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Ayuda jurídica con un seguro...

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osmpo

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Hola compañeros.
A ver is algún alma caritativa me puede ayudar...
Resumo, para no aburrir al personal.
Basicamente lo que pasa es lo siguiente.
1) 24 de Julio, tengo que dar parte al seguro por un incidente de la moto, sin que intervengan terceros en el parte. El seguro es a todo riesgo y según las condiciones generales, lo cubren las garantías.
2) Me dan un pésimo servicio y asistencia en carretera.
3) LLevo la moto al taller.
4) El perito se digna en pasarse a la semana pero no le da al taller "compromiso de pago". Como iba a reparar la moto de todas formas, la mando arreglar por mi cuenta para no perder tiempo.
5) Me harto de hacer multitud de llamadas sin respuesta alguna por parte de la compañía, ni a mis llamadas ni a mis correos electrónicos para interesarme por el proceso.
5) Pago y recojo la moto el viernes 20 (una semana después de estar arreglada porque la compañía no dio todavía el compromiso de pago).
6) Envío un burofax ayer al departamento de atención al cliente de la compañía, junto con la factura, la descripción de los hechos y mi queja por el pésimo servicio, pues ha pasado 1 mes y no he recibido explicación alguna, ni contestación a mis correos ni similar.

¿qué puedo hacer? ¿esperar a que estos chapuzas quieran contestarme o pagarme? ¿hasta cuándo?, pasan de mi olímpicamente...
Gracias por lo que podáis decirme, esto es desesperante!
 
Si lo has hecho a traves de un mediador ,vete a por el y pegale una patada en los cojones! si yo le hicera eso mismo a uno de mis clientes..hasta me merecería esa patada!pero no creo que ningun mediador te dejara con la desatencion que me cuentas, por lo que intuyo que has hecho esa póliza via telefono o internet..

en ese caso,espinoso asunto!::bash::

Mandales un buro-fax con toda la documentacion,notificandole que lo vas a poner en manos de consumo..

haz llegar una copia de todo al defensor del cliente particular que tenga esa compañia..tienen que salirte en las condiciones generales de tu poliza sus datos..

y luego,con los originales y fotocopia de todo,te vas alguna oficina de consumo..y los denuncias!

Consumo los citará para una reunión..y normalmente...se ponen en contacto contigo en esa reunion..

que tampoco...vete a un abogado,con toda la documentación...y que les haga una reclamación amistosa! ahi tambien suelen ponerse en contacto contigo,te pagan todo,incluida la minuta de esa reclamación...

que tampoco,que ese mismo abogado los lleve a juicio..ahi es cuando en 90% de los casos,la compañias se bajan los pantalones....por que ese jucio lo ganas,seguro,por que hay muuuucha jurisprudencia...

pero que se empestillan..cuando salga la sentencia,les tocará pagar todos tus gastos,incluidos tu abogado..y las costas judiciales!

y buena suerte!
 
Si lo has hecho a traves de un mediador ,vete a por el y pegale una patada en los cojones! si yo le hicera eso mismo a uno de mis clientes..hasta me merecería esa patada!pero no creo que ningun mediador te dejara con la desatencion que me cuentas, por lo que intuyo que has hecho esa póliza via telefono o internet..

en ese caso,espinoso asunto!::bash::

Mandales un buro-fax con toda la documentacion,notificandole que lo vas a poner en manos de consumo..

haz llegar una copia de todo al defensor del cliente particular que tenga esa compañia..tienen que salirte en las condiciones generales de tu poliza sus datos..

y luego,con los originales y fotocopia de todo,te vas alguna oficina de consumo..y los denuncias!

Consumo los citará para una reunión..y normalmente...se ponen en contacto contigo en esa reunion..

que tampoco...vete a un abogado,con toda la documentación...y que les haga una reclamación amistosa! ahi tambien suelen ponerse en contacto contigo,te pagan todo,incluida la minuta de esa reclamación...

que tampoco,que ese mismo abogado los lleve a juicio..ahi es cuando en 90% de los casos,la compañias se bajan los pantalones....por que ese jucio lo ganas,seguro,por que hay muuuucha jurisprudencia...

pero que se empestillan..cuando salga la sentencia,les tocará pagar todos tus gastos,incluidos tu abogado..y las costas judiciales!

y buena suerte!

