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Saber si tenemos algo parado en aduanas

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miwesly

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Milpostista
Sin verificar
¿Es posible saber si aduanas nos ha parado un paquete antes de que lleguen a nuestro domicilio con la multa? Hace bastante pedí una pluma a Japón por 6 eurazos y ya debería haber llegado hace una semana. Igual hasta por ese precio me la han parado y me meten 20€ de trámites aduaneros.
 
si el precio es de menos de 22e no deberian haberte parado nada tranquilo...estan cosas llevan un tiempo. De todos modos manda un correo al vendedor y dile que no ha llegado...no es la.primera vez que al final me mandan dos cosas y a los 4 meses me llegan las 2
 
Si viene de Japón es muy probable que la paren: no van a creer que en verdad cuesta seis euros.
Creo que Japón es de los países que paran todo, aunque te lo envíen familiares. Es una locura.
En el off topic hay un hilo sobre noticias recientes en la prensa que cuentan eso.
 
Aduanas tiene en cuenta para el coste tanto el valor declarado del bien como el coste del envío. Una vez que se tiene en cuenta lo anterior hay una segunda consideración, los envíos realizados entre particulares por importe menor o igual a 45 euros no tienen cargo ni de aranceles ni de IVA, por lo que su transito, si es una mercancía legal, no tendrá cargo alguno y debería llegar sin más contratiempo. Si el envío es realizado por una empresa esta exención total se limita a valores de envío inferiores o iguales a 22 euros. Por tanto debes valorar el coste de adquisición de la pluma (6 euros) más el de envío. En este último caso si el coste de envío es menor o igual a 16 euros no debería haber problema alguno.

Saludos
 
A través de procesos.adtpostales.com puedes abrir sesión e introducir el número de seguimiento. Otra opción es si viene por Japan Post meter el número de seguimiento en su página. No me acuerdo cuál es pero poniendo japan post tracking en google te sale.
 
Aduanas tiene en cuenta para el coste tanto el valor declarado del bien como el coste del envío. Una vez que se tiene en cuenta lo anterior hay una segunda consideración, los envíos realizados entre particulares por importe menor o igual a 45 euros no tienen cargo ni de aranceles ni de IVA, por lo que su transito, si es una mercancía legal, no tendrá cargo alguno y debería llegar sin más contratiempo. Si el envío es realizado por una empresa esta exención total se limita a valores de envío inferiores o iguales a 22 euros. Por tanto debes valorar el coste de adquisición de la pluma (6 euros) más el de envío...

Yo creo que estás equivocado. El importe a considerar a la hora de parar el paquete es el importe de la compra, sin gastos de envío. Ahora bien, una vez te lo paran, a la hora de calcular los impuestos a aplicar, esto se hace sobre el valor aduanero (o valor en aduana) que, por definición en la normativa europea, incluye todos los gastos devengados por todos los servicios empleados para llevar el paquete hasta la misma (ergo, incluyendo gastos de envío).
 
Pues entonces es cuestión de esperar, será que se está retrasando el envío. En compras más caras siempre compro en tiendas españolas o si no hay pues EU, pero la verdad que he tenido un problemilla con mi recién comprada capless décimo y la atención que me está dando la tienda es lamentable. Ya os contaré.
 
Yo creo que estás equivocado. El importe a considerar a la hora de parar el paquete es el importe de la compra, sin gastos de envío. Ahora bien, una vez te lo paran, a la hora de calcular los impuestos a aplicar, esto se hace sobre el valor aduanero (o valor en aduana) que, por definición en la normativa europea, incluye todos los gastos devengados por todos los servicios empleados para llevar el paquete hasta la misma (ergo, incluyendo gastos de envío).

Ni te afirmo, ni te desmiento. Aunque conozco el tema de impuestos reconozco que el tema de aduanas no es mi fuerte. De la rápida comprobación que he hecho, que no ha sido a fondo, creo que las tasas y aranceles se calculan sobre el valor en aduana, que incluye entre otros costes el de transporte, al menos hasta el punto de entrada en la UE.

Por todo ello si todos los costes están desglosados los cálculos pueden ser distintos. A saber:

Aranceles, se aplican sobre la totalidad del valor aduanero (coste de adquisición + transporte).
IVA, los servicios postales están exentos, por lo que sí se desglosan en la factura no tendrán repercusión. Ojo, que si es una empresa de mensajería, que no tenga consideración de servicio postal si estará sujeta a IVA.

Si los gastos no están desglosados en aduanas calcularán IVA y aranceles sobre el precio total reflejado, teniendo en cuenta las limitaciones anteriormente expuestas.

