ¿ cual el la mejor forma de actuar?
muchas gracias por vuestra ayuda.
Un aval bancario pagadero a primer requerimiento, con renuncia expresa a cualquier beneficio de exclusión, orden y división, sin que sea necesaria la acreditación por el avalado la concurrencia de la causa de ejecución, ¿puede reclamarse judicialmente como título ejecutivo? ¿ puede negarse el banco al pago? Si lo hace ¿ cual el la mejor forma de actuar?
muchas gracias por vuestra ayuda.