Perfecto e intachable el iter procedimental expuesto por el Sr. Cabanillas:ok::

Yo, en cuanto te paguen, invocaría la célebre línea jurisprudencial del Sistema Cabanillas, y como no te gusta la mier.. de asistencia que te han dado, que te den de baja del seguro
 
Sería interesante saber que compañía es, sobre todo para prevenir al personal. 8o
 
yo solo añadiria un punto a la perfecta solucion que te dan mas arriba, cambiate de compañia.
 
evidentemente...pero al vencimiento de la poliza,claro!;-)




yo solo añadiria un punto a la perfecta solucion que te dan mas arriba, cambiate de compañia.
 
Si lo has hecho a traves de un mediador ,vete a por el y pegale una patada en los cojones! si yo le hicera eso mismo a uno de mis clientes..hasta me merecería esa patada!pero no creo que ningun mediador te dejara con la desatencion que me cuentas, por lo que intuyo que has hecho esa póliza via telefono o internet..

en ese caso,espinoso asunto!::bash::

Mandales un buro-fax con toda la documentacion,notificandole que lo vas a poner en manos de consumo..

haz llegar una copia de todo al defensor del cliente particular que tenga esa compañia..tienen que salirte en las condiciones generales de tu poliza sus datos..

y luego,con los originales y fotocopia de todo,te vas alguna oficina de consumo..y los denuncias!

Consumo los citará para una reunión..y normalmente...se ponen en contacto contigo en esa reunion..

que tampoco...vete a un abogado,con toda la documentación...y que les haga una reclamación amistosa! ahi tambien suelen ponerse en contacto contigo,te pagan todo,incluida la minuta de esa reclamación...

que tampoco,que ese mismo abogado los lleve a juicio..ahi es cuando en 90% de los casos,la compañias se bajan los pantalones....por que ese jucio lo ganas,seguro,por que hay muuuucha jurisprudencia...

pero que se empestillan..cuando salga la sentencia,les tocará pagar todos tus gastos,incluidos tu abogado..y las costas judiciales!

y buena suerte!



Muchas gracias Germán! (y a los demás por vuestro apoyo).

Contraté la póliza de mi moto con Helvetia a través de una correduría de internet (ASSOR).
Con la correduría he dejado de hablar. NO tienen ni idea de lo que se traen entre manos y me remiten a la compañía (para cobrar no me remitieron a nadie.... :-(( ).
La compañía ha demostrado peor servicio todavía.
El burofax lo recibieron ayer por la mañana según el acuse de recibo de correos.
En consumo me han dicho que como la compañía no está adherida, que no hay nada que hacer, que aunque les convoquen, no se pasarán.

Hoy, 1 mes y 1 día más tarde de dar parte he conseguido que el corredor me de algo de información y me ha dicho que recibiré la notificación de que el siniestro no es cubierto 8o .

Total, que creo voy a buscar un abogado a ver si consigo solucionar algo.
Tenía miedo de que, como suele decirse, cueste más el mago que el mazo, pero si como dices, suelen hacerse cargo de la minuta del abogado por ahorrarse líos....

Decir que el siniestro fue un incencio parcial de la moto.
La correuría, (con la que he decidido dejar de hablar) me ha dicho, me comunicarán que no cubrirán la reparación dado que el inciendio se debe a una avería mecánica (¿a qué quieren que se deba? o eso o la prendes fuego, porque el fuego de San Telmo creo que no le afecta a las motos...). Decir que en las condiciones particulares no pone restricción alguna en la cobertura de los daños por fuego.
Esta tarde he llamado a la compañía y me han dicho que está paralizada la resolución debido a la reclamación que he mandado y que de aquí a 2 meses me contestaran.

Creo que les voy a mandar un último burofax instándoles al abono de la factura y adjuntándoles las condiciones generales y particulares para que vean que no me chupo el dedo y si no recibo rápida contestación, buscaré directamente un abogado...

Bueno, gracias sinceras por aguantar mi culebrón.
Os tendré informados.
UN FUERTE ABRAZO.
 
bueno,de hecho....la correduria tiene la obligacion LEGAL de defender tus intereses frente a los de la compañia!

y si no lo hacen...pues tambien podríais ir contra la correduria,por falta de atencion al cliente....siempre y cuando puedas demostrar que se lo notificaste tras la ocurrencia del siniestro....
pero vamos,en general....al menos ya te dicen que no cubren el siniestro..y por que...cosa que antes,ignorabas...

si la compañia dice que no te paga el siniestro,por que no esta cubierto en la poliza...pero la póliza no lo excluye de forma determinante...está cubierto!

y por otra parte,lo de la cobertura a traves de abogado...mirate en la poliza,seccion defensa juridica...verás como lo cubre la compañia!

en fin,buena suerte!