Solo he visto el reglamento CEE 2913/92 que aprueba el código aduanero comunitario. En el solo se habla del valor de aduanas que he descrito. No he encontrado mayor información respecto al régimen aduanero de los paquetes postales, ni en esta normativa ni en otra nacional o comunitaria, lo cual no significa que no exista.

Quedo a la espera de mejor información en cuanto a que la retención en aduana, en un primer paso, solo considera el coste de adquisición, sin gastos de envío, por parte tuya o de otros compañeros, pues ya sabemos que este es un tema que interesa.

Saludos.
 
El concepto recogido en la legislación europea responde al plasmado en el "WTO Customs Valuation Agreement".
En la web de la AET deberías poder consultar los límites y qué se considera exento. Al nombrar las exenciones, si mal no recuerdo, se nombra el "valor declarado del producto", no el valor en aduanas.
De no ser así, casi anda estaría exento.
 
  • #10
Como no soy ninguna autoridad, y espoleado por tu respuesta, he llamado al teléfono de información tributaria y me confirman que las franquicias lo son sobre el coste de adquisición y transporte, y que para la valoración de los límites de 22 y 45 euros se tiene en cuenta el transporte. Dicho lo cual esta fuente de información tampoco puede considerarse como de total confianza, pero abunda en el tema.

Mirando en la página del WTO, sobre el valor de transacción indica que este deberá incluir información suficiente a efectos de ajuste, por ejemplo los gastos de transporte, por lo que en principio, al deber de ajustarse entiendo que debe ser incluido.
 
  • #11
Como no soy ninguna autoridad, y espoleado por tu respuesta, he llamado al teléfono de información tributaria y me confirman que las franquicias lo son sobre el coste de adquisición y transporte, y que para la valoración de los límites de 22 y 45 euros se tiene en cuenta el transporte. Dicho lo cual esta fuente de información tampoco puede considerarse como de total confianza, pero abunda en el tema.

Mirando en la página del WTO, sobre el valor de transacción indica que este deberá incluir información suficiente a efectos de ajuste, por ejemplo los gastos de transporte, por lo que en principio, al deber de ajustarse entiendo que debe ser incluido.

Yo lo que tengo entendido es que el "Valor de la mercancía", que es el limitado a 22 y 45€, es el importe de la misma. De hecho en las declaraciones de Aduanas no se hacen constar los portes. De igual modo, hay envíos que de por sí superan esas cuantías. Me sorprende increíblemente la afirmación de esa persona. Desde luego, el derecho comunitario dice lo siguiente:

"Artículo 25

1. Serán admitidos con franquicia de derechos de importación, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 26 y 27, las mercancías contenidas en los envíos dirigidos desde un tercer país por un particular a otro particular que se encuentre en el territorio aduanero de la Comunidad, siempre que se trate de importaciones desprovistas de todo carácter comercial.

La franquicia prevista en el presente apartado no será aplicable a los envíos procedentes de la isla de Helgoland.

2. A efectos del apartado 1, se entenderá por "importaciones desprovistas de todo carácter comercial" las importaciones relativas a envíos que, al mismo tiempo:

a) presenten un carácter ocasional;

b) comprendan exclusivamente mercancías reservadas para el uso personal o familiar de los destinatarios, sin que su naturaleza o cantidad reflejen intención alguna de carácter comercial;

c) sean enviados por el remitente al destinatario sin pago de ninguna clase.

Artículo 26

1. La franquicia contemplada en el artículo 25, apartado 1, se aplicará sobre un valor de 45 EUR por envío, incluido el valor de las mercancías contempladas en el artículo 27.

2. Cuando el valor global de varias mercancías sobrepase, por envío, el importe indicado en el apartado 1, la franquicia se otorgará hasta un total de dicho importe respecto de aquellas mercancías que, importadas separadamente, se habrían podido beneficiar de dicha franquicia, teniendo en cuenta que el valor de una mercancía no puede fraccionarse."


Ya sólo la mera idea de fraccionar el valor de las mercancías para poder ser incluidas en el margen de 45€ me hace interpretar que no se incluye el envío (ya que especifica que se hará así contando con la indivisibilidad del valor de cada mercancía de forma individual).
Profundizando en el Reglamento, se hace una distinción clara entre esta franquicia y las demás, especificando en las otras el concepto de "valor en aduana", de forma contrapuesta a este "valor de mercancías".
 
  • #12
Dejad de darle vueltas: si el paquete se ve apetitoso, pone "fountain pen" y viene de determinados países, lo paran sí o sí. Tienen potestad para ello. Mirad el hilo del compañero Clepsidra sobre su último paquete de Japón.
 
