P
Picassocan
Forer@ Senior
Sin verificar
¿Legalmente están autorizados los concesionarios oficiales de las grandes marcas para efectuar revisiónes completas o un CO tiene el deber de hacerse cargo del reloj y enviarlo al SAT?
¿Puede actuar de forma legal sobre un reloj el personal especializado,si lo hubiere, de un CO, en pequeñas reparaciones,limpieza,etc?
¿Pueden poner a disposición del propietario sus servicios de talleres,en el caso de que los haya, argumentando la ventaja de un menor desembolso económico y que el reloj siga conservando la misma garantía?
En todas las web,s de marcas conocidas que he podido consultar hacen referencia al SAT como punto de referencia exclusivo tanto para revisiones como reparaciones pero si que me asalta la duda acerca de si en la práctica este tema se lleva de forma mas frivola o realmente a rajatabla
Gracias por colaborar
¿Puede actuar de forma legal sobre un reloj el personal especializado,si lo hubiere, de un CO, en pequeñas reparaciones,limpieza,etc?
¿Pueden poner a disposición del propietario sus servicios de talleres,en el caso de que los haya, argumentando la ventaja de un menor desembolso económico y que el reloj siga conservando la misma garantía?
En todas las web,s de marcas conocidas que he podido consultar hacen referencia al SAT como punto de referencia exclusivo tanto para revisiones como reparaciones pero si que me asalta la duda acerca de si en la práctica este tema se lleva de forma mas frivola o realmente a rajatabla
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