Muchas gracias Germán! (y a los demás por vuestro apoyo).
Contraté la póliza de mi moto con Helvetia a través de una correduría de internet (ASSOR).
Con la correduría he dejado de hablar. NO tienen ni idea de lo que se traen entre manos y me remiten a la compañía (para cobrar no me remitieron a nadie.... :-(( ).
La compañía ha demostrado peor servicio todavía.
El burofax lo recibieron ayer por la mañana según el acuse de recibo de correos.
En consumo me han dicho que como la compañía no está adherida, que no hay nada que hacer, que aunque les convoquen, no se pasarán.

Hoy, 1 mes y 1 día más tarde de dar parte he conseguido que el corredor me de algo de información y me ha dicho que recibiré la notificación de que el siniestro no es cubierto 8o .

Total, que creo voy a buscar un abogado a ver si consigo solucionar algo.
Tenía miedo de que, como suele decirse, cueste más el mago que el mazo, pero si como dices, suelen hacerse cargo de la minuta del abogado por ahorrarse líos....

Decir que el siniestro fue un incencio parcial de la moto.
La correuría, (con la que he decidido dejar de hablar) me ha dicho, me comunicarán que no cubrirán la reparación dado que el inciendio se debe a una avería mecánica (¿a qué quieren que se deba? o eso o la prendes fuego, porque el fuego de San Telmo creo que no le afecta a las motos...). Decir que en las condiciones particulares no pone restricción alguna en la cobertura de los daños por fuego.
Esta tarde he llamado a la compañía y me han dicho que está paralizada la resolución debido a la reclamación que he mandado y que de aquí a 2 meses me contestaran.

Creo que les voy a mandar un último burofax instándoles al abono de la factura y adjuntándoles las condiciones generales y particulares para que vean que no me chupo el dedo y si no recibo rápida contestación, buscaré directamente un abogado...

Bueno, gracias sinceras por aguantar mi culebrón.
Os tendré informados.
UN FUERTE ABRAZO.
 
Prueba también con una reclamación ante la Dirección General de Seguros (
lostlink.jpg
)

En el caso de los seguros no sé qué tal funcionan estas reclamaciones, pero en el de los bancos suele ser bastante eficaz amenazar con una queja ante la inspección del Banco de España.

Saludos y suerte compañero.
 
  • #10
bueno,de hecho....la correduria tiene la obligacion LEGAL de defender tus intereses frente a los de la compañia!

y si no lo hacen...pues tambien podríais ir contra la correduria,por falta de atencion al cliente....siempre y cuando puedas demostrar que se lo notificaste tras la ocurrencia del siniestro....
pero vamos,en general....al menos ya te dicen que no cubren el siniestro..y por que...cosa que antes,ignorabas...

si la compañia dice que no te paga el siniestro,por que no esta cubierto en la poliza...pero la póliza no lo excluye de forma determinante...está cubierto!

y por otra parte,lo de la cobertura a traves de abogado...mirate en la poliza,seccion defensa juridica...verás como lo cubre la compañia!

en fin,buena suerte!


Respecto de lo que indica Cabanillas es cierto pero con matices.

La designación del Letrado particular suele estar cubierta, como dice Cabanillas, hasta un límite determinado fijado en la póliza--que va en función de la cuantía de la reclamación--.

Para casos de reclamación extrajudicial, en muchas pólizas no se contempla la cobertura de libre designación de Letrado particular; vamos que si por casualidad se llega a un acuerdo fuera del Juzgado, la minuta de tu Letrado particular puede no estar cubierta por la póliza y tiene qe ser pagada por el cliente --te recomiendo mirar bien la póliza porque puede ser más la salsa que los caracoles--.

Para casos de reclamación judicial, tampoco se contempla el pago de la minuta de Letrado particular en caso de no ser estimada parcialmente la demanda en el juzgado --así que como es lógico, es muy recomendable ver cuáles son las condiciones particulares de la póliza que tienes contratada con Helvetia (compañía de seguros dura donde las haya) para ver si la reclamación es viable--, es decir, que en caso de no estimarse tu reclamación en el Juzgado tendrías que hacer frente a la minuta de tu Letrado --más Procurador si procede--, y a las costas de la parte contraria --que en tu caso es Helvetia, tu propia compañía--.

