Necrosantix
Milpostista
Sin verificar
Buenos días compañeros:
Tras haber encargado mi primer reloj a un país tercero con un montante de cierta relevancia, me surgen numerosas dudas/cuestiones/reflexiones con el tema de los controles aduaneros. Todo surge cuando empiezo a pensar en las repercusiones éticas de declarar un importe por debajo del real para soslayar el pago del montante real en aduanas...A ver, os lo trataré de explicar; hasta donde alcanzo a entender, los controles transfronterizos de productos de terceros países tienen como fin evitar la entrada a la UE de productos ilegales (como drogas, armas..) y cómo medida proteccionista frente a los propios productos de la UE. Hasta ahí bien, ahora lo que no entiendo es; si adquiero un producto fuera de la UE y que NO se comercializa en la UE, ¿Por qué está sujeto al pago de aranceles, gravámenes, impuestos....?, es decir, si compro un reloj de micromarcas o marcas radicadas fuera de la UE (obris morgan, ferro....), que me es imposible adquirir dentro de la UE.... ¿por qué tengo que pagar impuestos nacionales?, ¿se puede comprar en la UE un Marina Militare, por ejemplo?,Además, en el precio del producto que he comprado, ya lleva incluidos los impuestos correspondientes, por lo que no termino de entender el espíritu que tiene volver a pagar más tasas.
La siguiente reflexión que hago, es el tema de los montantes que hay que abonar, si ponemos como ejemplo un valor declarado del producto de 50$ vendría a pagar unos 30$ (Sé que esto varía mucho según factores como el tipo de producto, país que remite ....), ¿es normal pagar sólo de tasas el 80% del valor del producto?. ¿es eso "lícito"?
En fin, ahí os dejo la parrafada, conste que seguro que muchas de las afirmaciones que he hecho no son correctas, y agradecería vuestras aportaciones, puesto que, además de calentarme la cabeza con el tema ético de no declarar lo real, también estoy acojonado con que me paren el reloj en aduanas y tenga que pasar por la piedra :
Saludos
Tras haber encargado mi primer reloj a un país tercero con un montante de cierta relevancia, me surgen numerosas dudas/cuestiones/reflexiones con el tema de los controles aduaneros. Todo surge cuando empiezo a pensar en las repercusiones éticas de declarar un importe por debajo del real para soslayar el pago del montante real en aduanas...A ver, os lo trataré de explicar; hasta donde alcanzo a entender, los controles transfronterizos de productos de terceros países tienen como fin evitar la entrada a la UE de productos ilegales (como drogas, armas..) y cómo medida proteccionista frente a los propios productos de la UE. Hasta ahí bien, ahora lo que no entiendo es; si adquiero un producto fuera de la UE y que NO se comercializa en la UE, ¿Por qué está sujeto al pago de aranceles, gravámenes, impuestos....?, es decir, si compro un reloj de micromarcas o marcas radicadas fuera de la UE (obris morgan, ferro....), que me es imposible adquirir dentro de la UE.... ¿por qué tengo que pagar impuestos nacionales?, ¿se puede comprar en la UE un Marina Militare, por ejemplo?,Además, en el precio del producto que he comprado, ya lleva incluidos los impuestos correspondientes, por lo que no termino de entender el espíritu que tiene volver a pagar más tasas.
La siguiente reflexión que hago, es el tema de los montantes que hay que abonar, si ponemos como ejemplo un valor declarado del producto de 50$ vendría a pagar unos 30$ (Sé que esto varía mucho según factores como el tipo de producto, país que remite ....), ¿es normal pagar sólo de tasas el 80% del valor del producto?. ¿es eso "lícito"?
En fin, ahí os dejo la parrafada, conste que seguro que muchas de las afirmaciones que he hecho no son correctas, y agradecería vuestras aportaciones, puesto que, además de calentarme la cabeza con el tema ético de no declarar lo real, también estoy acojonado con que me paren el reloj en aduanas y tenga que pasar por la piedra :
Saludos