osmpo
Habitual
Contribuidor de RE
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Hola compañeros.
Necesito de vuestra sapiencia!
Tengo un partamento en Madrid que voy a alquilar.
Aunque he visto varios modelos de contrato en internet, me he leído el tocho de la ley de arrendamientos urbanos para no meter la pata en la redacción (o intentarlo al menos).
Las dudillas:
Un abrazo!
Necesito de vuestra sapiencia!
Tengo un partamento en Madrid que voy a alquilar.
Aunque he visto varios modelos de contrato en internet, me he leído el tocho de la ley de arrendamientos urbanos para no meter la pata en la redacción (o intentarlo al menos).
Las dudillas:
- El piso está amueblado completamente, ¿puedo pedir 1 mes y medio de fianza o sólo puedo pedir 1?
- ¿La fianza hay que depositarla en el Ivima necesariamente?
- A efectos de declarar el alquiler, ¿basta con que lo haga en la próxima declaración de la renta o debo hacer algo previamente?
Un abrazo!