Y por último, quien la obligación de tramitar el siniestro es tu corredor de seguros que medio en la contratación de la póliza.

Saludos,
 
Última edición:
  • #11
Respecto de lo que indica Cabanillas es cierto pero con matices.

La designación del Letrado particular suele estar cubierta, como dice Cabanillas, hasta un límite determinado fijado en la póliza--que va en función de la cuantía de la reclamación--.

Para casos de reclamación extrajudicial, en muchas pólizas no se contempla la cobertura de libre designación de Letrado particular; vamos que si por casualidad se llega a un acuerdo fuera del Juzgado, la minuta de tu Letrado particular puede no estar cubierta por la póliza y tiene qe ser pagada por el cliente --te recomiendo mirar bien la póliza porque puede ser más la cáscara que los caracoles--.

Para casos de reclamación judicial, tampoco se contempla el pago de la minuta de Letrado particular en caso de no ser estimada parcialmente la demanda en el juzgado --así que como es lógico, es muy recomendable ver cuáles son las condiciones particulares de la póliza que tienes contratada con Helvetia (compañía de seguros dura donde las haya) para ver si la reclamación es viable--, es decir, que en caso de no estimarse tu reclamación en el Juzgado tendrías que hacer frente a la minuta de tu Letrado --más Procurador si procede--, y a las costas de la parte contraria --que en tu caso es Helvetia, tu propia compañía--.

Y por último, quien la obligación de tramitar el siniestro es tu corredor de seguros que medio en la contratación de la póliza.

Saludos,

Gracias Oldnavitimer.
Esto ya me queda grande... He leído el apartado de defensa jurídica y no me queda muy claro qué cubre y que no cubre ni si los gastos en que incurra yo para reclamarles son repercutibles.
Llegados a este punto si no lo resuelvo antes por las buenas, consultaré un abogado, supongo que dado que lo tienen que pagar sí o sí, será cuestión de paciencia, porque de otro modo sería una indefensión del carajo, podrían negarse sistemáticamente a pagar los siniestros refugiándose en la dificultad del tomador para reclamar...
No entiendo a razón de qué se niegan a cubrir un siniestro para el cuál no hay restricción alguna en el condicionado de la póliza.
Supongo que será para ver si "cuela" o me desanimo por el camino.
Lo que me deben son 1.000 € y sé que no es la leche, pero... morir matando....
 
  • #12
Sólo un par de cosas generales, porque para comentar sobre el asunto en concreto sería necesario contar con más información (todos los detalles del siniestro, las condiciones generales y particulares de la póliza)...

La primera es que, en caso de que recurras a un abogado, no esperes que te lo pague nadie, a menos que finalmente se vaya a juicio, haya sentencia en la que se estime íntegramente tu reclamación y condenen en costas a la parte contraria. La cobertura de defensa jurídica, por lo general, va a cubrir únicamente las reclamaciones contra terceros, pero no las disputas que tengas contra tu propia compañía por una cuestión contractual de tu póliza.

En cuanto al corredor, puede ayudar presionando a la compañía, pero nunca resulta decisivo. Debería tratar de defenderte, por su propio interés (si no quedas satisfecho con su atención, te llevarás tu póliza a otro lado y se quedará sin su comisión), está de tu parte, pero lo que pueden hacer es bastante limitado: quien decide es la compañía.

Yo lo que haría es ser pesado hasta que te comuniquen por escrito su decisión y sus motivos (a lo que están obligados), y cuando la tengas, si es que te rehusan el pago, consultarlo entonces con un abogado. Ten paciencia, relativamente ha transcurrido poco tiempo (y en estas fechas las cosas no suelen ir rápido). Piensa que es mucho mejor una solución amistosa tardía que un pleito. Suerte y saludos
 
  • #13
Prueba también con una reclamación ante la Dirección General de Seguros (
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)

En el caso de los seguros no sé qué tal funcionan estas reclamaciones, pero en el de los bancos suele ser bastante eficaz amenazar con una queja ante la inspección del Banco de España.

Saludos y suerte compañero.


La DGS comunica la reclamación interpuesta a la Cía. y le da un plazo para presentar alegaciones y documentación relativas al asunto antes de emitir un informe en el que se indicará si la entidad ha vulnerado la normativa o si ha actuado correctamente, con carácter informativo y no vinculante.

EMHO deberías presentar la reclamación :yes:

Saludos.
 
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