Última edición:
  • #13
Dejad de darle vueltas: si el paquete se ve apetitoso, pone "fountain pen" y viene de determinados países, lo paran sí o sí. Tienen potestad para ello. Mirad el hilo del compañero Clepsidra sobre su último paquete de Japón.

Si el valor declarado es menor a los límites legales no deberían, y en mi caso, todo lo que viene de Japón (relacionado con cierto personaje de las bolsitas de té) no ha sido parado por lo de valor declarado y regalo... aún poniendo fountain Pen...

También es cierto que esto fue hace meses y no sé cómo va ahora el tema... (6 u 8 meses sin venir nada de allá!).

Yo creo que depende mucho del que esté allí y de las ganas que tenga de j___r_e...


Tic tac tic tac... las horas pasan...
 
  • #14
Si el valor declarado es menor a los límites legales no deberían, y en mi caso, todo lo que viene de Japón (relacionado con cierto personaje de las bolsitas de té) no ha sido parado por lo de valor declarado y regalo... aún poniendo fountain Pen...

También es cierto que esto fue hace meses y no sé cómo va ahora el tema... (6 u 8 meses sin venir nada de allá!).

Yo creo que depende mucho del que esté allí y de las ganas que tenga de j___r_e...


Tic tac tic tac... las horas pasan...
El ültimo mío, declarado como regalo con un valor de menos de 15€ vino con la pegatina de abierto para inspección postal (y abierto, claro). Ha llevado unos treinta y cinco días después de entregar el aviso relleno hasta que ha llegado a casa con 22.61€ en concepto de tramites. Como UK se salga de la CE no sé qué va a pasar.
 
  • #15
Dejad de darle vueltas: si el paquete se ve apetitoso, pone "fountain pen" y viene de determinados países, lo paran sí o sí. Tienen potestad para ello. Mirad el hilo del compañero Clepsidra sobre su último paquete de Japón.
¿Es este post? https://relojes-especiales.com/threads/retraso-de-tres-meses-en-servir-una-estilográfica.390608/

No entiendo bien, habla de un valor de 16€ pero se supone que está comprando una Sailor KOP, igual no se creyeron la mentira, ¿no?.

En mi caso es que realmente vale 6€ más 6€ de envío, es una Platinum Plaissir. Pero volviendo a la pregunta original J.P. creo recordar que comentaste que si tenías certificado digital podías hacer el trámite aduanero tú mismo. ¿Cómo sé si está en aduanas? ¿Sabes la URL para hacer esos trámites? La web de la agencia tributaria es tan confusa que yo no encuentro ahí nada.
 
  • #16
El ültimo mío, declarado como regalo con un valor de menos de 15€ vino con la pegatina de abierto para inspección postal (y abierto, claro). Ha llevado unos treinta y cinco días después de entregar el aviso relleno hasta que ha llegado a casa con 22.61€ en concepto de tramites. Como UK se salga de la CE no sé qué va a pasar.

Pues será ahora, porque a mí no me pararon nada en aduanas... nunca! Y yo japonesas tengo "alguna cosa por casa"


Tic tac tic tac... las horas pasan...
 
  • #17
Estoy de acuerdo con lo de "apetitoso" ... y lo mismo de Japón ... y lo de las ganas de currar del de turno ... :)
 
  • #18
lostimage.jpg


Por fin llegó!! Retiro todo lo dicho sobre los chicos de aduanas y su excepcional trabajo [emoji12] [emoji12]
 
  • #19
edita la foto y le tapas el nombre no compi?:)
 
  • #20
Lo he dejado por si me queréis enviar alguna pluma. [emoji1]
 
  • #21
ja,ja,ja .... la última piba que me llamó de Aduanas ... tenia un vacile encima ... que hasta le tuve que decir que "me estaba maltratando" ... :D
 
  • #22
Pues será ahora, porque a mí no me pararon nada en aduanas... nunca! Y yo japonesas tengo "alguna cosa por casa"


Tic tac tic tac... las horas pasan...
Voy a tener que tomar medidas y sacártelas a pasear.
;-)
 
  • #23
ja,ja,ja .... la última piba que me llamó de Aduanas ... tenia un vacile encima ... que hasta le tuve que decir que "me estaba maltratando" ... :D

Pues como hablaras con ella igual que escribes, no me extraña que te vacilara. ¿Piba, una persona que no conoces de nada? Ay, que gracioso es el maltrato aunque sea entrecomillado.
 
  • #25
Hahahhahahaha

Pide número que ya se han ofrecido varios!


Tic tac tic tac... las horas pasan...
Yo con las medidas me conformo. O estoy siendo demasiado sutil o los aires caribeños no te están sentado bien.:laughing1:
 
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